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La dirección de 'email' de Justicia para las candidaturas a la AEPD... no existe
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Nuevo traspié del proceso de renovación

La dirección de 'email' de Justicia para las candidaturas a la AEPD... no existe

El correo electrónico del Ministerio al que los aspirantes deben remitir su documentación devuelve el siguiente mensaje: "No se ha encontrado la dirección de correo que ha escrito"

Foto: Fachada de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos en Madrid. (EFE)
Fachada de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos en Madrid. (EFE)

Suma y sigue en el desafortunado proceso de renovación de la dirección de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Según alertan varios juristas a El Confidencial, la dirección de correo electrónico habilitada por el Ministerio de Justicia para la remisión de la documentación de presentación de candidaturas no existe o no se encuentra habilitada. Ello a pesar de que la Orden en la que se pautaba el procedimiento para elección de la presidencia y su adjunto establece la vía electrónica como uno de los canales complementarios para que los aspirantes envíen su solicitud de participación en el proceso.

Este diario ha comprobado que tal extremo es cierto. Al enviar un 'email' a la dirección que figura en el BOE, esta devuelve el siguiente mensaje: "No se pudo entregar a estos destinatarios o grupos: candidaturas.aepd@mjusticia.es. No se ha encontrado la dirección de correo electrónico que ha escrito. Compruebe la dirección de correo electrónico del destinatario e intente reenviar el mensaje. Si el problema persiste, póngase en contacto con el administrador de correo electrónico".

Foto: Sede de la Agencia Española de Protección de Datos en Madrid. (EFE)

Este fallo es una nueva piedra en el zapato de un proceso que está resultando controvertido. En primer lugar, porque PSOE y PP hicieron públicos los nombres de quiénes serían la presidenta y el adjunto de la futura AEPD (Belén Cardona y Borja Adsuara), cuando hacía menos de dos años que se había reformado el procedimiento para su designación para que este se acercara a un procedimiento abierto y de libre concurrencia.

En segundo término, porque cuatro semanas más tarde la polémica subió de temperatura al publicarse en el BOE la Orden del Ministerio de Justicia que abría el proceso. Muchos expertos en privacidad mostraron su irritación porque entendían que el Ejecutivo pretendía revestir de neutralidad y objetividad un proceso selectivo ya decidido en el acuerdo político. Cuestión de la que se hizo eco el portavoz de Ciudadanos Edmundo Bal, que en un mensaje en redes sociales afirmó que se trataba de una nueva "burla a las instituciones" y animaba a otros profesionales a presentarse al mismo.

Que la dirección de correo electrónico que consta en el artículo quinto de la Orden esté deshabilitada no solo dificulta materialmente los trámites, también puede suponer un defecto que conlleve que algún candidato impugne el procedimiento si le impide aportar documentación que considere relevante para respaldar sus mértios profesionales.

Según la norma dictada por Justicia, estos disponen de 10 días hábiles para la presentación de su solicitud tras la publicación de la convocatoria en el BOE (el 18 de noviembre). Estas pueden dirigirse directamente al Registro del Ministerio o a otra de las vías previstas en la legislación administrativa. Una vez "realizada la presentación formal de la solicitud a la presidencia y/o a la adjuntía conforme al procedimiento referido, podrá remitirse copia de las mismas de forma telemática a la dirección de correo electrónico candidaturas.aepd@mjusticia.es", indica el precepto. Y continúa: "La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante".

Foto: Leonardo Cervera. (European Union/EP/Dominique Homme)

Un potencial aspirante comenta a este diario que el volumen de documentación que debe presentar un profesional con muchos años de experiencia para acreditar sus méritos puede ser muy elevado. En este sentido, detalla, defectos técnicos como el fallo del correo electrónico puede provocar que Comité de Selección evalúe a los candidatos sin contar con toda la información que respalda su nombre o, en el peor de los casos, los desestime por no contar con suficientes méritos. Ello, concluye, al margen de la nueva "falta de seriedad" que manifiesta publicitar una dirección de 'email' que ni siquiera está creada o habilitada.

Suma y sigue en el desafortunado proceso de renovación de la dirección de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Según alertan varios juristas a El Confidencial, la dirección de correo electrónico habilitada por el Ministerio de Justicia para la remisión de la documentación de presentación de candidaturas no existe o no se encuentra habilitada. Ello a pesar de que la Orden en la que se pautaba el procedimiento para elección de la presidencia y su adjunto establece la vía electrónica como uno de los canales complementarios para que los aspirantes envíen su solicitud de participación en el proceso.

Ley de protección de datos Ministerio de Justicia