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La AN refuerza el poder de la CNMC para controlar los cánones que Adif cobra a Renfe, Oigo e Iryo
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Tasas ferroviarias

La AN refuerza el poder de la CNMC para controlar los cánones que Adif cobra a Renfe, Oigo e Iryo

La Audiencia Nacional (AN) avala el papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como supervisor de los cánones que Adif cobran

Foto: Paneles de Adif en la estación de Atocha en Madrid. (Eduardo Parra / Europa Press)
Paneles de Adif en la estación de Atocha en Madrid. (Eduardo Parra / Europa Press)
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La Audiencia Nacional (AN) avala el papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como supervisor de los cánones que Adif cobran a las operadoras ferroviarias, como Renfe, Ouigo e Iryo. En dos sentencias del pasado mes de noviembre, el tribunal ha respaldado la capacidad del organismo regulador para intervenir y ajustar las tarifas propuestas, reafirmando que sus resoluciones no son meros "informes no vinculantes", sino actos recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

<>Ambos fallos, referidos a las resoluciones de la CNMC de 2021 sobre los cánones aplicables en 2022, destacan que la CNMC actúa dentro de sus competencias legales al supervisar que las tarifas propuestas por Adif cumplan con los principios de legalidad, transparencia y no discriminación establecidos por tanto la normativa europea como la legislación nacional que regula el sector ferroviario. “No se trata de un mero informe no vinculante, sino de una resolución recurrible ante esta jurisdicción contencioso-administrativa, y que la CNMC no se ha extralimitado en el ejercicio de sus funciones”, subraya uno de los dos fallos.

Las sentencias afirman que las resoluciones del organismo dirigido por Cani Fernández tienen carácter vinculante para garantizar el cumplimiento de la legislación. “El organismo regulador está facultado para indicar a la empresa que desempeña las funciones esenciales del administrador de infraestructuras ferroviarias las modificaciones que deben introducirse en el sistema de cánones para subsanar las incompatibilidades”, aclara el fallo.

En este sentido, el tribunal respalda la función de la CNMC para controlar los cánones, incluyendo la revisión de su legalidad y el ajuste de aquellos que superen los costes directamente imputables a la explotación ferroviaria, como el propio organismo de Competencia destacaba en las resoluciones recurridas por Adif. Esto incluye diversas modalidades del canon, así como las tarifas aplicables a servicios de alta velocidad como los que ofrecen Ouigo e Iryo.

El uso de costes históricos frente a previsiones

Una de las cuestiones clave abordadas en las sentencias es la metodología utilizada para calcular los cánones. Adif alega que la CNMC había evaluado las tarifas basándose en costes históricos de 2020, en lugar de considerar los costes previstos para 2022. Sin embargo, el tribunal considera que esta metodología es adecuada, dado que la memoria presentada por Adif para justificar sus propuestas también se basaba en datos de 2020.

Foto: Cani Fernández, presidenta de la CNMC. (Efe / Tejido)

“El análisis de legalidad de los cánones para el año 2022 debe realizarse de acuerdo con los costes históricos, de acuerdo con la memoria y propuesta efectuada a la CNMC”, afirma la resolución. Además, la AN subraya que un cambio de criterio hacia costes previstos no es válido si no se presenta formalmente y si no se permite a los operadores ferroviarios pronunciarse al respecto.

Garantía de competitividad y legalidad

Según los fallos, la legislación europea y nacional establece que los cánones deben garantizar una competitividad óptima del mercado ferroviario y respetar los costes directamente imputables. En este contexto, la CNMC detectó que las tarifas propuestas por Adif para dos de sus servicios superaban los costes legales. El tribunal reafirma que “no se imponen unos cánones por motivos de oportunidad, sino que se fijan en los límites legalmente establecidos”, lo que refuerza el papel del regulador como garante de la legalidad.

Por otro lado, las sentencias también analizan los recargos o adiciones propuestas por Adif, concluyendo que estos también superaban los costes permitidos. Uno e los falllos especifica que la adición para los servicios generaba unos ingresos estimados de 236,66 millones de euros, mientras que los gastos recuperables legalmente ascendían a 177,95 millones de euros.

La CNMC en la contestación a la demanda, como hace la resolución, entiende que la regulación sobre la adición al canon por utilización de las infraestructuras ferroviarias "no ampara que los gestores de infraestructuras puedan trasladar a esta adición al canon todos los costes en que incurren con independencia de su origen", argumento que avala el juez.

Una batalla que viene de lejos

La batalla entre la CNMC y Adif por los cánones que el administrador español poner a los operadores ferroviarios no es nueva. Sin ir más lejos, el pasado abril, la CNMC ya puso la lupa sobre el organismo dependiente del Ministerio de Transportes. Competencia subrayaba que el coste directo estimado por Adif resultaba considerablemente más elevado en comparación con el de otros gestores europeos. "Los costes asociados a los servicios de viajeros son los terceros más altos de la Unión Europea”, situándose únicamente detrás de los de Francia y Reino Unido", apuntaba el organismo.

En esta publicación, la CNMC hizo una nueva propuesta de cánones ferroviarios que supondría una disminución de los ingresos de Adif, estimada en unos 220 millones de euros. Este ahorro beneficiará a las tres operadoras que actualmente utilizan la red ferroviaria: Renfe, Ouigo e Iryo, dependiendo de sus niveles de tráfico. La reducción de estos cánones ha sido una de las principales reivindicaciones de la operadora francesa, lo que generó una fuerte controversia con el ministro de Transportes, Óscar Puente, quien lesacusó de "competencia desleal" debido a sus tarifas reducidas mientras acumulan varios años en pérdidas económicas.

Aena frente a Ryanair

El enfrentamiento entre Adif, CNMC y diferentes operadores no es único en los sectores en los que un administradior nacional gestiona a diferentes operadores. Competencia ya obligó a Aena, gestor aeroportuario español, a mantener las tasas que cobra a las aerolíneas congeladas en 2025. Aena había propuesto un incremento de cinco céntimos, equivalente a un 0,54%, que situaría las tasas en 10,4 euros por pasajero.

Foto: Las empresas públicas (Adif, Renfe, Aena, Puertos…) acumulan 60.000 millones de deuda

No obstante, Ryanair ha explotado contra Aena acusandola de "aumentar las tasas todos los años y de forma más acentuada en los aeropuertos regionales españoles, donde el tráfico se mantiene por debajo de los niveles anteriores a la crisis de Covid”, argumenta la compañía irlandesa. La tensión entre operadora y aerolínea ha escalado al punto que Ryanair ha decidido suprimir todas sus operaciones en Jerez y Valladolid y reducir sus vuelos en otros aeropuertos españoles perdiendo 800.000 asientos de cara al verano de 2025.

En respuesta a las críticas de Ryanair, Aena defendió que la tarifa actual de "10,35 euros por pasajero" es "una de las más bajas de Europa" y destacó que con esa misma cifra, "Ryanair incrementó su actividad en 2024 en los aeropuertos españoles un 8,7%, alcanzando los 66 millones de pasajeros transportados". En un comunicado, Aena señaló que “los argumentos esgrimidos hoy por la aerolínea irlandesa” para “justificar su reajuste de rutas en los aeropuertos españoles” reflejan una estrategia comercial y de comunicación idéntica a la que está aplicando en otros países europeos.

La Audiencia Nacional (AN) avala el papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como supervisor de los cánones que Adif cobran a las operadoras ferroviarias, como Renfe, Ouigo e Iryo. En dos sentencias del pasado mes de noviembre, el tribunal ha respaldado la capacidad del organismo regulador para intervenir y ajustar las tarifas propuestas, reafirmando que sus resoluciones no son meros "informes no vinculantes", sino actos recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

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