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¿Pueden los abuelos solicitar la adaptación de jornada para cuidar de sus nietos?
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Los criterios son más exigentes

¿Pueden los abuelos solicitar la adaptación de jornada para cuidar de sus nietos?

La normativa permite adaptar el horario en virtud de la conciliación familiar y laboral, por lo que este supuesto queda amparado. Ahora bien, los jueces exigen una justificación mayor

Foto: Los abuelos, nuevos padres a tiempo completo. (iStock)
Los abuelos, nuevos padres a tiempo completo. (iStock)

Desde que se aprobó el derecho a la adaptación de jornada, las empresas han recibido numerosas peticiones de empleados que quieren acogerse a esta fórmula para poder compaginar su vida familiar y laboral. La inmensa mayoría son padres (y principalmente madres) que recurren a esta vía para poder cuidar de sus hijos, ya que la propia ley blinda especialmente este figura sobre los progenitores. Pero ¿qué pasa con los abuelos en edad laboral que quieren o deben cuidar de sus nietos? ¿Pueden acogerse a esta solución?

"El Estatuto de los Trabajadores da una definición de este derecho bastante amplia", explica Álvaro San Martín, abogado laboralista en Bufete Casadeley. El artículo que lo regula, el 34.8, permite a los empleados modificar su horario o, incluso, la forma en la que prestan servicios (de presencial a remoto) "para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral". Es decir, que no lo limita a una causa concreta, sino que lo deja abierto a cualquier caso en el que haya una necesidad de compaginar una necesidad personal con el trabajo.

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Por lo tanto, y como subraya el letrado, el supuesto de un abuelo que quiere cambiar su jornada para cuidar de su nieto entraría dentro de esta definición y "podría acogerse a este derecho". Ahora bien, la normativa obliga a que la solicitud de cambio horario sea "razonable y proporcionada". O, dicho de otro modo, el empleado debe explicar por qué quiere adaptar su jornada y demostrar que su motivación está por encima de las necesidades organizativas o productivas de la empresa.

Este requisito es, precisamente, el que puede llevar a mal puerto las peticiones de los abuelos. Al fin y al cabo, los que tienen la obligación legal de cuidar de los hijos son los padres, por lo que la compañía podría denegar la solicitud si no prueba que los progenitores no pueden estar con los niños y los abuelos son la única solución posible.

Foto: Foto: iStock.

En este sentido se pronunció hace unos meses un juzgado de Ciudad Real cuando denegó la petición de una trabajadora, limpiadora de un hospital, que pidió reducir y atrasar su horario para poder atender a sus nietos de uno y tres años. La compañía rechazó su petición alegando que quien tenía que hacerse cargo eran los padres y no ella. Un criterio que compartió el juez, que reiteró la negativa porque la empleada no probó de forma suficiente que tenía la necesidad de conciliar.

Ahora bien, a pesar de denegar la petición, el juzgado admitió que los abuelos pueden recurrir a esta figura legal para cuidar de los nietos. A su entender, el concepto menor a cargo que prevé la norma "debe interpretarse de forma extensiva" para incluir este escenario, pero siempre que exista una causa justificada.

Abuelos, requisitos más duros

En el fallo, el juez admite que, para las peticiones que tengan como finalidad el cuidado de hijos, basta con probar la existencia de los menores. En el caso de los nietos, en cambio, considera que el trabajador está obligado a exponer más exhaustivamente sus circunstancias familiares para acreditar que no le queda otro remedio que responsabilizarse del niño.

Foto: La adaptación de jornada se abre camino en la realidad laboral. (iStock)

Un argumento que comparte Paloma Zabalgo, abogada especializada en Derecho de Familia. "Nuestra normativa civil pone en los padres la responsabilidad legal de cuidar de los hijos. Los abuelos pueden tener un sentimiento de deber moral, pero, desde el punto de vista jurídico, no existe ninguna obligación", subraya. Esto genera una mayor responsabilidad para los progenitores, que deben responder ante las carencias de sus hijos antes que cualquier otro familiar.

En su opinión, para que se le reconozca el derecho a adaptar la jornada a un abuelo "tiene que existir una causa muy justificada y excepcional". Por ejemplo, que los padres no puedan de ninguna manera estar con los menores. Algo que no ocurrió este caso, ya que la madre trabajaba en el mismo hospital "y no presentó ninguna solicitud de adaptación o reducción de horario", afea el juez. Del mismo modo, le reprocha que no diera datos sobre la edad de los nietos o el horario de la guardería o centro escolar al que acudieran mientras trabajaba.

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La mujer, no obstante, sí presento los horarios de la madre, que trabajaba en el turno de tarde, para demostrar que no podía atender a los niños. Un argumento que, para el juzgado, sigue sin ser suficiente, ya que le faltó aportar las circunstancias laborales del padre que probaran que él tampoco podía hacerse cargo. "O, incluso, pruebas de que haya hecho ejercicio de los derechos de conciliación y que le hayan sido rechazados por su empleadora", insiste el juez.

Justificar la negativa

En todo caso, la compañía está obligada a justificar su respuesta, especialmente si esta es negativa. De no hacerlo, el empleado podría llevar la petición ante un tribunal para que lo resuelva e, incluso, exigir una indemnización a la empresa por no haber dado un por qué en un primer momento.

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En este sentido falló el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León a principios de este año al otorgar a una empleada una compensación de más de 3.000 euros. La mujer, que quería modificar su horario para estar con su hijo recién nacido, reclamó esta cantidad por los daños morales que le causó el rechazo injustificado de su solicitud, ya que no pudo cuidar del menor hasta que no hubo sentencia judicial. El tribunal recordó que se trata de un derecho laboral "reforzado" al afectar a la familia, por lo que la indemnización era, a sus ojos, "más que proporcionada".

Desde que se aprobó el derecho a la adaptación de jornada, las empresas han recibido numerosas peticiones de empleados que quieren acogerse a esta fórmula para poder compaginar su vida familiar y laboral. La inmensa mayoría son padres (y principalmente madres) que recurren a esta vía para poder cuidar de sus hijos, ya que la propia ley blinda especialmente este figura sobre los progenitores. Pero ¿qué pasa con los abuelos en edad laboral que quieren o deben cuidar de sus nietos? ¿Pueden acogerse a esta solución?

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