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El Tribunal Supremo condena a un abogado a cuatro años de cárcel por falsificar sentencias
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Se aprovechó de la relación de confianza

El Tribunal Supremo condena a un abogado a cuatro años de cárcel por falsificar sentencias

La clienta llegó a abonar más de 17.000 euros por la llevanza de su asunto. El alto tribunal confirma la comisión de un delito de estafa y otro de falsificación de documento oficial

Foto: El TS critica que el letrado se aprovechara de la relación de confianza que rige entre abogados y clientes. (iStock)
El TS critica que el letrado se aprovechara de la relación de confianza que rige entre abogados y clientes. (iStock)

Cuatro años de prisión y una multa diaria de diez euros que deberá ser abonada durante casi un año. Esta es la condena que ha fijado el Tribunal Supremo (TS) a un abogado que falsificó sentencias y otros documentos de carácter administrativo y judicial para poder cobrar cantidades adicionales a su clienta. Un comportamiento que, para la Sala, implica la comisión de un delito continuado de estafa y otro de falsedad de documento público.

En la sentencia, el alto tribunal tiene en cuenta el "especial grado de vinculación y confianza" entre el letrado y la mujer después de que esta le encargara la defensa jurídica de una reclamación. El proceso ante la justicia, no obstante, se alargó durante más de tres años y la clienta tuvo que abonarle cerca de 17.700 euros.

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Según recoge el fallo, el conflicto se originó en 2014, que fue cuando la demandante contrató los servicios del letrado para que interpusiera una reclamación contra un hospital por una intervención quirúrgica de una hernia cervical a la que se había sometido y cuyo resultado había sido insatisfactorio. El acusado llevó su defensa jurídica tanto en la vía penal como en la administrativa y la social (laboral) durante un proceso que se alargó hasta 2016.

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A partir de entonces, y como indica la sentencia, el letrado elaboró varias resoluciones judiciales cuyo contenido no correspondía al de los documentos oficiales. En concreto, llegó a falsear cinco resoluciones judiciales, además de cuatro documentos administrativos, dos diligencias de ordenación, un oficio de Letrado de la Administración de Justicia y un informe del Ministerio Fiscal. Su actitud, indican los magistrados, tenía un "claro ánimo de lucro y búsqueda del enriquecimiento propio". Lo que pretendía conseguir, matizar, era que su clienta le abonara diversas sumas de dinero que en total llegaron a los 17.690 euros. En varias ocasiones, incluso, el acusado cobró a la mujer más de 3.000 euros por la emisión de varios informes médicos que no llegaron ni a encargarse ni a emitirse.

Incremento de la pena

La Audiencia Provincial (AP) de Zaragoza, que vio el caso con anterioridad al Supremo, condenó al letrado a dos años de prisión por un delito de estafa, inhabilitándole durante ese mismo periodo a ejercer como abogado. Además, le obligó a restaurar el dinero estafado a su clienta más intereses y a afrontar la mitad de las costas procesales causadas. No obstante, le absolvió de falsedad documental del que también se le acusaba, ya que las sentencias 'de pega' no tenían fueron presentados ante órganos oficiales.

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La mujer recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón, que atendió estimó su recurso e incrementó la pena a cinco años de cárcel al entender que, además de la estafa, había una infracción de falsificación de documentos públicos. Asimismo, entendió como agravante la especial relación de confianza profesional que había entre ambas partes y que, a su parecer, permitieron que la estafa se alargara en el tiempo.

Confianza especial

El Supremo confirma este criterio y entiende que el vínculo entre los litigantes estaba revestido de una mayor confianza profesional "surgida por el hecho de ser siempre el mismo abogado quien establecía la estrategia de las posibles reclamaciones y durante un largo periodo de tiempo", señala. En la misma línea, recuerda que la contratación de servicios comenzó a finales de 2014, pero la estafa y los fraudes no comenzaron hasta mediados de 2016. Un lapso de tiempo en el que el jurista actuó con normalidad, "lo que lógicamente acrecentó la confianza de la víctima en su abogado y consecuentemente relajó cualquier tipo de prevención que en otras circunstancias podía haber sido adoptada", subrayan.

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Además, el TS indica que el asunto que le encargó era complejo y requería de varias actuaciones, por lo que se generó un grado especial de vinculación y una sensación de seguridad "que siempre es mayor de la que suele tenerse cuando se realiza una actuación o reclamación aislada", razona la Sala. Hay, por tanto, un abuso de la fidelidad que la mujer depositó en su abogado.

¿Copia burda? Misma gravedad

Por otro lado, el hombre argumentó que no se le podía condenar por falsedad documental, ya que los fallos que elaboró "en ningún momento han estado destinados a entrar en el tráfico jurídico", siendo su finalidad la de justificar los pagos que le exigió a la mujer. Además, alegó que el contenido de esos textos era "excesivamente tosco", por lo que no podría haber engañado a ningún operador jurídico.

No obstante, el Supremo rechaza este razonamiento y recuerda que esta infracción no exige que el documento falsificado sea presentado ante instituciones oficiales o la administración, sino que basta con que se elaboren "con la intención de perjudicar a otro". Asimismo, descarta que este ilícito pueda ser absorbido por el delito de estafa y recuerda que esta es solo una opción en los casos en los que los archivos que se falsean son privados. En el ámbito público, en cambio, no se prevé esta opción porque el daño que provoca es mayor. "Lo que se protege es la fe pública y la seguridad en el tráfico jurídico general en cuanto el documento es capaz de crear en terceros la confianza en su autenticidad y su eficacia probatoria", concluye el TS.

Cuatro años de prisión y una multa diaria de diez euros que deberá ser abonada durante casi un año. Esta es la condena que ha fijado el Tribunal Supremo (TS) a un abogado que falsificó sentencias y otros documentos de carácter administrativo y judicial para poder cobrar cantidades adicionales a su clienta. Un comportamiento que, para la Sala, implica la comisión de un delito continuado de estafa y otro de falsedad de documento público.

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