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España busca su hueco en la élite del arbitraje internacional
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en abril de 2026

España busca su hueco en la élite del arbitraje internacional

Madrid acoge el mayor congreso internacional de arbitraje internacional tras el blindaje del Tribunal Constitucional, la consolidación del CIAM-CIAR, y con el interrogante del caso Stampa

Foto: Fuente de Cibeles en Madrid. (iStock)
Fuente de Cibeles en Madrid. (iStock)
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La comunidad arbitral española calienta motores para acoger el mayor congreso de arbitraje internacional del mundo. Por primera vez, Madrid acogerá el XXVII Congreso Internacional de Arbitraje de ICCA entre el 12 y el 15 de abril de 2026. En román paladino, es un hito de una relevancia semejante a ser sede de un campeonato mundial de fútbol. La cita llega en un momento de auge para el arbitraje: el Tribunal Constitucional ha consolidado su doctrina en la que blinda el arbitraje de la injerencia de los tribunales; el CIAM-CIAR, la gran corte arbitral española, ha batido récords en el número de casos y en la cuantía de los mismos, y el español se abre paso como uno de los idiomas más usados.

“Este congreso atraerá a más de 1.500 profesionales de prestigio internacional, convirtiendo a Madrid durante esos días en el epicentro mundial del arbitraje internacional”, explica José María Alonso, presidente del CIAM-CIAR. “Es relevante poner en valor la labor fundamental que ha hecho y está haciendo el Club Español e Iberoamericano del Arbitraje (CEIA) como organizador del Congreso; labor a la que puedo decir, con orgullo, que tanto el Ayuntamiento de Madrid como el CIAM-CIAR estamos apoyando de manera significativa, ya que este hecho constituye una importante oportunidad para la ciudad, en particular en cuanto a su promoción económica y su marca a nivel internacional”.

El CIAM-CIAR es el resultado de la fusión de la actividad internacional de la Corte de Arbitraje de Madrid, la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje y la Corte Española de Arbitraje, a la que se ha unido la Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid como socio estratégico. Opera desde 2020 y es la gran apuesta del sector para posicionarse como gran plaza para el arbitraje internacional y codearse con Ginebra, París o Nueva York. “Si el protagonismo de Madrid es ya evidente en Europa e Iberoamérica, la celebración de ICCA en 2026 va a ser el colofón de esta tendencia imparable y, además de reforzar su protagonismo, va a situar a Madrid en la órbita de los países más lejanos de Oriente Medio, Asia y Oceanía”, apunta David Arias, socio de Arias SLP.

"Algunas ciudades del mundo tienen reconocido un estatus de 'capitales arbitrales', bien sea por tradición (como Londres, París o Ginebra) o por un esfuerzo disciplinado y consciente de desarrollar esta actividad (como por ejemplo es el caso de Singapur)", añade María José Menéndez, árbitro y senior advisor de Ashurst. "Madrid reúne condiciones ideales para convertirse en una capital importante en arbitraje internacional, y se ha venido haciendo un trabajo importante desde hace años en esa dirección. La celebración de ICCA 2026 puede ser un escaparate fantástico para que la comunidad arbitral internacional se dé cuenta de la potencia de Madrid como alternativa a esas otras 'capitales arbitrales', especialmente en relación con el mundo iberoamericano".

En la misma línea se pronuncia Alfonso Iglesia, socio coordinador del grupo de Arbitraje de Cuatrecasas y presidente del CEIA, que considera que este congreso "supone un reconocimiento a la creciente importancia de la comunidad arbitral española e iberoamericana en el contexto del arbitraje internacional", además de ser "una grandiosa oportunidad para que Madrid se proyecte como sede atractiva para acoger arbitrajes internacionales". Hasta la fecha, los números avalan la apuesta por la gran corte española. El CIAM-CIAR suma un total de 54 casos desde 2020 -18 nuevos en 2024- por un valor agregado en disputa de 275 millones de euros. De hecho, el año pasado fue récord con arbitrajes valorados en 127 millones de euros.

Por sectores, las disputas societarias fueron las más habituales el año pasado, con un total de 6 arbitrajes. Les siguieron Energía y Alimentación & Farmacéutico, con 3 arbitrajes cada uno. Tecnología registró dos procedimientos y Construcción, Deportivo, Hostelería y Representación registraron un arbitraje cada uno.

Patricia Saiz, árbitra y profesora, considera que España debería diseñar una estrategia centrada en tres ejes: promoción activa ("Las instituciones arbitrales españolas y los actores clave (abogados, árbitros, jueces) tienen la oportunidad de seguir aumentando la visibilidad de España como hub arbitral"), fortalecimiento del ecosistema arbitral ("Fomentar la colaboración entre instituciones, profesionales y el sector académico para contribuir a reforzar su competitividad y proyección internacional"), e inversión en infraestructura y talento ("Seguir atrayendo talento internacional y promoviendo programas de formación y foros de discusión especializados permitirá fortalecer este liderazgo y posicionar aún más a la ciudad como un destino clave para la resolución de disputas internacionales").

La baza del español

Una de las grandes cartas que quiere jugar España para consolidarse como corte de referencia a nivel internacional en general y en Latinoamérica en particular es el idioma. No es baladí que hace pocos meses el Ministerio de Asuntos Exteriores, el CEIA y el CIAM-CIAR suscribieron un 'Manifiesto por el uso del español en el arbitraje internacional' que pone de relieve que a pesar de que alrededor del 20% de las partes en arbitrajes comerciales o de inversión son iberoamericanas, menos del 10% de dichos procedimientos se llevan a cabo en español. No obstante, su uso cotiza al alza. En Argentina, Chile, Panamá, Paraguay, el 100% de los arbitrajes se llevan a cabo en español, mientras que en Colombia, Costa Rica, España, México, Perú y Venezuela, el porcentaje de arbitrajes en español se mueve entre el 76% y el 100%.

Menéndez explica que este manifiesto tiene como objetivo concienciar a los profesionales jurídicos en el uso del español siempre que tenga sentido. "Sabemos que en muchos casos se desarrollan arbitrajes en inglés sin que haya una verdadera necesidad (por ejemplo, en casos en que la ley aplicable a la disputa está escrita en español), y esto provoca falta de precisión en el debate jurídico, además de ineficiencias y costes, y sobre todo reduce la influencia del idioma español en la escena arbitral internacional por debajo del peso que debería tener (ya que es el segundo idioma que más hablantes aprenden como lengua nativa y uno de los más hablados en términos absolutos)", apunta.

“El español, que hace unas décadas era la cenicienta del arbitraje internacional, es hoy la segunda lengua más usada para la resolución de conflictos transnacionales", asegura Arias. "Hace no mucho tiempo, no era infrecuente ver que dos empresas de dos países hispanoparlantes dirimieran sus disputas en inglés, y estuviesen representadas por abogados anglosajones formados en el llamado Common Law, ajeno a nuestra tradición basada en el Derecho romano”.

Según explica el árbitro, “esta anomalía se debía a diversas causas, no todas ajenas a nosotros. Afortunadamente, hoy en día la cosa ha cambiado para bien, incluso para muy bien. Por un lado, los despachos españoles e iberoamericanos han desarrollado y sofisticado sus prácticas de arbitraje internacional, colocándolas a la altura de las mejores; y por otro, los despachos anglosajones, conscientes de esta tendencia imparable, han creado equipos de hispanoparlantes nativos. De modo que hoy en día, como decía, el español goza de excelente salud”.

El Constitucional blinda el arbitraje

La celebración del ICCA llega en un momento dulce para la seguridad jurídica del arbitraje, tras unos años de turbulencias patrocinados por los Tribunales de Justicia del país, especialmente el de Madrid, que durante años dictaron una oleada de resoluciones que anularon decenas de laudos y dispararon las alarmas del sector… hasta que el Tribunal Constitucional movió ficha.

Hace cuatro años, el tribunal de garantías dio un primer paso para proteger la validez y autonomía de este sistema de resolución extrajudicial de conflictos con una primera sentencia que, según recuerdan desde Íscar Arbitraje, fue "un verdadero punto de inflexión para el arbitraje en España. De manera clara y contundente el Tribunal Constitucional enmendó la plana al TSJ de Madrid y empezó a marcar las reglas de juego en el arbitraje internacional". Con esta primera sentencia ganada por Ana Barriga, socia de la firma que encabeza Javier Íscar, el tribunal de garantías "afirmó sin generar dudas que el órgano judicial no puede revisar el fondo del asunto sometido a arbitraje", confirmó la autonomía de las partes que se someten a un arbitraje y definió los criterios limitativos en las acciones de nulidad de laudos.

El segundo gran espaldarazo llegó un año después, con la conocida como sentencia Mazacruz, que declaró que los laudos arbitrales deben considerarse como decisiones finales y no como sentencias revisables, como venían haciendo algunos tribunales que entraban en el fondo de los asuntos. “La sentencia de Mazacruz ha creado la doctrina constitucional que siguen todos los Tribunales Superiores de Justicia (TSJs) en los procedimientos de anulación de los laudos y que viene a resultar, sustancialmente, en que los TSJs, al valorar una posible contradicción del laudo con el orden público, no pueden realizar un nuevo análisis del asunto sometido a arbitraje sustituyendo el papel del árbitro en la solución de la controversia", explica Bernardo Cremades Jr., socio de B. Cremades & Asociados, el bufete que ganó este caso.

“En cambio, los TSJs deben ceñirse al enjuiciamiento respecto de la legalidad del convenio arbitral, la arbitrabilidad de la materia y la regularidad procedimental del desarrollo del arbitraje (en el sentido de que la acción de anulación sólo puede tener como objeto el análisis de los posibles errores procesales en que se haya podido incurrir en el arbitraje referidos al cumplimiento de las garantías fundamentales). En definitiva, el Tribunal Constitucional ha reiterado que el motivo de anulación de un laudo por infracción del orden público no puede ser usado por los jueces para sustituir el criterio alcanzado por el árbitro en el arbitraje”, concluye.

Foto: Sede de la Cámara de Comercio de España, donde se encuentra la Corte Española de Arbitraje.

Desde entonces han sido varias las ocasiones, la última el pasado mes de diciembre, en los que el tribunal de garantías ha tenido posibilidad de consolidar su doctrina y blindar el arbitraje de la injerencia de los tribunales, lo que ha disipado las dudas en torno a su seguridad jurídica y permite ‘vender’ a España como una plaza atractiva para la práctica.

"El Tribunal Constitucional no ha dejado fisura alguna, y cualquier empresa o abogado o inversor sabe que España cumple con las reglas de juego y hay certidumbre y predictibilidad, que es la parte esencial de la seguridad jurídica", añade Íscar. "El camino está hecho y se nota en el crecimiento más que notable de Madrid y de España como sede de arbitrajes internacionales. Esa es la mejor estadística. Por encima de las opiniones están los hechos y los hechos confirman que en el panorama internacional España está en el mapa de las (pocas) sedes seguras que ofrecen seguridad jurídica".

Miguel Moscardó, socio director de Moscardó, es el último abogado que ha contribuido a reforzar la doctrina del Constitucional con la sentencia del caso Auro. "Queda así claramente establecido que, en estos casos, el órgano judicial no es una nueva instancia dado que la acción de anulación contra el laudo habilita un control judicial meramente externo y no de fondo sobre la cuestión sometida a arbitraje. Por tanto, sólo debe controlar que se han cumplido las garantías del procedimiento arbitral y el respeto a los derechos y principios de defensa, igualdad, bilateralidad, contradicción y prueba", señala el abogado.

Los tres abogados coinciden en que los tribunales de justicia ya aplican correctamente la doctrina marcada por el Constitucional, aunque como recuerda Moscardó, en la última sentencia dictada en diciembre que ganó su despacho, el tribunal de garantías tuvo que recordar al TSJ de Madrid que no tiene derecho a plantear una "discrepancia razonada" de la jurisprudencia del Constitucional por mucho que no esté de acuerdo. "Madrid ya es una sede competitiva", concluye Saiz. "Con una apuesta firme por la seguridad jurídica, la previsibilidad judicial y la promoción internacional, tiene todo para consolidarse como un referente global en arbitraje".

El interrogante del caso Stampa

En un aparente segundo plano, se sitúa el otro gran tema del que está pendiente toda la comunidad arbitral española: el desenlace del caso Stampa. El Tribunal Supremo está pendiente de decidir si admite a trámite o no el recurso presentado por el árbitro Gonzalo Stampa, condenado por desobediencia a seis meses de prisión y un año de inhabilitación por el caso del Sultán de Joló. Se trata de la primera vez en España que un árbitro es inhabilitado y condenado en la vía penal y la decisión que tome el alto tribunal, sea la que sea, marcará un punto de inflexión para el arbitraje en el país.

Este recurso, en el supuesto de admitirse a trámite, va a permitir al Supremo pronunciarse por primera vez sobre la relación entre el arbitraje y el derecho penal, en el que es el primer caso en España en el que un árbitro ha sido condenado e inhabilitado. La casación penal para un caso como este, en el que la pena es inferior a cinco años de prisión, es limitada y la ley solo permite acceder a ella si se alega infracción de ley sustantiva. Es decir, que Stampa no puede alegar, por ejemplo, un error en la valoración de la prueba o una infracción procesal (esto sí puede alegarse en casaciones para delitos de más de cinco años de prisión). Sea cual sea el resultado, en la comunidad arbitral hay unanimidad en la trascendencia que tiene este precedente para el futuro del arbitraje en España

La comunidad arbitral española calienta motores para acoger el mayor congreso de arbitraje internacional del mundo. Por primera vez, Madrid acogerá el XXVII Congreso Internacional de Arbitraje de ICCA entre el 12 y el 15 de abril de 2026. En román paladino, es un hito de una relevancia semejante a ser sede de un campeonato mundial de fútbol. La cita llega en un momento de auge para el arbitraje: el Tribunal Constitucional ha consolidado su doctrina en la que blinda el arbitraje de la injerencia de los tribunales; el CIAM-CIAR, la gran corte arbitral española, ha batido récords en el número de casos y en la cuantía de los mismos, y el español se abre paso como uno de los idiomas más usados.

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