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El CGAE duda de que la reforma para declarar inhábil la Navidad llegue a tiempo
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El CGAE duda de que la reforma para declarar inhábil la Navidad llegue a tiempo

El organismo teme que la reforma, introducida en la proposición de ley para reformar el Código Penal, se quede en el aire y no entre en vigor antes de Nochebuena

Foto: Foto: iStock.
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Las vacaciones de Navidad de los abogados sigue en el aire. A pesar de los intentos del Ministerio de Justicia y la constante lucha del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) para declarar inhábil a efectos procesales los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero, los letrados siguen sin tener garantizado el derecho al descanso durante este periodo invernal. Las dudas se extienden no solo entre el colectivo, sino también en el seno del CGAE, donde ven complejo que los plazos cuadren y la reforma se apruebe a tiempo para esta Nochebuena.

Esta propuesta fue introducida en forma de enmienda el pasado 12 de diciembre dentro de la proposición de ley de reforma del Código Penal. Cuatro días después, el Congreso de los Diputados aprobó la iniciativa por mayoría absoluta y está pendiente de pasar por la mesa del Senado, que se reunirá en pleno este próximo jueves para discutir si da luz verde a la norma que incluye, entre otras muchas medidas, la inhabilitación de las navidades.

En un escenario idóneo, la Cámara Alta aprobaría la proposición sin vetos o enmiendas y la ley se aprobaría este viernes 23 de diciembre para su entrada en vigor el mismo día de su publicación en el BOE y no 20 días más tarde, como así lo dispone el propio proyecto, por lo que Nochebuena de 2022 sería inhábil para los profesionales del mundo de la justicia. Sin embargo, este parece un escenario algo complejo, especialmente teniendo en cuenta que parte de esta proposición legislativa ha sido paralizada por el Tribunal Constitucional tras el recurso interpuesto por el Partido Popular, lo que podría ralentizar la aprobación de todo el proyecto.

La inhabilitación de las navidades a efectos procesales es una de las reivindicaciones históricas del colectivo y una lucha personal del CGAE, que lleva años trabajando para hacer realidad el descanso de los letrados durante la época navideña. De hecho, en noviembre de 2021 y tras negociaciones con varios de los actores que intervienen en los procesos judiciales, el organismo consiguió llegar a un acuerdo con el Ministerio de Justicia para declarar inhábil los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero. Esta petición se incorporó dentro del Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal.

Foto: Tribunal Constitucional. (EFE/Zipi)

En su momento, se calculaba que esta norma sería una realidad para mediados de 2022, por lo que todo apuntaba a que las Navidades de 2022 serían inhábiles. Sin embargo, el proceso se alargó considerablemente y a día de hoy el proyecto sigue en trámite parlamentario. La decepción del CGAE por esta dilación se hizo patente en un comunicado publicado a principios de diciembre de este año en el que expresó su consternación por los "constantes retrasos" y culpó de esta situación al "crispado estado de la vida política de este país".

Laboralistas, eternos condenados

A pesar de que estas navidades serán hábiles a efectos procesales, lo cierto es que no es habitual que los juzgados fijen señalamientos durante la época festiva. "En mi departamento no tenemos señalamientos hasta enero. Es lo normal: los juzgados suelen fijar vistas hasta el 20 o el 21 de diciembre y luego nada hasta después de Reyes", explica Emilio Gude, socio de litigación en Ceca Magán Abogados.

El problema, matiza, está en los vencimientos. A pesar de no tener juicios, los plazos siguen corriendo, por lo que los profesionales están obligados a presentar los escritos correspondientes antes del día fijado por ley. "Por ejemplo, nosotros tenemos casi 30 vencimientos del 27 de diciembre al 4 de enero", calcula Gude. La declaración de las navidades como periodo inhábil a efectos procesales, sin embargo, acarrearía la suspensión de los plazos procesales, por lo que los letrados podrán hacer efectivo su descanso durante esos días.

Foto: La regulación sobre esta cuestión es un tema delicado en el ámbito judicial. (EFE/Chema Moya)

La única excepción en este sentido es la jurisdicción laboral, donde los señalamientos durante el periodo navideño sí son comunes, según aseguran algunos abogados especializados. "En los tribunales de lo Social, las famosas vacaciones no tienen efecto práctico. Somos de los pocos que trabajamos en agosto y seguiremos trabajando en Navidad", lamenta Fabián Valero, socio de Zeres Abogados.

Esto se debe a dos motivos. Primero, porque la paralización de las actuaciones judiciales en periodos de descanso excluye los procedimientos considerados como urgentes, para los que no hay periodo inhábil. En el ámbito laboral, explica Valero, muchos de los procedimientos están calificados como urgentes (despido, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, altas médicas o reclamaciones por vulneración de un derecho fundamental, entre otros). "El año pasado, por ejemplo, tuve juicio el 28 de diciembre", indica. En la misma línea, el letrado recuerda que en esta jurisdicción, la ley exige pasar previamente por el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), un área que no se ve afectada por inhabilitación procesal, por lo que las citas se mantienen.

Las vacaciones de Navidad de los abogados sigue en el aire. A pesar de los intentos del Ministerio de Justicia y la constante lucha del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) para declarar inhábil a efectos procesales los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero, los letrados siguen sin tener garantizado el derecho al descanso durante este periodo invernal. Las dudas se extienden no solo entre el colectivo, sino también en el seno del CGAE, donde ven complejo que los plazos cuadren y la reforma se apruebe a tiempo para esta Nochebuena.

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