Es noticia
El fin de las mascarillas obliga a las empresas a pagar los gastos del teletrabajo
  1. Jurídico
El covid ya no es justificación

El fin de las mascarillas obliga a las empresas a pagar los gastos del teletrabajo

La retirada de la última medida contra el covid fuerza a las empresas a regirse por la Ley de Trabajo a Distancia, que exige compensar los costes en los que incurra el empleado

Foto: El teletrabajo va a jugar una baza importante en estos perfiles. (Getty Images/F. Godall)
El teletrabajo va a jugar una baza importante en estos perfiles. (Getty Images/F. Godall)
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

Los ciudadanos no son los únicos afectados por el fin de las mascarillas en interiores. La retirada de esta última medida de protección tiene un efecto colateral que afecta a las empresas, y es que favorece la plena entrada en vigor de la Ley de Trabajo a Distancia. Hasta ahora, las compañías podían implantar el modelo remoto acogiéndose a una suerte de 'excepción covid' que les permitía eludir las obligaciones legales recogidas en la norma —entre las que figura la compensación de gastos— mientras se mantuvieran las medidas de contención sanitaria. Con la eliminación del tapabocas, sin embargo, desaparece también esta concesión, por lo que las compañías tendrán que cumplir con todas las exigencias de la normativa.

Esta exención vino recogida en un real decreto-ley de marzo de 2020 (aprobado de urgencia tras el estallido de la pandemia en nuestro país) y se repitió en la ley sobre teletrabajo, que entró en vigor en julio de 2021. Concretamente, aparece en la disposición transitoria tercera, que determina que la normativa laboral ordinaria seguirá siendo de aplicación para el "trabajo a distancia implantado excepcionalmente (...) como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas" del covid-19, "y mientras estas se mantengan".

Foto: Foto: Getty Images/F. Godall.

Un paraguas que, como indica José María Fernández, socio director del área de Laboral en MA Abogados, ha posibilitado que muchas empresas, especialmente las de mediano y pequeño tamaño, establecieran un sistema de trabajo a distancia total o mixto sin necesidad de aplicar la norma. "Pero esa justificación ya no se sostiene", subraya el abogado. En su opinión, las medidas de protección frente al virus han ido reduciéndose en los últimos meses "y, con este último real decreto, se puede concluir que han sido eliminadas casi en su totalidad", razona el abogado.

Una interpretación que comparte Luis Aguilar, 'counsel' en el Departamento de Laboral de Eversheds Sutherland. "Es cierto que siguen existiendo medidas de prevención sanitaria, pero en el contexto laboral han quedado prácticamente vaciadas", señala. A partir de ahora, por tanto, las organizaciones no podrán seguir acogiéndose por regla general a la modalidad de teletrabajo como medida de protección frente al covid y deberán cumplir con todos los deberes recogidos en la ley, entre los que figura la cobertura de los gastos.

Foto: Ángel Serrano, CEO de zityhub.

Ahora bien, Raquel González, abogada y directora del departamento jurídico-laboral de Mazars, ve una excepción a esta regla, y es si los servicios de prevención de riesgos recomiendan el modelo remoto como herramienta necesaria "porque no existen otros medios para garantizar la seguridad", indica. Esto podría ocurrir si, por ejemplo, no es posible establecer distancias de seguridad entre la plantilla y los trabajadores no pueden llevar mascarilla por motivos de salud. Un escenario, en todo caso, improbable.

Negociar los gastos

El cambio legislativo no afectará a todas las empresas, sino únicamente a aquellas donde el teletrabajo abarque más del 30% de la jornada. "En estos casos, la compañía debe hacer un acuerdo por escrito con el empleado en el que se regulen todos los aspectos derivados de ejercer en remoto", subraya Fernández. Según indica la ley, el acuerdo de teletrabajo debe concretar cómo va a configurarse el nuevo sistema de trabajo y cuáles van a ser las condiciones. Uno de los elementos más relevantes en este sentido —y que más polémica están generando— es la compensación de los gastos. La ley sobre teletrabajo reconoce el derecho de los empleados a ser resarcidos por cualquier coste que les pueda generar ejercer en remoto, pero no concreta qué debe cubrir la empresa y qué el trabajador. En su lugar, deja esa cuestión en manos de la negociación (colectiva e individual), que podrá acordar resarcir los costes de forma individualizada o pactar un precio mensual.

Foto: Foto: iStock.

Asimismo, Aguilar recuerda que el texto debe incluir un inventario de los equipos y herramientas que necesita el empleado. Por ejemplo, ordenador, auriculares o silla de trabajo. También debe incluirse el horario o las reglas de disponibilidad obligatoria, si las hubiera. Y lo que es más importante: cómo va a distribuirse la jornada presencial y la remota. Es decir, qué cantidad de tiempo se van a prestar servicios desde casa y si se permite flexibilidad o hay rigidez.

Por último, otra figura valiosa en este tipo de acuerdos es una cláusula de reversibilidad. Este precepto permite a ambas partes definir una serie de circunstancias en las que cualquiera de las dos partes pueda redefinir las condiciones del teletrabajo e, incluso, establecer la vuelta a la modalidad presencial si fuera preciso.

Los ciudadanos no son los únicos afectados por el fin de las mascarillas en interiores. La retirada de esta última medida de protección tiene un efecto colateral que afecta a las empresas, y es que favorece la plena entrada en vigor de la Ley de Trabajo a Distancia. Hasta ahora, las compañías podían implantar el modelo remoto acogiéndose a una suerte de 'excepción covid' que les permitía eludir las obligaciones legales recogidas en la norma —entre las que figura la compensación de gastos— mientras se mantuvieran las medidas de contención sanitaria. Con la eliminación del tapabocas, sin embargo, desaparece también esta concesión, por lo que las compañías tendrán que cumplir con todas las exigencias de la normativa.

Empresas Trabajo Relaciones laborales
El redactor recomienda