El cártel de la leche entra en un nuevo escenario. Los ganaderos han redoblado la presión contra la industria láctea de la mano de los tribunales. En torno a trescientos afectados celebran que desde el pasado otoño, diferentes tribunales mercantiles han dictado una decena de sentencias en las que les otorgan victorias, aunque parciales, y en las que todavía queda mucho en juego.
Madrid, Toledo, Granada y Barcelona son los juzgados que han determinado en sus resoluciones la existencia de un cártel siguiendo el expediente en el que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)sancionó a ocho de las principales compañías lácteas con multas de hasta 80,6 millones al cerrar acuerdos destinados a reducir a la baja los precios de compra de leche cruda y repartirse proveedores.
Los tribunales mercantiles no han esperado así a que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación de las multas que impuso la CNMC y ratificó parcialmente la Audiencia Nacional sobre Lactalis (11,6 millones), Puleva (10,2 millones), Danone (20,2 millones), Capsa (20,2 millones) y Pascual (8,5 millones), que esperan que el alto tribunal rebaje sus multas en la vía contencioso administrativa, unas sentencias que fuentes jurídicas estiman se resolverán entre abril y julio de 2027.
Por contra, el propio Supremo no estimó el recurso de Nestlé,cuya multa de 6,86 millones adelantada por El Confidencial es firme aunque la compañía espera que prosperen los recursos de sus competidores para tumbar "la resolución de la CNMC para todas las empresas sancionadas, incluida Nestlé". Por su parte, Schreiber, sancionada con 920.000 euros, batalla en el Supremo para que se le exima de responsabilidad.
La batalla por el daño
La batalla por el daño se ha convertido en el nuevo frente judicial del cártel de la leche. Superado en gran medida el debate sobre la existencia de la conducta anticompetitiva, los tribunales han desplazado el foco hacia la cuantificación del perjuicio económico sufrido por los ganaderos, un terreno en el que comienzan a aflorar criterios dispares que anticipan una futura unificación doctrinal.
Los tribunales han desplazado el foco hacia la cuantificación del perjuicio económico sufrido por los ganaderos
Los primeros fallos dibujan ya un mapa judicial desigual: Toledo se alinea con la referencia del 10% esbozada por la CNMC; Madrid se aproxima a ese umbral con un daño cercano al 9,4%; Granada lo sitúa en el 5%; y la Audiencia Provincial de Barcelona fija por ahora el listón en el 2%. La consecuencia inmediata es que la litigación entra en una fase marcadamente técnica, donde la discusión gira menos en torno a la infracción —ya ampliamente acreditada— y más sobre el alcance económico del perjuicio.
En este contexto, David Fernandez, director general deEskariam asegura abordar esta nueva etapa del caso "con optimismo". Salvada la prescripción, desde la firma consideran "que las distintas instancias acogerán nuestro informe pericial, cuyo rango de daño es cercano al criterio conservador recogido en las resoluciones de la CNMC, con una estimación del daño para los ganaderos de como mínimo el 10%".
El pronunciamiento más elevado hasta la fecha lo ha dictado el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Toledo. En su sentencia de 23 de diciembre de 2025, la magistrada estima parcialmente la demanda y condena solidariamente a las industrias (Industrias Lácteas de Granada, Capsa y Schreiber, aunque deja fuera de la condena a esta última) a indemnizar a los productores aplicando "un 10% [del] precio efectivamente percibido por los demandantes respecto de las ventas recogidas en el informe pericial".
En conversación con El Confidencial, los demandados recuerdan que estas sentencias no son firmes. Todo está recurrido o pendiente de recurso. Confiamos en la justicia y que finalmente nos exonerarán de cualquier reclamación", señalan desdeCapsa.
Por su parte, Lactalis aclara que "dado que el asunto está judicializado", la compañía seguirá "ejerciendo su defensa en sede judicial y por el momento no realizará comentarios públicos". Además, aclaran que siguen trabajando "conforme a la normativa aplicable y con foco en la estabilidad de la cadena láctea y de las relaciones con nuestros ganaderos proveedores".
Un tribunal alineado con la CNMC
La resolución no fija esa cifra de forma arbitraria. El juzgado se remite expresamente al criterio de la autoridad de competencia y señala que, en la resolución de 2015, la CNMC consideró "muy razonable utilizar un 10% como referencia" para valorar el beneficio ilícito derivado de la infracción.
De hecho, el fallo subraya que, aun existiendo errores en la pericial, esta superaba el umbral exigido y permitía formular una hipótesis razonable sobre el daño, lo que lleva al órgano judicial a "estimar parcialmente la reclamación y fijar el infraprecio pagado en el importe del 10%".
Pablo Poza, letrado de Global CS que ha conseguido la victoria en Toledo, recuerda que "hasta el pasado diciembre de 2025 las sentencias obtenidas de los tribunales no amparaban las peticiones de compensar los daños causados a los ganaderos por el cártel de la leche".
Poza apunta que el cambio de criterio se debe a la jurisprudencia sellada por el Supremo en la sentencia del cártel de sobres del PSOE, y la posterior ratificación por parte del TJUE de que la prescripción no termina hasta cinco años después de que se ratifica la firmeza del expediente sancionador de la autoridad de competencia.
El abogado de Global CS recuerda que "las conclusiones de la regresión econométrica" de la sentencia de Toledo comprenden "los daños derivados del efecto paraguas". Es decir, la sentencia confirma el efecto que se produce cuando empresas ajenas a un cártel aumentan sus precios para alinearse con los precios elevados artificialmente por dicho cártel.
"Hay que tener presente que los cartelistas suponen el 90% de la cuota de mercado y que según el análisis econométrico, se detecta el mismo porcentaje de infraprecio para los periodos acreditados y los no acreditados según la CNMC", explica Poza.
La sentencia toledana refuerza así una línea más expansiva del resarcimiento que conecta con el criterio ya empleado por el Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid, donde se estimó un perjuicio cercano al 9,4%, y se apoya en los parámetros del Tribunal Supremo sobre cuantificación del daño en cárteles.
El daño del 2%
Muy distinto es el enfoque adoptado por la Audiencia Provincial de Barcelona, cuyas tres resoluciones constituyen una de las principales novedades del escenario judicial. En las sentencia firmadas entre diciembre y de febrero de 2026, el tribunal fija en todas "en un 2% sobre el volumen de leche vendida el infravalor como efecto de las conductas sancionadas". Las resoluciones afectan a compañías como Nestlé, Grupo Lactalis Iberia, Calidad Pascual y Danone.
La sala justifica esta rebaja al entender que la intensidad colusoria fue menor que en otros cárteles, en concreto, lo compara con el cártel de camiones, y que la cuota de mercado afectada rondaba el 50%. Asimismo, considera razonable optar por el tramo inferior de las estimaciones para evitar "una sobrevaloración de su impacto".
La CEO de Ramco, Cristina Soler, fondo financiador de los procedimientos en Barcelona de la mano del despacho Gómez-Acebo & Pombo, señala que en estas sentencias se ha estimado que las acciones del cártel de la leche "no estaban prescritas, y se condena a los miembros del cártel lácteo al pago de los daños causados en las primeras demandas colectivas de cientos de ganaderos presentadas contra los miembros del cártel lácteo".
Según apunta, desde el fondo, las sentencias recibidas de la Audiencia Provincial de Barcelona, hasta el momento suponen una condena a los miembros del cártel lácteo de más de cinco millones de euros.
Hasta el momento suponen una condena a los miembros del cártel lácteo de más de cinco millones de euros
En Granada, por su parte, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada ha optado por una solución intermedia. Tres sentencias dictadas en diciembre de 2025 contra compañías como Grupo Lactalis Iberia, Industrias Lácteas de Granada y Corporación Alimentaria Peñasanta, han reconocido un daño para los ganaderos del 5%, descartando porcentajes superiores defendidos en los informes económicos.
Este posicionamiento evidencia una pauta que también se observa en Barcelona: los tribunales admiten la existencia de daño, pero se apartan de las conclusiones periciales cuando consideran que estas sobredimensionan el impacto real del cártel.
El cártel de la leche entra en un nuevo escenario. Los ganaderos han redoblado la presión contra la industria láctea de la mano de los tribunales. En torno a trescientos afectados celebran que desde el pasado otoño, diferentes tribunales mercantiles han dictado una decena de sentencias en las que les otorgan victorias, aunque parciales, y en las que todavía queda mucho en juego.