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Despedida tras ser pillada ofreciendo servicios de tarot y masaje durante una baja
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Una investigadora la grabó

Despedida tras ser pillada ofreciendo servicios de tarot y masaje durante una baja

La empresa contrató a una detective que se hizo pasar por cliente. El tribunal confirma el cese y considera que la conducta de la empleada es incompatible con su dolencia

Foto: Foto: EFE
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Lo que hace un empleado durante una baja por incapacidad ha desencadenado más de un despido. Con frecuencia estos casos llegan ante los tribunales, que revisan si la actividad que origina la sanción es compatible o no con el motivo de la incapacidad. Ejemplo de ello es una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria en la que se ha confirmado el cese de una trabajadora de un comedor escolar que ofrecía servicios de tarot y masajes durante una baja por dolor de espalda.

La Sala se apoya en el informe de la detective contratada por la empresa, que se hizo pasar por clienta de la empleada y la grabó prestando servicios sin presentar problemas de movilidad. El TSJ considera que se trata de un "ejemplo paradigmático" de compatibilización inadecuada entre el trabajo y la prestación de incapacidad temporal.

Foto: Una mujer, llevando la mascarilla por debajo de la nariz. (iStock)

140 euros por leer el futuro

Según recoge el fallo, la empleada era auxiliar de comedor escolar y se encargaba de fregar, llevar platos y bandejas. En noviembre de 2019, solicitó una baja por incapacidad temporal por una fuerte dorsalgia (dolor en la zona de la columna dorsal, entre la zona cervical y la lumbar) que le impedía trabajar.

Unos meses después, la empresa le envió una carta en la que le comunicó su despido al haber constatado que ofrecía por Facebook servicios de forma remunerada como tarotista y masajista antiestrés. En los anuncios colgados en la red social, la trabajadora se presentaba como “maestra de Reiki usui tibetano”, e incluía su nombre y apellidos, número de teléfono y una foto. Asimismo, impartía cursos en toda la comunidad e, incluso, en otras limítrofes como Asturias.

Para demostrar los hechos, la empresa contrató a una detective privado que se hizo pasar por clienta y contrató una sesión de tarot y un masaje. Por ello, la empleada le cobró 140 euros. Durante ese tiempo, le contó que tenía otros clientes y le ofreció un bono de 12 sesiones y una de regalo, por el módico precio de 420 euros. La investigadora grabó todo el encuentro, y los vídeos sirvieron como prueba en el juicio ante el juzgado de instancia que avaló la expulsión.

La investigadora grabó todo el encuentro, y los vídeos sirvieron como prueba en el juicio ante el juzgado de instancia que avaló la expulsión

Postura incompatible con la baja

En su sentencia, el tribunal recuerda que, durante el masaje, la demandante adoptó una “postura forzada con flexión de la espalda”. Movimientos que, según los magistrados, son incompatibles con la situación de baja, ya que revelan su aptitud para la profesión de auxiliar de comedor. En este sentido, rechazan el argumento de la empleada, que alegó que era una actividad inocua o intrascendente para su dolencia.

Asimismo, la Sala rechaza que este comportamiento fuera algo esporádico, ya que en las grabaciones de la detective la propia empleada reconocía tener más clientes, impartir cursillos en varias ciudades e incluso ofrecía bonos de varias sesiones “lo que evidencia una vocación de permanencia”

Por otro lado, los magistrados afean que adoptara una apariencia de profesionalidad y de conocimientos de los que carecía, y aventuran que su actitud podría suponer “un eventual y peligroso ejercicio de intrusismo profesional”. Por todo ello, determinan que la conducta constituye una clara transgresión de la buena fe contractual, recogida como una falta muy grave en el Estatuto de los Trabajadores y que, por lo tanto, justifica el despido.

Lo que hace un empleado durante una baja por incapacidad ha desencadenado más de un despido. Con frecuencia estos casos llegan ante los tribunales, que revisan si la actividad que origina la sanción es compatible o no con el motivo de la incapacidad. Ejemplo de ello es una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria en la que se ha confirmado el cese de una trabajadora de un comedor escolar que ofrecía servicios de tarot y masajes durante una baja por dolor de espalda.

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