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El Supremo revisará la multa de 29 millones a Acciona por el cártel de constructoras
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El Supremo revisará la multa de 29 millones a Acciona por el cártel de constructoras

El Alto Tribunal, en un auto, estudiará si es legítimo que el expediente de la CNMC que derivó en una multa de 203 millones de euros a seis constructoras, procediera de uno anterior caducado

Foto: Logotipo de Acciona en la sede de Madrid (Diego Radamés / Europa Press)
Logotipo de Acciona en la sede de Madrid (Diego Radamés / Europa Press)
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El cártel de las constructoras se tambalea. El Tribunal Supremo va a examinar el proceso que derivó en una sanción de 29,4 millones a Acciona al ser una de las seis compañías que, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), alteraron durante más de 25 años el proceso competitivo en las licitaciones de construcción de infraestructuras. En total, las compañías acumularon multas por valor de 203 millones de euros, la infracción más elevada decretada por Competencia en ese momento (2022).

Ahora, el Alto Tribunal va a determinar si los documentos que usó la CNMC para montar la multa a Acciona son válidos al rescatarlos de un expediente anterior que la propia Competencia determinó caducados.

Según el auto del Supremo del 20 de noviembre, al que ha tenido acceso El Confidencial, el núcleo del debate consiste en aclarar "si la incoación de un procedimiento sancionador en el que se incorpora documentación de un procedimiento sancionador anterior que se ha declarado caducado por la Administración, debe ser considerada un acto de trámite cualificado o no" y "hasta qué punto es conforme a Derecho traer al nuevo procedimiento sancionador actuaciones practicadas en el anterior procedimiento sancionador declarado caducado".

Foto: cnmc-revisar-multa-mediaset

Un expediente que nació caducado

La historia se remonta a 2017, cuando Competencia abrió una macroinvestigación tras realizar inspecciones a las principales constructoras del país. La Dirección de Competencia de la CNMC publicó un expediente para investigar posibles acuerdos prohibidos del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe todo acuerdo, decisión o práctica concertada "que tenga por objeto, produzca o pueda producir la restricción, falseo o impedimento de la competencia".

Sin embargo, la propia CNMC admitió después que la tramitación "ha estado condicionada por la complejidad y un defecto en la tramitación del procedimiento", lo que impidió resolver dentro del plazo de 18 meses legalmente establecido. De este modo, el expediente caducó y se archivó.

Lejos de cerrar definitivamente la investigación, la Sala de Competencia ordenó a la Dirección de Competencia incoar un nuevo expediente sobre los mismos hechos en 2020 y, además, incorporar en él actuaciones practicadas en el procedimiento caducado. Competencia justificó entonces esta decisión afirmando que "la eventual infracción investigada no ha prescrito".

Foto: cnmc-revisa-la-compra-de-expal-por-rheinmetall

Esa decisión —reutilizar un expediente caducado dentro de un procedimiento nuevo— es la que ahora analiza el Supremo. Acciona recurrió en su día la incoación del expediente alegando indefensión y vulneración del artículo 24 de la Constitución, pero la Audiencia Nacional inadmitió el recurso al considerar que el acuerdo de incoación era un acto de trámite no cualificado y, por tanto, irrecurrible.

Del archivo a la sanción millonaria

El expediente reabierto terminó en julio de 2022 con una de las resoluciones más severas de la CNMC. Seis constructoras fueron sancionadas por reunirse semanalmente desde 1992, compartir trabajos técnicos de licitaciones y coordinar información comercial sensible con una multa conjunta de 203,6 millones de euros. Las prácticas afectaron a miles de concursos públicos para infraestructuras como hospitales, carreteras, puertos o aeropuertos.

Competencia concluyó que estas actuaciones constituían una infracción "muy grave", y entre las multas impuestas figuran los 29,4 millones de euros a Acciona. Además, fueron multadas Dragados (57,1 millones), FCC (40,4 millones), Ferrovial (38,5 millones), OHLA (21,5 millones) y Sacyr (16,7 millones).

Qué va a decidir ahora el Supremo

En su auto de admisión, el Supremo señala que el recurso de Acciona "presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia", y que la cuestión principal es determinar si la incorporación de las actuaciones caducadas vulnera garantías esenciales del procedimiento sancionador.

El tribunal subraya que la decisión afecta directamente al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, al analizar si esa incorporación puede convertir la incoación en un acto de trámite cualificado que sí sería recurrible. La resolución también recuerda una sentencia reciente en la que, en un caso similar, la justicia consideró que la incoación no era un acto de trámite cualificado al no generar indefensión. Pero advierte que cada procedimiento debe analizarse "en función de cada caso concreto".

Si el Supremo concluye que no era válido reciclar el expediente caducado, el impacto podría ser profundo. Aunque el tribunal no entra aún a valorar la sanción en sí, sí examina el origen del procedimiento que la hizo posible, con potencial para alterar la arquitectura de uno de los mayores expedientes sancionadores de Competencia.

El cártel de las constructoras se tambalea. El Tribunal Supremo va a examinar el proceso que derivó en una sanción de 29,4 millones a Acciona al ser una de las seis compañías que, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), alteraron durante más de 25 años el proceso competitivo en las licitaciones de construcción de infraestructuras. En total, las compañías acumularon multas por valor de 203 millones de euros, la infracción más elevada decretada por Competencia en ese momento (2022).

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