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La Euipo restringe el acceso a los abogados españoles y revuelve el sector de las marcas
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LA ABOGACÍA PIDE EXPLICACIONES

La Euipo restringe el acceso a los abogados españoles y revuelve el sector de las marcas

La oficina europea de registro de marcas, con sede en Alicante, envía cartas a letrados colegiados en España con clientes de fuera de la UE diciendo que no pueden representarles

Foto: La Oficina de la Propiedad Intelectual de la UE (Euipo), con sede en Alicante. (EFE)
La Oficina de la Propiedad Intelectual de la UE (Euipo), con sede en Alicante. (EFE)

Giovanna Paola Girardi tiene nacionalidad italiana y desde 2014 representa como abogada colegiada en Madrid a clientes internacionales en la tramitación de expedientes ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo, antigua OAMI), encargada de gestionar las marcas, dibujos y modelos corporativos en el mercado común. El pasado 14 de junio, recibió una carta de la agencia europea, con sede en Alicante, que rechazaba una gestión suya relativa a un cliente brasileño y le otorgaba dos meses de plazo para presentar alegaciones antes de eliminarla “de todos aquellos expedientes en los que el solicitante/titular tenga residencia permanente fuera de la Unión Europea”.

La razón esgrimida en la misiva, que la Euipo ha comenzado a aplicar por primera vez en 2021 y ha agitado el sector de los letrados especializado en propiedad industrial, es que en España los abogados únicamente pueden representar a clientes cuyo lugar de residencia permanente se encuentre en la Unión Europea. “Cuando la persona representada no es un residente en un Estado miembro de la UE, no podrá estar representada por un abogado, sino por un representante autorizado con el título de agente oficial de la propiedad intelectual”, dice la carta.

“El año pasado, la Euipo publicó estos cambios en la práctica con respecto a la representación profesional. Sin embargo, cuando fueron interrogados por colegas, respondieron por escrito que aquello era un error que se corregiría con la publicación de 2021. Sin embargo, el error no solo no se corrigió, sino que ahora se está implementando. Y a los abogados españoles les está siendo impedido el derecho de representar a sus clientes ante una institución europea que tiene sede en su propio país”, explica Giovanna Girardi.

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La Euipo modificó el año pasado sus normas de funcionamiento interno para ajustar la facultad de representación al marco normativo de cada país de la Unión. En el caso de España, la Ley de Patentes, aprobada en 2015, establece que solamente los llamados agentes de la propiedad industrial pueden ejercer labores de representación de los no residentes ante la Oficina Española de Patentes y Marcas. Nada se dice de la Euipo.

La de agente de la propiedad industrial es una titulación para la que no se requiere la colegiación de abogado y que se obtiene con la aprobación de un examen específico. Hasta ahora, agentes y abogados convivían en la Euipo, porque la legislación española no hace ninguna referencia a esta agencia continental. Se limita a establecer la restricción a la oficina española. Los agentes de la propiedad industrial solamente tienen el monopolio para clientes extracomunitarios, pero no en el espacio económico común. ¿Por qué la ley nacional no es más restrictiva y veta las gestiones a los letrados para los clientes europeos? Porque iría contra la directiva de liberalización de servicios.

Esta limitación nacional es la que ahora ha comenzado a aplicar también el organismo que dirige Christian Archambeau. Pero solo para abogados colegiados en España. Un graduado en leyes colegiado en Alemania, Austria, Bélgica o Rumanía puede representar a clientes no residentes en la UE en la oficina alicantina sin ninguna limitación, porque sus leyes nacionales así lo establecen.

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Fuentes de la Euipo señalaron que, como agencia de la Unión Europea, está vinculada a los sistemas nacionales de los Estados miembros. “La Euipo no concede ningún derecho de representación. Títulos como el de 'abogado' se conceden a través de los Estados miembros. Por tanto, la definición de hasta qué punto un abogado puede representar a sus clientes depende siempre del sistema nacional”, dijeron. "Una situación similar se da en otros Estados miembros, como es el caso de Estonia, Rumanía y Lituania".

El Consejo General de la Abogacía se ha puesto en contacto con la entidad comunitaria para “conocer qué es lo que está sucediendo y clarificar esas quejas”, informaron a El Confidencial desde el organismo representativo de los colegios de abogados españoles.

Desde el Colegio de Agentes de la Propiedad Industrial (Coapi) explicaron que lo que ha hecho la Euipo es adaptarse a la legislación española, algo que "tenía pendiente" desde hace tiempo.

Girardi cree que las nuevas directrices están incumpliendo el propio Reglamento de Marcas de la Unión Europea

Sin embargo, letrados como Giovanna Girardi creen que las nuevas directrices de la agencia europea están incumpliendo el propio Reglamento de Marcas de la Unión Europea, que en su artículo 120 reconoce a los abogados que cumplen con las normas de colegiación de cada país la facultad de representación ante la oficina comunitaria. La Euipo interpreta, por contra, que para que un abogado pueda actuar ante la agencia debe estar debidamente habilitado para actuar ante una oficina nacional de propiedad industrial.

“Es muy grave, por el perjuicio que causa a los abogados españoles. Es grave decir que una persona no tiene derecho a trabajar. Infringe muchos principios de derecho básico”, explica la letrada, que tiene que encontrar una solución antes del plazo de dos meses de alegaciones para no perder la representación de todos sus clientes internacionales. Si la alegación se resuelve en su contra, tendrá que recurrir a los tribunales para resolver la discrepancia.

Giovanna Paola Girardi tiene nacionalidad italiana y desde 2014 representa como abogada colegiada en Madrid a clientes internacionales en la tramitación de expedientes ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo, antigua OAMI), encargada de gestionar las marcas, dibujos y modelos corporativos en el mercado común. El pasado 14 de junio, recibió una carta de la agencia europea, con sede en Alicante, que rechazaba una gestión suya relativa a un cliente brasileño y le otorgaba dos meses de plazo para presentar alegaciones antes de eliminarla “de todos aquellos expedientes en los que el solicitante/titular tenga residencia permanente fuera de la Unión Europea”.

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