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Las empresas sacan la artillería legal para moldear la ley de acciones colectivas
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Las empresas sacan la artillería legal para moldear la ley de acciones colectivas

Las empresas piden que solo las asociaciones más importantes puedan demandar y que solo se permita el modelo 'opt-in', que exige que el consumidor afectado se sume expresamente al pleito

Foto: Imagen de archivo de un hombre en una manifestación por las preferentes. (EFE/J. Casares)
Imagen de archivo de un hombre en una manifestación por las preferentes. (EFE/J. Casares)
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Las grandes empresas se remangan para darle una vuelta a la nueva ley de acciones colectivas. Tanto la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la principal patronal del país, como Multinacionales por España, asociación que agrupa a las principales multinacionales que operan en España, han presentado enmiendas para modificar un proyecto de ley que consideran que genera inseguridad jurídica y puede derivar en un aluvión de demandas instrumentales.

La ley de acciones colectivas va a permitir que los usuarios, a través de las asociaciones de consumidores, puedan presentar reclamaciones colectivas contra compañías que hayan vulnerado sus derechos para ser resarcidos económicamente. La aprobación de la ley, que inicialmente iba a tener lugar a finales del año pasado, se suspendió por las fuertes desavenencias entre los partidos sobre algunos aspectos de su articulado.

Dos de los puntos clave sobre los que pivota el discurso de las grandes empresas son la aplicación del modelo opt-in/opt-out y quién ostenta la legitimación para iniciar este tipo de acciones.

A fecha de hoy, el legislador ha planteado un modelo dual entre el opt-in y el opt-out. El sistema opt-out incluye por defecto a todos los consumidores afectados por una infracción, aunque no tengan conocimiento de la existencia de la reclamación. Es decir, si una asociación de consumidores gana una reclamación que beneficia a un consumidor perjudicado, este podrá ser resarcido económicamente, salvo que haya rechazado adherirse de forma expresa. Igualmente, si la demanda no llega a buen puerto, el consumidor también queda vinculado aunque no se haya manifestado.

Foto: Protesta de afectados contra las preferentes. (EFE/Cabalar)

En el sistema opt-in, que es el que las grandes empresas consideran más acertado, si el consumidor afectado no conoce la reclamación y no manifiesta expresamente su adhesión, se queda fuera. La normativa prevé esta vía cuando la reclamación de cada consumidor supere los 3.000 euros o si el tribunal considera que es más adecuada en términos de eficiencia. En todo caso, el sistema opt-out también permite a los consumidores desvincularse de la reclamación e iniciar acciones por su cuenta si lo prefieren.

Tanto la CEOE como Multinacionales señalan que el modelo opt-out genera inseguridad jurídica y dificulta que los demandados conozcan la magnitud real de las demandas colectivas, por lo que resulta difícil hacer las provisiones y reservas necesarias. No defienden tampoco el modelo dual y creen que lo adecuado sería el modelo opt-in.

Ambas asociaciones también coinciden en apuntar que la ley es muy laxa con los requisitos necesarios para ser entidad habilitada para demandar. A su juicio, la ley debería exigir una antigüedad de al menos 5 años, y no los 12 meses que actualmente contempla el proyecto de ley. De esta forma, consideran que se evitaría la creación de asociaciones instrumentales para iniciar este tipo de demandas. Para reforzar ese control de legitimidad, también proponen que las entidades habilitadas deban ser miembros del Consejo de Consumidores y Usuarios. Por último, señalan que el proyecto de ley prevé que si no es determinable el número de consumidores beneficiados de una sentencia, será el tribunal el que fije la cantidad de acuerdo a sus propias estimaciones. Esto consideran de nuevo que genera inseguridad jurídica y que sería solventado con un modelo opt-in.

Los argumentos de las empresas han encontrado acomodo en un informe del Consejo Económico y Social de España (CES) que aboga por restringir la legitimación a las asociaciones más representativas y, además, pide que la ley evite que terceros con intereses distintos a la defensa de los derechos de las personas consumidoras o usuarias obtengan un lucro derivado del ejercicio de estas acciones procesales. FACUA y OCU también han alertado del riesgo que supone que la ley prevea que la primera asociación que demanda, sea cual sea su experiencia previa o su importancia, sea la que llevará el proceso.

Las grandes empresas se remangan para darle una vuelta a la nueva ley de acciones colectivas. Tanto la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la principal patronal del país, como Multinacionales por España, asociación que agrupa a las principales multinacionales que operan en España, han presentado enmiendas para modificar un proyecto de ley que consideran que genera inseguridad jurídica y puede derivar en un aluvión de demandas instrumentales.

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