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El limbo legal en el que se encuentran miles de trabajadores expatriados en España
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El limbo legal en el que se encuentran miles de trabajadores expatriados en España

La migración de trabajadores extranjeros a nuestro país plantea un sinfín de dudas legales. Y no es para menos: ni la ley española ni la europea ofrecen una cobertura legal

Foto: El teletrabajo, alternativa laboral en tiempos de pandemia.
El teletrabajo, alternativa laboral en tiempos de pandemia.
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España se ha convertido en un destino muy atractivo no solo para turistas, sino también para trabajadores. El 'boom' del trabajo remoto en todo el mundo a raíz de la pandemia ha provocado la llegada de decenas de empleados extranjeros —especialmente de países anglosajones como Inglaterra, Estados Unidos y Canadá, aunque también de América Latina y del norte de Europa— seducidos por el buen clima y el bajo coste de vida de nuestro país en comparación con sus lugares de origen.

"Nos llegan muchísimas consultas de empresas extranjeras que tienen empleados que se vinieron a España antes o después del confinamiento y ya no se quieren volver", describe Miguel Pastur, socio de laboral de Bird & Bird. Coincide con esta visión Pamela Mafuz, 'counsel' de Baker McKenzie y responsable de la práctica de inmigración y movilidad a nivel global. "Es el pan de cada día. Todas las semanas tenemos consultas relacionadas con trabajo internacional remoto", asegura. En la misma línea se pronuncian otros abogados de diferentes despachos de abogados, que confirman que se trata de una tendencia cada vez más consolidada.

La mayoría, cuentan, evitan las grandes ciudades como Madrid o Barcelona y se instalan en pequeñas localidades turísticas de costa, como Torrevieja, Marbella, Benidorm o cualquier punto de las Islas Canarias. "Suelen ser personas que veranean en España y tienen casa en alguno de estos lugares. Han aprovechado que cuentan con una residencia para instalarse de forma definitiva", describe Pastur. Algunos

Foto: Un hombre, teletrabajando desde su casa. (EFE)
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Ahora bien, la migración de trabajadores extranjeros a nuestro país plantea un sinfín de dudas legales. Y no es para menos: ni la ley española ni la europea ofrecen una cobertura legal para esta situación, por lo que las compañías con empleados en nuestro país se enfrentan a un limbo jurídico en el que hay más interrogantes que certezas.

¿Qué ley aplicar?

Una de las dudas más habituales que trasladan las organizaciones a los despachos es qué derecho se aplica sobre la plantilla deslocalizada. "La ley no lo regula, ni tampoco existe jurisprudencia al respecto", indica Pastur. La lógica lleva a pensar que, si una empresa se encuentra, por ejemplo, en Holanda y contrata a un empleado de esta nacionalidad, se aplicará el derecho holandés, independientemente de que el trabajador se vaya a otro país. Sin embargo, la realidad es diferente.

Foto:  Malcolm Kennedy. (Liverpool City Council)

"La nacionalidad es irrelevante en el ámbito laboral", indica el letrado, que indica que un empleado que ejerce de forma remota desde España podría demandar a su empresa ante nuestros tribunales en caso de ser despedido, por ejemplo. Para el socio, la legislación aplicable en este tipo de casos sería, o bien la española, o bien una mezcla de ambas (la nacional y la del país de procedencia de la compañía). En este último escenario, los jueces aplicarían el derecho que fuera más beneficioso para el trabajador en cada situación. "Lo mejor de cada casa", resume.

Las dudas en torno a esta cuestión actúan como un importante factor disuasorio para muchas compañías extranjeras por dos motivos. Primero, porque toda incertidumbre genera rechazos en el mundo empresarial. Y segundo, porque la posibilidad de que pueda regir el derecho laboral español provoca recelos entre muchas organizaciones —especialmente aquellas localizadas en el norte de Europea y países anglosajones—, al ser una normativa mucho más generosa que otras en términos de derechos para los trabajadores. Precisamente por esta razón, algunas entidades instan a sus teletrabajadores en España a moverse a Portugal, con una legislación menos proteccionista.

Un empleado que ejerce de forma remota desde España podría demandar a su empresa ante nuestros tribunales en caso de ser despedido

Registro horario para los empleados

La incertidumbre no se queda ahí. Como alerta el abogado Javier Alonso de Armiño, de Sagardoy, las organizaciones con empleados en España también estarían sujetas a las obligaciones legales que prevé nuestra norma en el ámbito laboral, como es la implantación de un registro horario, la elaboración de un plan de igualdad o el análisis retributivo. Pero únicamente, matiza el letrado, para los trabajadores que ejerzan desde nuestro país, "aunque solo sean uno o dos".

Una situación que el profesional considera un sinsentido favorecido por la lógica que sigue la normativa laboral española y global, "pensada para otro mundo donde el trabajador ejerce físicamente en el mismo país donde se encuentra la empresa". Sin embargo, la realidad es ya muy diferente.

Foto: Un británico, trabajando desde un hotel de Gran Canaria. (EFE) Opinión

Por otro lado, los despachos también reciben muchas consultas sobre la necesidad de dar de alta a sus teletrabajadores en la Seguridad Social española. "Hay muchos casos de empresas que implantaron el teletrabajo definitivamente con la pandemia y se han enterado ahora que su empleado llevaba año y medio en España", describe Alonso de Armiño. Al no tener constancia de esta realidad, las compañías no han podido ponerse al día con sus obligaciones en materia laboral e intentan resolverlo ahora.

¿Teletrabajas en España? Tributas en España

Otras de las dudas que trasladan las compañías a los bufetes es cómo deben tributar por estos empleados. Ahora bien, los interrogantes sobre esta cuestión no tienen tanto peso, ya que la ley española determina claramente el límite de tiempo tras el cual una persona extranjera se convierte en residente permanente a efectos fiscales. El plazo son, concretamente, 183 días; es decir, cerca de seis meses. En el caso de superar esta barrera, el trabajador debería empezar a tributar en nuestro país.

Foto: Foto: EFE. Opinión

No obstante, desde algunos bufetes indican que hay mucho desconocimiento respecto a esta obligación y pocos son los empleados extranjeros que han comenzado a pagar sus impuestos en España a pesar de llevar más de un año residiendo y ejerciendo desde nuestro país. Un despiste que, por otro lado, no está en el radar de la administración tributaria. "No nos consta que Hacienda lo esté persiguiendo", confirma Mafuz, de Baker McKenzie.

¿Lo hará en un futuro? Los abogados consultados opinan que sí, ya que se trata, al fin y al cabo, de una fuente de ingresos. Ahora bien, se trata, de nuevo, de una conducta difícil de identificar. "Es gente que teletrabaja desde su casa, una cafetería, la playa, un chiringuito... no es fácil llevar un conteo de quién está y cuánto tiempo lleva", razona la abogada, lo que dificultaría la labor de investigación de la AEAT.

España se ha convertido en un destino muy atractivo no solo para turistas, sino también para trabajadores. El 'boom' del trabajo remoto en todo el mundo a raíz de la pandemia ha provocado la llegada de decenas de empleados extranjeros —especialmente de países anglosajones como Inglaterra, Estados Unidos y Canadá, aunque también de América Latina y del norte de Europa— seducidos por el buen clima y el bajo coste de vida de nuestro país en comparación con sus lugares de origen.

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