La nueva guerra judicial millonaria que esconde la condena penal a Stampa
La condena penal a Stampa ha abierto una brecha en el arbitraje y anticipa un nuevo frente judicial, en vía civil y penal, contra el árbitro y los abogados de los herederos, algo inédito en España
Jamalul Kiram II, último Sultán de Joló; y el árbitro Gonzalo Stampa.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis meses de prisión y un año de inhabilitación profesional a Gonzalo Stampa por un delito de desobediencia tras no acatar la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de cesar como árbitro en el multimillonario caso del Sultán de Joló, donde dictó un laudo que condenó al Estado de Malasia a indemnizar con 13.315 millones de euros a los herederos del sultán por la explotación de unos terrenos ricos en petróleo.
La sentencia marca un punto de inflexión y pone un punto y aparte a uno de los conflictos más relevantes que ha vivido el arbitraje en España y que mantiene dividido al sector, como ha podido constatar El Confidencial. Se trata de la primera vez que un árbitro, uno de los más reconocidos en España, es condenado por la vía penal.
Gonzalo Stampa fue nombrado árbitro del arbitraje entre los herederos del Sultán de Joló y Malasia en marzo de 2019 tras una demanda de designación judicial presentada por los herederos en España. En la terna también estaban Deva Villanúa y Jesús Almoguera. Los demandantes trajeron el arbitraje a España tras apuntar que en el momento en el que se firmó el contrato inicial, en 1878, la zona estaba sujeta a soberanía española, algo que Malasia niega.
La sentencia del Supremo recuerda que la condena se basa en que Stampa no acató la orden de cese en sus funciones que le transmitió el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para que diera por finalizada la actividad arbitral para la que había sido designado por el mismo órgano. Ello fue consecuencia de la estimación por el TSJ de Madrid de un incidente de nulidad presentado por Malasia por vulneración de las garantías del emplazamiento a estados extranjeros tras señalar que no había sido emplazado correctamente. Los honorarios de Stampa en este asunto ascendieron a aproximadamente 2,3 millones de dólares.
Un nombramiento irregular
Ese incidente de nulidad presentado por Malasia, asesorado por Uría Menéndez, es una de las claves de todo este caso. El incidente fue estimado por la mayoría del tribunal, pero no por unanimidad. Uno de los tres jueces emitió un voto particular en el que rechaza su estimación tras apuntar que Malasia conocía perfectamente el procedimiento y que presentó el incidente 18 meses después de alegar indefensión, cuando la ley marca un plazo de 20 días, por lo que no podía aceptarse. Stampa también ha discutido que fuese el LAJ el que le transmitiese el cese de sus funciones, lo que considera una extralimitación de sus funciones.
El juicio a Stampa partió de una denuncia que Malasia presentó contra él en la Fiscalía de Madrid dos meses antes de dictar el laudo. El juicio de primera instancia, celebrado a finales de 2023, congregó a varios profesionales del sector que se acercaron a las puertas del juzgado para arropar a Stampa y mostrar su rechazo por la vía penal al entender que cualquier disputa debería haberse dirimido en la vía civil. Estos mismos árbitros hicieron pública una carta en la que exponían el riesgo que entraña para el arbitraje que la jurisdicción ordinaria se entrometa en el procedimiento arbitral, una misiva que fue contestada por el Gobierno de Malasia en la que subrayaba que Stampa estaba siendo juzgado por desobedecer a un tribunal, no por ser árbitro. Mientras tanto, otros muchos árbitros han preferido no posicionarse en público… aunque tengan una opinión del caso.
El juzgado penal concluyó que Stampa había cometido un delito de desobediencia y otro de intrusismo, aunque finalmente fue condenado solo por desobediencia. La Audiencia Provincial de Madrid ratificó la sentencia y tras recurrir al Supremo con la ayuda de un nuevo abogado, la Sala de lo Penal acaba de hacer lo propio. En este asunto, Malasia no hizo ninguna reclamación económica como tal porque se reservó la vía civil que ahora, previsiblemente, pondrá en marcha.
En su último recurso, Stampa argumentó que el mandato de cese en su actividad representaba una intromisión jurisdiccional en el arbitraje, que el letrado de la Administración de Justicia que le transmitió la decisión del TSJ de Madrid se excedió en sus competencias, y que no concurría el elemento subjetivo del delito de desobediencia. También reclamaba la aplicación de la eximente de haber actuado en ejercicio de un deber o en el ejercicio de un derecho, oficio o cargo.
Ahora Stampa tiene la posibilidad de plantear una nulidad de actuaciones y/o presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. En el sector dan por hecho que Stampa gastará todas las balas posibles para intentar revocar la condena, incluyendo la elevación del caso a Europa si hiciese falta.
El CEIA defiende España como sede segura
“En el caso juzgado, no se ha analizado ni cuestionado ningún laudo o actuación arbitral. Se trata de un asunto en el que Gonzalo Stampa fue nombrado árbitro por un tribunal de justicia en un procedimiento de nombramiento judicial de árbitro y en el que, posteriormente, el mismo tribunal que lo había designado anuló tal nombramiento. Se trata de una cuestión estrictamente jurisdiccional y no arbitral”, explica Alfonso Iglesia, presidente del Club Español e Iberoamericano de Arbitraje (CEIA), la asociación más representativa del sector.
“Por tanto, debo trasladar un mensaje claro y contundente de que España es una sede segura de arbitraje internacional, que goza de una legislación de arbitraje avanzada y de unos tribunales de justicia respetuosos con la institución del arbitraje y que aplican con rigor el principio de intervención mínima”, añade. “Desde el CEIA estamos enfocados a contribuir al desarrollo del arbitraje en nuestro ámbito geográfico y cultural y a la promoción de España como centro internacional de arbitraje, y en ese empeño contamos con unos tribunales de justicia y con una jurisprudencia a la altura de las jurisdicciones más avanzadas”.
En el CEIA, presidido por Iglesia, están presentes los principales despachos de abogados del país, incluyendo los que han asesorado en este asunto: Uría Menéndez por el lado de Malasia, B. Cremades & Asociados por los herederos y CMS Albiñana & Suárez de Lezo con Stampa en el Supremo.
El Confidencial ha consultado a cerca de una decena de árbitros de primer nivel el impacto que puede tener esta sentencia para el arbitraje en España. La mayoría de ellos coincide en señalar que la condena del Supremo no ha sido una sorpresa y que el impacto ya estaba digerido tras la sentencia de la Audiencia de Madrid, aunque no por ello deja de ser relevante para la comunidad arbitral nacional e internacional. A este respecto, cabe señalar que los medios internacionales también han seguido el procedimiento judicial contra Stampa. “No es una buena noticia para el país leer en prensa que un árbitro ha sido condenado penalmente sin conocer los detalles del caso”, advierte uno de los profesionales consultados, que recuerda que el año que viene Madrid acogerá el ICCA, el mayor congreso de arbitraje internacional del mundo.
“No es una buena noticia para el país leer en prensa que un árbitro ha sido condenado penalmente sin conocer los detalles del caso”
Otro árbitro consultado teme que esta sentencia pueda provocar que los profesionales del sector pasen a andar con excesivos pies de plomo en los arbitrajes y ello derive en un exceso de burocracia y formalismos que pueda restar agilidad a los procedimientos.
Varios de los profesionales consultados también se plantean si la vía penal, que debería ser la última a la que se recurre en virtud del principio ultima ratio, ha sido la más adecuada en este asunto o si se tendría que haber llevado por la civil como una reclamación de cantidad. Es decir, no discuten tanto si Stampa hizo o no lo correcto, sino el cauce por el que se tendría que haber llevado.
Otro árbitro se detiene en la parte más geopolítica, ya que este tema se ha convertido en un asunto de Estado para Malasia, donde la prensa y el Gobierno lo siguen minuto a minuto. “Para Malasia esto es una cuestión que trasciende de lo legal. Es una cuestión política y económica de primer orden. Para intentar hacernos una idea equivalente -con todas las salvedades-: es como si un árbitro extranjero laudara que España debe indemnizar a unos inversores extranjeros con aspiraciones independentistas y calificados de terroristas con un importe equivalente al 3,5% de nuestro PIB en virtud de un contrato suscrito hace generaciones entre intereses privados y quien ejercía la autoridad entonces. Y todo ello resuelto en un arbitraje con sede en la antigua metrópolis que colonizó España porque entonces regía su sistema legal”, señala.
La nueva batalla legal
Independientemente de los próximos pasos de Stampa, las derivadas del caso del Sultán de Joló no acaban aquí. Como ya desveló este diario, Petronas, la petrolera estatal de Malasia que ha sufrido embargos en el intento de los herederos de ejecutar el laudo, prepara en España y otros países europeos, tanto en vía penal como civil, acciones contra Stampa, los herederos del sultán, el fondo de financiación de litigios Therium y los abogados del despacho B. Cremades y Asociados, asesor de los herederos.
Petronas ha presentado en los tribunales de Nueva York una batería de escritos para recabar información de diferentes bancos, entre ellos Deutsche Bank, Citi, JP Morgan y HSBC, así como los españoles Santander, BBVA, CaixaBank y Sabadell, para que aclaren todos los movimientos de pagos vinculados al caso y preparar sus reclamaciones.
En concreto, Petronas planea reclamar una indemnización a Stampa, los herederos, el despacho B. Cremades y el fondo de financiación de litigios Therium por los daños causados. Al mismo tiempo, pretende querellarse contra los herederos, el despacho B. Cremades y Therium por presuntamente inducir a Stampa a desobedecer al tribunal.
Una vez recabe toda la información, llegará una de las partes más complicadas: encontrar un despacho de abogados que quiera litigar contra otros abogados y significarse de esa manera. Un pleito en España entre abogados, además del daño reputacional que genera a las firmas, provocaría la intervención de los colegios profesionales.
Encontrar un despacho de abogados que quiera litigar contra otros abogados
El Estatuto General de la Abogacía establece que los abogados tienen el deber de comunicar a su colegio "la intención de interponer, en nombre propio o del cliente, una acción de responsabilidad civil o penal contra otro profesional de la Abogacía, derivada del ejercicio profesional". Los colegios, por su parte, tienen el deber de mediar entre los profesionales cuando surjan "discrepancias que puedan surgir en relación con la actuación profesional de los colegiados", por lo que estos movimientos apuntan a una futura mediación del decanato.
De forma paralela, los herederos han presentado una demanda de arbitraje contra el Reino de España en la que reclaman 18.000 millones de dólares (unos 16.300 millones de euros al cambio actual) de indemnización por las trabas que ha puesto la justicia española para ejecutar el laudo. Cabe recordar que el laudo finalmente se dictó en París y será el próximo mes de diciembre cuando el Tribunal Supremo francés se pronuncie sobre su validez.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis meses de prisión y un año de inhabilitación profesional a Gonzalo Stampa por un delito de desobediencia tras no acatar la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de cesar como árbitro en el multimillonario caso del Sultán de Joló, donde dictó un laudo que condenó al Estado de Malasia a indemnizar con 13.315 millones de euros a los herederos del sultán por la explotación de unos terrenos ricos en petróleo.