Los transportistas consiguen su primera victoria en el macropleito contra las petroleras por inflar el gasoil
La juez reconoce una infracción continuada contra el derecho de la competencia entre 2006 y 2017, fijando un sobreprecio de 6,96 céntimos por litro de gasoil
:format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F0ab%2F2c3%2F9fb%2F0ab2c39fbb6f5973c795a16061df47f0.jpg)
Primera victoria en los tribunales para los transportistas en el macropleito iniciado hace más de tres años contra Moeve (antes Cepsa), Repsol y BP por el encarecimiento artificioso del precio del combustible. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón (ciudad en la que tiene ubicada su sede BP) ha dictado sentencia contra la petrolera de origen británico, estimando la mayor parte de los argumentos defendidos por la plataforma Afectados por las Petroleras (APP), que representa a 3.230 personas en esta causa.
En una resolución dictada el 7 de marzo, a la que ha tenido acceso El Confidencial, la juez declara probada la existencia de una infracción continuada en materia de competencia por parte de BP entre julio de 2006 y julio de 2017, fijando un sobreprecio de 6,96 céntimos por litro de gasoil. La sentencia, la primera y a su vez de menor cuantía que se dicta en un macroproceso que está a la espera de otras dos resoluciones de los Juzgados de lo Mercantil de Madrid (donde radican las sedes de Repsol y Moeve), condena a la petrolera de origen británico a pagar casi tres millones de euros, que se elevarían a cerca de cuatro cuando se computen los intereses.
La pena supone una rebaja respecto a los ocho millones de euros que solicitaba la APP, representada jurídicamente por Ejaso junto a Almoguera Abogados y el letrado experto en Competencia Blas A. González, ya que la juez no comparte el período de finalización de la conducta ilícita en diciembre de 2020, salvando así a BP de lo solicitado desde mediados de 2017 hasta diciembre del año de la pandemia.
"En BP estamos estudiando la resolución", explican desde la compañía a El Confidencial. "En este sentido, queremos manifestar que la compañía se rige por el cumplimiento de la legalidad vigente y conforme a los estándares del mercado. En BP estamos fuertemente comprometidos con las normas de defensa de la competencia y su debido cumplimiento es inexcusable para la compañía y todos sus empleados", añade.
Fijación de precios
El juzgado de Castellón hace suya la resolución de la CNMC que en 2009 —por aquel entonces, CNC— señalaba el mecanismo empleado por las principales petroleras (ratificado en resoluciones posteriores), que consistía en la imposición de una serie de cláusulas contractuales a los propietarios de las estaciones de servicio que, en la práctica, conducían a la fijación indirecta del precio del combustible.
Es más, la resolución de 2009 es la piedra angular sobre la que la juez construye el caso para considerar probado el daño. Esta resolución, recoge la juez, concluye que BP fijaba por medios indirectos el PVP de los combustibles y carburantes a los distribuidores independientes de su red abanderada y que, de ese modo, “infringía” varios artículos de las normas de la competencia.
“Nos encontramos ante una infracción continuada de los artículos 1 LDC y 101.1 TFUE (que prohíben los acuerdos, decisiones y prácticas concertadas entre empresas) por BP OIL, que fue declarada y sancionada por la resolución de 30 de julio de 2009 y que perduró en el tiempo hasta el 1 de julio de 2017, como se declaró en la Resolución de 12 de junio de 2020”, apunta la sentencia.
Este análisis se ha apoyado en el desarrollo de una herramienta de IA para ordenar y procesar la ingente cantidad de información
La juez, además, estima las resoluciones de vigilancia dictadas por la CNMC en diciembre de 2013 y julio de 2017, que señalan que las tres operadoras han dado un “cumplimiento parcial” y “claramente insuficiente” de las “intimaciones” que les solicitaba ejercer Competencia en 2009. “El hecho de que estas resoluciones de vigilancia no sean pruebas irrefutables como son las sancionadoras no supone privarles de eficacia, como pretende la parte demandada infractora”, aclara la sentencia.
Otra de las grandes victorias que se adjudica la APP, constituida por la firma especializada en litigación masiva compleja Outliers, fundada por Javier Vasserot con el respaldo financiero de un fondo de inversión, es que el tribunal ha aceptado el ejercicio pericial llevado a cabo por los profesores de la Universidad de Barcelona Joan Ramon Borrell y Jordi Perdiguero. Este análisis se ha apoyado en el desarrollo de una herramienta de IA alimentada con una base de datos específica, creada para ordenar y procesar la ingente cantidad de información que han aportado Fatrans y Fenadismer.
En concreto, la pericial ha presentado el análisis de casi medio millón de facturas de los afectados, aunque se han procesado casi 10 millones en todo el proceso. Esta prueba documental ha sido determinante para que la sentencia dé por buenos los argumentos de la APP, que en su demanda se ciñó a la Guía Práctica de la Comisión Europea, que entiende que “no es necesario que estemos ante un cártel para que se utilicen los métodos y prácticas que propone”, apunta la sentencia en referencia a la pericial.
Reclamación de hasta 1.000 millones
Precisamente, el caso ha sido mal llamado cártel de las petroleras. En suma, puede conllevar una reclamación de 1.000 millones de euros, ya que, según fuentes conocedoras del proceso, las reclamaciones puestas en marcha no suponen ni tan siquiera el 5% de los potenciales demandantes.
No obstante, la de BP es la primera sentencia fruto de las tres demandas presentadas por APP, que suman una cuantía conjunta de 185 millones reclamados a la petrolera británica junto a Repsol y Moeve. Es el impacto correspondiente al encarecimiento de unos 4.000 millones de litros de combustible, tal y como confirman desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer).
“Estamos muy satisfechos porque se ha hecho justicia con los más de 3.000 pequeños transportistas que forman parte de nuestra plataforma”, asegura Vasserot, que no descarta apelar la sentencia de BP. “Consideramos un error no aceptar la continuación del daño después de 2017 cuando la pericial lo demuestra”. Asimismo, añade que “la plataforma está preparando una nueva demanda para aquellos que hayan interrumpido la prescripción y quieran unirse”.
Primera victoria en los tribunales para los transportistas en el macropleito iniciado hace más de tres años contra Moeve (antes Cepsa), Repsol y BP por el encarecimiento artificioso del precio del combustible. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón (ciudad en la que tiene ubicada su sede BP) ha dictado sentencia contra la petrolera de origen británico, estimando la mayor parte de los argumentos defendidos por la plataforma Afectados por las Petroleras (APP), que representa a 3.230 personas en esta causa.