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Las empresas se blindan legalmente ante los problemas de la crisis de suministros
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Crecen los incumplimientos

Las empresas se blindan legalmente ante los problemas de la crisis de suministros

Muchas compañías han incluido cláusulas contractuales de fuerza mayor para prever los contratiempos que puedan surgir a raíz del desabastecimiento mundial

Foto: Foto: Ricardo Maldonado Rozo (EFE)
Foto: Ricardo Maldonado Rozo (EFE)

El desabastecimiento sigue siendo un importante quebradero de cabeza para las empresas. El encarecimiento de materias primas y los atascos en la línea de transporte están provocando sobrecostes, además de retrasos en los tiempos de producción. Un escenario poco deseable para las organizaciones, ya que las pone en una situación compleja a la hora de cumplir con las obligaciones pactadas con sus clientes. Para sortear este riesgo, no obstante, las compañías han encontrado una solución legal: las cláusulas de fuerza mayor. Cada vez son más las que incluyen en sus contratos disposiciones en las que se acuerda la dispensa de responsabilidad por los problemas que puedan surgir a raíz de la crisis de suministros.

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Como confirman varios despachos de abogados a El Confidencial, se trata de una tendencia que está ganado popularidad. "En un principio las veíamos más en el sector de la fabricación, pero finalmente todos los ámbitos se han visto afectados, por lo que ha crecido el interés por introducirlas", indica Agustín del Río Galeote, asociado principal de Deloitte Legal. Confirma esta visión el socio de Auren Pablo Serrano. "Han pasado de ser cláusulas que prácticamente no se negociaban a tener mucho peso en los contratos", asegura.

Foto: Centro logístico en Toledo. (EFE/Ismael Herrero)

Esta figura está recogida, aunque no expresamente, en el artículo 1105 del Código Civil. En él, la normativa establece que nadie responderá "de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse o, que, previstos, fueran inevitables". Es decir, que permite eludir ciertos compromisos pactados entre dos partes cuando hay un acontecimiento que lo impide, siempre que este sea fortuito y no se hubiera podido resolver de ningún modo. Al articular la crisis de suministros como una causa de fuerza mayor, las empresas esquivan posibles reclamaciones o indemnizaciones derivadas de la infracción de las obligaciones pactadas en un principio.

La inclusión de estas disposiciones en los contratos, sin embargo, no es algo nuevo. La pandemia ya impulsó su popularidad y muchas compañías empezaron a mirar con interés esta solución legal. "A raíz del covid, las organizaciones tienen mucho más en cuenta la posibilidad de que ocurran situaciones imprevisibles. Ha sido un catalizador de este tipo de cláusulas", describe María Pérez, socia de litigación de Cuatrecasas. O, dicho de otro modo, hay una tendencia a 'ponerse en lo peor' al negociar un contrato, lo que lleva a las compañías a optar por este recurso.

Hay una tendencia a 'ponerse en lo peor' al negociar un contrato, lo que lleva a las empresas a incorporar este recurso

De la misma es opinión es del Río, que observa una inclinación por la concreción al pactar estas disposiciones. De este modo, antes de la pandemia, las cláusulas se limitaban a ser estipulaciones de estilo, "de copia pega", señala, mientras que ahora hacen referencia a situaciones específicas, a pesar de ser extraordinarias. Pero no solo eso. "También se precisan las indemnizaciones que se podrían afrontar en cada caso, soluciones alternativas o cuándo cabría la posibilidad de rescindir el contrato", agrega el letrado.

Esta predilección por el detalle también lo comparte Serrano, que recomienda a las compañías huir de la generalidad y los términos abstractos y especificar, en la medida de lo posible, los escenarios concretos en los que se entendería que rige una situación de fuerza mayor. "Las fórmulas ambiguas pueden provocar conflictos entre las partes, especialmente si hay un incumplimiento de alguna de las obligaciones", recuerda. En caso de que los malos entendidos escalen al ámbito judicial, será labor de un juez determinar si la situación descrita en el contrato realmente encaja con el supuesto de fuerza mayor, lo que implica en definitiva una mayor incertidumbre.

Foto: Imagen de dos cargueros en el Canal de Suez. (Reuters)

En la misma línea se posicionó la Cámara de Comercio Internacional cuando, a mediados de 2020 y con motivo de la crisis sanitaria, recomendó incorporar cláusulas de fuerza mayor como amparo legal para todos aquellos contratos que no se pudieran cumplir por causas ajenas a los contratantes.

Cláusulas para revisar los precios

La fuerza mayor no es el único remedio legal al que están recurriendo las empresas. Los abogados consultados coinciden en que esta fórmula es más útil como solución para posibles retrasos en el tiempo de entrega pactada entre las partes. Para abordar problemas como el incremento del coste de producción o de materias primas, las empresas se inclinan por otra figura: las cláusulas de revisión de precios o las de onerosidad excesiva.

Estas disposiciones, compatibles con las anteriormente mencionadas, permiten a cualquiera de las partes (dependiendo de lo que se acuerde previamente) modificar el precio del producto en cuestión en caso de que su coste haya variado desde el momento de la firma del contrato. Como las de fuerza mayor, no son de reciente creación, sino que son un recurso habitual de las organizaciones, especialmente las de determinados sectores que trabajan con materias primas sujetas a una gran fluctuación, como el cobre. "Pero ahora lo vemos en otras industrias que trabajan con materiales que tendían a ser más estables, como el papel, el cartón o el aluminio", incide Serrano.

Foto: Foto: EFE/Biel Aliño.

En opinión de Javier Moreno, letrado en Dikei Abogados, las disposiciones de renegociación de precios son el mejor remedio para abordar los problemas derivados de la crisis de suministros, ya que son más sencillas de concretar al limitarse a una subida de los costes o de la materia prima. Las de fuerza mayor, indica, suelen ser más difíciles de especificar porque la casuística es mayor.

Estas cláusulas, añade el abogado, son especialmente recurrentes en el sector de la construcción. Al fin y al cabo, son contratos que se alargan mucho en el tiempo, "por lo que el riesgo de que existan contratiempos se dispara", explica. A ello se le une el hecho de que, durante la pandemia, fue un ámbito especialmente castigado. Durante el covid, los contratistas afrontaron incrementos en el coste de las construcciones y sufrieron rupturas de 'stock', lo que desembocó en muchos incumplimientos para los que no estaban preparados legalmente.

¿Avalancha de litigios?

La inclusión de estas soluciones jurídicas, no obstante, es una tendencia relativamente reciente, mientras que la crisis de suministros lleva golpeando a la economía desde hace ya varios meses. La escasez y el encarecimiento de materias primas pillaron desprevenidas a muchas empresas, que no pudieron blindarse legalmente a tiempo y a día de hoy enfrentan litigios por incumplimientos derivados de esta situación de desabastecimiento global.

Foto: EC.
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"Nuestros compañeros de litigios se están encontrando con reclamaciones y rescisiones de contratos que no incluían cláusulas de fuerza mayor", lamenta del Río. Por su parte, María Pérez confirma que comienza a haber litigios por este motivo, "pero tampoco es una circunstancia muy llamativa, no ha habido ningún 'boom' de pleitos", matiza. Ahora bien, no descarta ver un incremento de los conflictos en los próximos meses.

Como el resto de los letrados consultados, Pérez coincide en que la inclusión de las cláusulas de fuerza mayor y revisión de precios son una buena solución para evitar acabar ante los tribunales, donde las posibilidades de afrontar la responsabilidad por el incumplimiento se multiplican. "No es fácil probar que el escenario que se defiende como fuerza mayor era imprevisible o improbable. Un juez puede entender que, aunque haya una crisis de suministros, la empresa podría haber evitado una falta de abastecimiento", concluye.

El desabastecimiento sigue siendo un importante quebradero de cabeza para las empresas. El encarecimiento de materias primas y los atascos en la línea de transporte están provocando sobrecostes, además de retrasos en los tiempos de producción. Un escenario poco deseable para las organizaciones, ya que las pone en una situación compleja a la hora de cumplir con las obligaciones pactadas con sus clientes. Para sortear este riesgo, no obstante, las compañías han encontrado una solución legal: las cláusulas de fuerza mayor. Cada vez son más las que incluyen en sus contratos disposiciones en las que se acuerda la dispensa de responsabilidad por los problemas que puedan surgir a raíz de la crisis de suministros.

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