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King & Wood Mallesons, condenado por bajarse unilateralmente el alquiler en el covid
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DEBERÁ PAGAR MÁS DE 101.000 EUROS

King & Wood Mallesons, condenado por bajarse unilateralmente el alquiler en el covid

El bufete deberá abonar más de 101.000 euros a su arrendador, Hermanos Revilla, por dejar de pagar el 70% de la renta en los meses de abril y mayo de 2020 y el 30% en junio

Foto: Sede de King & Wood Mallesons.
Sede de King & Wood Mallesons.
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Condenado el bufete King & Wood Mallesons por pagar menos alquiler del que debía en la pandemia. La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia en la que rechaza que el despacho tuviera amparo legal para reducirse las rentas de manera unilateral durante algunos meses del Covid y le obliga a abonar algo más de 101.700 euros a Hermanos Revilla, arrendador de las oficinas que tiene la firma en el número 6 de la calle Goya. En concreto, el bufete dejó de pagar un 70% del alquiler en abril y mayo de 2020 y un 30% en junio. Una decisión que, para el tribunal, no está justificada, por lo que condena a la firma a desembolsar lo debido, además de los intereses y las costas procesales.

En el fallo, con fecha de 24 de octubre de 2022, el tribunal desoye todos los argumentos esgrimidos por la firma. En el primero de ellos, King & Wood alegó que los empleados no acudieron presencialmente a la oficina durante esos meses al existir una obligación legal de mantener a la plantilla en modalidad de teletrabajo. Una afirmación que la AP niega en rotundo e indica que el Gobierno "nunca impuso a los ciudadanos la obligación de trabajar desde su domicilio". En este sentido, cita una de las normativas aprobadas durante la pandemia (en concreto, el Real Decreto 436/2020), que, si bien estableció la limitación de la libertad de circulación de las personas, también incluyó una serie de excepciones. Y una de ellas era, precisamente, el "desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial". Es decir, que la norma permite "de forma clara y sin ningún tipo de ambigüedad" el desplazamiento al lugar de trabajo.

En la misma línea, el tribunal niega que las compañías estuvieran forzadas a implantar el modelo remoto sobre todos sus empleados, como así afirmó el bufete, e indica que simplemente existía una recomendación. "Basta con examinar el preámbulo del Real Decreto Ley 8/2020 para comprobar que lo que se trata con esta norma es priorizar el trabajo a distancia, pero no imponerlo como obligación", asevera. Si la firma optó por seguir las recomendaciones del Gobierno y primar el teletrabajo por encima de la presencialidad, agregan los jueces, eso no significa que estuviera forzada a ello por imperativo legal. "Ni que tal obligación pueda siquiera oponerse como razón para reducir el importe de la renta pactada", insisten.

Foto: Ildefonso Alier, nuevo socio de Clifford Chance.

En segundo lugar, los magistrados rechazan que existiera un incumplimiento del contrato de alquiler por parte de Hermanos Revilla de mantener al bufete en el "goce pacífico del inmueble", como así lo aseguró King & Wood Mallesons. "No es así", responden contundentes. Y afirman que los correos electrónicos aportados por ambas partes constatan que la inmobiliaria aplicó las medidas de seguridad convenientes para evitar contagios durante los meses más delicados de la pandemia. "Se aplicaron dichas medidas de seguridad para seguir manteniendo el uso del inmueble y no para entorpecerlo", insiste el tribunal.

Pero no solo eso. El tribunal hace hincapié en una de las frases del recurso de apelación de King & Wood en la que se indica que la reincorporación de los empleados se empezó a producir a partir del 22 de abril. Una afirmación que, para la AP, determina dos cuestiones: "Primero, si hay una reincorporación a partir del 22 abril es que, durante el estado de alarma, no existía prohibición por parte del Gobierno para desplazarse al lugar del trabajo. Y, en segundo lugar, demuestra que no había ningún impedimento o limitación para el pleno uso y disfrute de las oficinas", matizan. Por todo ello, los magistrados indican que "no existe justificación alguna que avale la decisión de dejar de pagar el 70% de las rentas de los meses de abril y mayo y del 30% del mes de junio de 2020".

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Por último, la Audiencia niega que pueda aplicarse en este caso la cláusula rebus sic stantibus, como así solicitó el despacho. Para poder invocar esta figura legal, el tribunal recuerda que el arrendatario debe adoptar una postura activa y probar la dificultad a la hora de cumplir con sus obligaciones, no siendo posible una "simple pretensión genérica". En el caso de King & Wood Mallesons, los magistrados indican que no existe "principio de prueba sobre diferencia de ingresos que justifiquen pérdidas económicas", por lo que rechazan el último argumento de la firma y confirman la condena de 101.729 euros.

Condenado el bufete King & Wood Mallesons por pagar menos alquiler del que debía en la pandemia. La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia en la que rechaza que el despacho tuviera amparo legal para reducirse las rentas de manera unilateral durante algunos meses del Covid y le obliga a abonar algo más de 101.700 euros a Hermanos Revilla, arrendador de las oficinas que tiene la firma en el número 6 de la calle Goya. En concreto, el bufete dejó de pagar un 70% del alquiler en abril y mayo de 2020 y un 30% en junio. Una decisión que, para el tribunal, no está justificada, por lo que condena a la firma a desembolsar lo debido, además de los intereses y las costas procesales.

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