La guerra por las redes de Adif acaba en juicio: reclaman 25 millones a Nokia por frenar a un rival
Una sanción de la CNMC de 2017 por prácticas anticompetitivas ha acabado desatando una batalla judicial en el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid
El Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid acogió esta semana un juicio poco habitual en el ámbito de la competencia. El pasado miércoles, Kontron, compañía austríaca especializada en tecnología del Internet de las Cosas, puso sobre la mesa una reclamación superior a 25 millones de euros frente a la división española de Nokia por un episodio que se remonta más de una década atrás, cuando ambas competían por un contrato de Adif para mantener y renovar las redes ferroviarias GSM-R, el sistema que garantiza la comunicación entre trenes y centros de control y que constituye la columna vertebral del tráfico ferroviario de alta velocidad.
Según fuentes jurídicas cercanas al proceso, la demanda es una acción de daños follow-on, es decir, una reclamación civil basada en una infracción de competencia ya declarada y confirmada por los tribunales.
En este caso, la resolución es de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que en 2017 sancionó a Nokia con 1,74 millones de euros por estrechamiento de márgenes. Este concepto describe una forma de abuso de posición de dominio en la que una empresa dominante fija precios mayoristas y minoristas tan ajustados que un competidor igualmente eficiente no puede operar con beneficios reales.
Sanción confirmada por la Audiencia Nacional
El pleito se reactivó después de que, en febrero de 2025, la Audiencia Nacional confirmara íntegramente aquella sanción. Hasta entonces había estado suspendido desde 2018, cuando Kontron —entonces llamada Kapsch— lo presentó por primera vez. La compañía sostiene que perdió la oportunidad de adjudicarse el contrato de Adif de 2014 y reclama lucro cesante, es decir, los beneficios que habría obtenido de haber podido competir en condiciones normales.
Además de esa cuantía principal, la demanda incorpora partidas menores por ajustes de plantilla y costes de litigación. Fuentes jurídicas califican el asunto como un supuesto de abuso de exclusión, término que designa los comportamientos de las empresas dominantes destinados a impedir que los rivales participen efectivamente en una licitación o contrato.
El informe pericial de Nokia ha sido elaborado por la consultora Compass Lexecon, mientras que Kontron ha aportado uno de Alfa Completeness.
Un contrato decisivo
El conflicto nació con la licitación que Adif lanzó el 15 de julio de 2014 para el mantenimiento y renovación de las redes GSM-R. Hasta entonces, cada fabricante mantenía los equipos que había instalado. Nokia cubría aproximadamente el 85% de la red y Kapsch (hoy Kontron) el 15% restante. Pero Adif decidió abrir el mercado y permitir que el mantenimiento pudiera asumirlo cualquier empresa, aunque no hubiese instalado la tecnología original.
El problema fue que los licitadores necesitaban una carta de soporte técnico del fabricante del equipo, requisito que garantizaba acceso a repuestos y actualizaciones.
Nokia, que dominaba la red, ofreció a Kapsch ese soporte a un precio que, según la CNMC, hacía económicamente inviable competir. En la práctica, el margen entre el precio mayorista que Nokia cobraba por ese servicio y el precio minorista que ofrecía a Adif era tan reducido que su rival no podía presentar una oferta rentable.
La CNMC calificó ese comportamiento como estrechamiento de márgenes y lo consideró una infracción del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. “La conducta tuvo probablemente un efecto de exclusión de su rival y una menor competencia en la licitación de Adif”, señalaba la resolución de 2017.
De la sanción al juicio civil
Nokia recurrió la decisión ante la Audiencia Nacional, alegando que sus precios eran legítimos y que Kapsch renunció voluntariamente a participar. Ocho años después, en febrero de 2025, la AN desestimó el recurso y confirmó la resolución de la CNMC, aunque aún cabe recurso ante el Supremo. El tribunal concluyó que Nokia “sabía que si Kapsch participaba en la licitación sin la carta de compromiso debía asumir el coste adicional de aceptar la oferta mayorista de Nokia y, simultáneamente, ofrecer a Adif como mejora la sustitución gratuita gradual de sus equipos”.
Los jueces también señalaron que “la conducta de Nokia no obedecía a una práctica dentro de los límites de la competencia leal, toda vez que fue apta para causar la exclusión de un competidor por medios distintos de los que cabe esperar de una empresa con posición dominante”.
Con esa sentencia firme, Kontron reactivó su acción de daños, un instrumento previsto en la Ley de Defensa de la Competencia que permite a los perjudicados por prácticas anticompetitivas reclamar una indemnización por las pérdidas sufridas. En este caso, la empresa cifra su perjuicio en más de 25 millones de euros, la mayor parte por la pérdida de ingresos del contrato que no pudo ejecutar.
Un reto probatorio
Aunque el punto de partida es sólido —una infracción ya declarada y confirmada—, las acciones de daños follow-on no se ganan automáticamente. La víctima debe demostrar que existió un daño, cuánto ascendió y que fue causado directamente por la conducta sancionada.
En los casos de abuso de posición de dominio, a diferencia de los cárteles, no existe una presunción de daño, por lo que el nivel de prueba exigido es mucho más alto.
Fuentes jurídicas reconocen que no será fácil que el juzgado acepte íntegramente la reclamación. El mayor obstáculo será acreditar el contrafactual, esto es, demostrar qué habría pasado si no se hubiera producido la infracción. En términos simples, Kontron tendrá que convencer al tribunal de que, sin la actuación de Nokia, habría ganado o al menos tenido una posibilidad real de ganar el concurso de Adif.
La cuantificación del lucro cesante también plantea dificultades. Exige proyectar ingresos hipotéticos durante años, descontar costes, ajustar por riesgo y aislar factores externos —como las propias condiciones del contrato o los plazos técnicos— que pudieran haber limitado el beneficio. A ello se suma la necesidad de probar que la empresa no pudo mitigar el daño reasignando recursos a otros proyectos.
El Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid acogió esta semana un juicio poco habitual en el ámbito de la competencia. El pasado miércoles, Kontron, compañía austríaca especializada en tecnología del Internet de las Cosas, puso sobre la mesa una reclamación superior a 25 millones de euros frente a la división española de Nokia por un episodio que se remonta más de una década atrás, cuando ambas competían por un contrato de Adif para mantener y renovar las redes ferroviarias GSM-R, el sistema que garantiza la comunicación entre trenes y centros de control y que constituye la columna vertebral del tráfico ferroviario de alta velocidad.