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Mediaset vence a la CNMC en la AN, que revoca una multa de 3 M tras la fusión de Cuatro y Telecinco
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Mediaset vence a la CNMC en la AN, que revoca una multa de 3 M tras la fusión de Cuatro y Telecinco

Competencia había considerado la conducta de Mediaset como una infracción muy grave que impedía la comercialización conjunta de la publicidad de los principales canales del grupo

Foto: Sede de Mediaset España, en Alcobendas. (Mediaset)
Sede de Mediaset España, en Alcobendas. (Mediaset)
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Mediaset celebra una importante victoria en la Audiencia Nacional. El tribunal revoca una multa de 3 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la corporación audiovisual, una sanción que databa de 2015 y que acusaba a la compañía de incumplir los compromisos adoptados tras la fusión entre Telecinco y Cuatro en 2010. La resolución había considerado la conducta de Mediaset como una infracción muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia por incumplir los compromisos que, según el regulador, impedían la comercialización conjunta de la publicidad de los principales canales del grupo.

Ahora, la sentencia concluye que la CNMC vulneró el derecho de defensa de Mediaset al basar la sanción en pruebas obtenidas de manera confidencial y censuradas, lo que impidió a la empresa acceder al contenido completo de las mismas. La AN ha estimado que esta falta de transparencia comprometió la capacidad de la compañía para rebatir las acusaciones.

El origen del caso se remonta a 2010 cuando la Autoridad de Competencia, CNC entonces, autorizó con compromisos la adquisición del control exclusivo de Cuatro por parte de Gestevisión Telecinco (actualmente Mediaset). Competencia hizo vinculantes una serie de compromisos de Mediaset para autorizar la operación debido al riesgo para la competencia que implicaba la gestión conjunta de la publicidad de los canales de televisión de Telecinco y Cuatro.

Sobre todo, estas condiciones se remitían a la obligación de no vincular comercialmente la venta de espacios publicitarios en Telecinco y Cuatro, una medida destinada a garantizar la competencia en el mercado de la publicidad televisiva. Sin embargo, la CNMC concluyó que la empresa había incumplido estas condiciones al aplicar descuentos condicionados a la inversión conjunta en ambos canales, una práctica que fue considerada como venta vinculada.

Información remitida por los anunciantes

En su resolución de 2015, la CNMC basó gran parte de sus acusaciones en datos aportados por anunciantes y agencias de medios, muchos de ellos anonimizados o censurados para preservar su confidencialidad. Mediaset entonces presentó un recurso señalando que la CNMC "no realizó instrucción alguna dirigida a probar el incumplimiento".

La AN ha considerado que esta metodología comprometió el derecho de Mediaset a una defensa adecuada, ya que la empresa no pudo conocer ni rebatir el contexto completo de las pruebas en su contra. "La prueba fundamental se ha constituido a partir de la información remitida por los anunciantes, toda ella confidencial, o reflejada en versiones censuradas elaboradas por la CNMC, lo que le habría impedido ejercer su derecho a la defensa", apunta la sentencia.

Foto: Paneles de Adif en la estación de Atocha en Madrid. (Eduardo Parra / Europa Press)

"La CNMC no realizó una instrucción adecuada ni proporcionó acceso suficiente a la información que sustenta sus conclusiones. Esto vulnera el derecho de defensa de la parte sancionada", señala la resolución de la AN. Además, el tribunal ha subrayado que la información censurada podría haber sido determinante para que Mediaset demostrase su inocencia. La decisión no es definitiva, ya que las partes pueden recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

Un caso similar

El de Mediaset no es la única resolución de la CNMC que la AN tumba por prácticas similares. En 2022, el mismo tribunal revocó una multa de 2,8 millones de Atresmedia tras la fusión entre Antena 3 y La Sexta. La sentencia confirmó las conclusiones de la CNMC, pero ordenó recalcular la multa, al entender que se vulneró el derecho de defensa de la compañía sancionada al ocultar la identidad e información que varios anunciantes proporcionaron al regulador y que sirvieron como pruebas.

Este caso se encuentra a expensas de que el Supremo emita una resolución ya que Atresmedia elevó al Alto Tribunal mediante casación la sentencia de la AN buscando anular totalmente la sanción que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) le impuso en 2015.

Mediaset celebra una importante victoria en la Audiencia Nacional. El tribunal revoca una multa de 3 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la corporación audiovisual, una sanción que databa de 2015 y que acusaba a la compañía de incumplir los compromisos adoptados tras la fusión entre Telecinco y Cuatro en 2010. La resolución había considerado la conducta de Mediaset como una infracción muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia por incumplir los compromisos que, según el regulador, impedían la comercialización conjunta de la publicidad de los principales canales del grupo.

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