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Repsol gana a Iberdrola: claves de la primera sentencia por 'ecopostureo' en España
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Una batalla entre asesores

Repsol gana a Iberdrola: claves de la primera sentencia por 'ecopostureo' en España

La sentencia del juzgado mercantil de Santander aborda por primera vez en España una denuncia por 'ecopostureo' y, entre otras cuestiones, define qué debe entenderse por sostenibilidad

Foto: El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán (i) conversa con el presidente de la BBK, Mario Fernández, y Josu Jon Imaz. (EFE/Luis Tejido)
El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán (i) conversa con el presidente de la BBK, Mario Fernández, y Josu Jon Imaz. (EFE/Luis Tejido)
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Pinchazo de Iberdrola en su histórica demanda de greenwashing contra Repsol. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander ha emitido la primera sentencia por 'ecopostureo' en España, en la que se enfrentan los dos gigantes energéticos. Se trata de una batalla legal en la que se han involucrado sus respectivos equipos jurídicos, bufetes de confianza y consultoras de asuntos públicos, y que se cierra sin que Iberdrola tenga que abonar las costas a Repsol, pese a la derrota, dada la particularidad del caso, el primero en España de este tipo.

La empresa presidida por Ignacio Sánchez Galán fundamentaba su demanda en que al menos quince contenidos y mensajes de la web corporativa de Repsol, junto a tres campañas publicitarias, resultaban engañosos. “Una compañía energética comprometida con un mundo sostenible”, “compromiso cero emisiones netas”, “lideramos la transición energética” o “la lucha contra el cambio climático está en nuestro ADN” son algunos de los 'claims' de Repsol que Iberdrola considera engañosos, porque ofrecen una imagen de empresa ‘verde’ cuando, en realidad, la mayor parte de su negocio es fósil.

El juez señala, al inicio de la sentencia —que no es firme y sobre la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Cantabria— que “la sostenibilidad no es sinónimo de ser respetuoso o neutro con el medio ambiente, sino que se identifica como la zona de intersección entre tres dimensiones: lo ecológico, lo económico y lo social”. Para alcanzar ese objetivo, explica, es necesario un proceso de transición, emprendiendo un camino de descarbonización que permita cumplir los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).

Iberdrola se presenta ante el juez como “competidora directa” de Repsol en los sectores eléctrico y de gas natural, lo que la convierte en “afectada por las conductas desleales” de Repsol y la legitima para emprender acciones legales. Las campañas denunciadas aluden a diferentes áreas de negocio de Repsol y sectores en los que está involucrada: luz, gas, descarbonización, movilidad sostenible, hidrógeno y biocombustibles.

Una batalla de asesores

En este caso, Repsol ha estado defendida por Dentons y ha contado con el asesoramiento de Hoyng Rokh Monegier en materia de derecho de la publicidad. El representante legal de Iberdrola ha sido Ontier.

No obstante, estos no han sido los únicos asesores de este pleito, sobre el cual existía gran expectación tanto en la abogacía como en el sector energético. La acusación de Iberdrola se fundamentaba en un informe de la consultora Roman titulado: Análisis de la existencia de greenwashing en la comunicación corporativa y campañas publicitarias de Repsol en España. Repsol contestó a este informe contratando los servicios de LLYC para elaborar un informe pericial sobre el análisis de su competidor en el negocio de asuntos públicos.

Foto: El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán. (Europa Press)

"El informe de Roman aporta, de modo general, una selección de mensajes que analiza de manera aislada. Esta forma de proceder conduce a conclusiones erróneas que distan absolutamente de la realidad de la comunicación efectuada cuando se analiza en su conjunto", asegura LLYC en el informe pericial al que ha tenido acceso El Confidencial.

El informe de LLYC fue presentado por Repsol como respuesta a la pericial encargada por Iberdrola a la consultora Roman. En el documento, LLYC desmonta las diferentes acusaciones de la eléctrica respecto a las campañas y acciones de Repsol.

Falta de legitimación activa

El juez desestima, en las primeras páginas de la sentencia, dos de las campañas denunciadas por Iberdrola, las referidas al hidrógeno y a los biocombustibles. ¿El motivo? Iberdrola se ha presentado como competidor de Repsol en el sector de suministro eléctrico y de gas, sin hacer referencia, “en ningún momento”, al hidrógeno o a los biocombustibles. De acuerdo con la Ley de Competencia Desleal, existe una falta de legitimación activa para demandar, al no haber acreditado ser un competidor afectado.

Foto: Sede de Iberdrola. (Reuters/Vincent West)

La tercera campaña, referida a una venta cruzada de productos, también es desestimada por el juez por carecer de alegación medioambiental. En este caso, Iberdrola denunciaba que Repsol ofrecía productos que, bajo la apariencia de fomentar el ahorro energético y la sostenibilidad, en realidad tendrían la finalidad de incentivar el consumo de combustibles fósiles. A este respecto, el juez concluye que "no se aprecia en el acto publicitario ninguna alegación o reclamo medioambiental". De hecho, los mensajes incluidos en esta campaña se centran en el ahorro mediante la contratación de diferentes tipos de energía (luz, gas, solar, etc.), de los cuales no se puede inferir “un propósito oculto a los consumidores de incrementar el consumo de combustibles fósiles”.

En cuanto a la página web de Repsol, Iberdrola señala que la compañía incluye multitud de mensajes “que encajan en la definición de greenwashing”, al presentarse como una empresa que ofrece combustibles sostenibles, cuando en realidad gran parte de su negocio proviene aún de los combustibles fósiles. En este punto, el juez, apoyándose en los informes presentados por las partes, concluye que "el consumidor medio en el mercado afectado identifica a Repsol con estaciones de servicio, carburantes y actividad petrolera, y que su decisión de compra sobre productos energéticos se basa en el precio". La identificación con energías renovables y la incidencia de estos aspectos en la decisión de compra son residuales.

En otras palabras, aunque Repsol no ‘vendiese’ sus planes de transición energética en su web, el consumidor seguiría contratando sus productos de igual forma, razona el juez.

Foto: Los conflictos de interés en los despachos. (iStock)

En cuanto al contenido específico de la web y sus diferentes apartados, el juez señala que le resulta “muy difícil” considerar como práctica desleal el hecho de que se mencionen los atributos y compromisos de la empresa en general. Por tanto, el contenido de la web no se considera un acto publicitario ni tiene potencialidad para distorsionar el comportamiento del consumidor medio.

Diferencia entre "ser sostenible" y "sostenibilidad"

La sentencia hila fino cuando pone el acento en la diferencia entre ser sostenible y estar comprometido con la sostenibilidad. Repsol, según explica el juez, es una compañía tradicionalmente petrolera, algo que no oculta, y no incluye en sus productos afirmaciones de que sean menos perjudiciales o más eficientes, sino que se ciñe a presentar el compromiso de la empresa con la sostenibilidad. “Este compromiso solo puede ser medido mediante la suscripción de los diversos instrumentos internacionales de ODS, que Repsol acredita con evaluaciones por agencias de rating especializadas. La afirmación, por tanto, no es falsa”.

El juez también añade que Repsol no intenta transmitir la idea de que la totalidad del catálogo de sus productos sea sostenible, y destaca en numerosas ocasiones que el consumidor medio conoce bien el negocio esencial de Repsol, que aún a día de hoy es fósil. Además, la compañía dispone en su página web de los datos de cada parte del negocio, por lo que estos son públicos.

Esta primera sentencia marca el camino para futuros pleitos por greenwashing. El caso de Iberdrola contra Repsol se convierte en la única batalla sobre 'ecopostureo' en la que incluso se pronunció la exministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, ahora comisaria de Competencia de la Comisión Europea. Una batalla muy mediática, por la importancia de los protagonistas, que es la primera de este tipo en España, pero que sin duda no será la última.

Pinchazo de Iberdrola en su histórica demanda de greenwashing contra Repsol. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander ha emitido la primera sentencia por 'ecopostureo' en España, en la que se enfrentan los dos gigantes energéticos. Se trata de una batalla legal en la que se han involucrado sus respectivos equipos jurídicos, bufetes de confianza y consultoras de asuntos públicos, y que se cierra sin que Iberdrola tenga que abonar las costas a Repsol, pese a la derrota, dada la particularidad del caso, el primero en España de este tipo.

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