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El Supremo cierra la vía a la celebración de una consulta antitaurina en San Sebastián
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El Supremo cierra la vía a la celebración de una consulta antitaurina en San Sebastián

El tribunal desestima el recurso del ayuntamiento contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 2017 que denegó la autorización para el referéndum sobre la continuidad de los festejos taurinos

Foto: Los rejoneadores Pablo Hermoso de Mendoza (d) y su hijo Guillermo (i) salen a hombros por la puerta grande de Illumbe en la feria de la última Semana Grande. (EFE)
Los rejoneadores Pablo Hermoso de Mendoza (d) y su hijo Guillermo (i) salen a hombros por la puerta grande de Illumbe en la feria de la última Semana Grande. (EFE)

El Tribunal Supremo ha cerrado la vía legal para la celebración de la consulta antitaurina en San Sebastián después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo haya desestimado el recurso presentado por el ayuntamiento contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 3 de marzo de 2017 que denegó la autorización para la celebración del referéndum sobre la continuidad de los festejos taurinos en la ciudad.

El pronunciamiento del Supremo era la última baza con la que contaba el ayuntamiento para poder sacar las urnas a la calle ante los diferentes varapalos judiciales sufridos y después de haber intentado otros caminos para la celebración de la consulta, con la que se pretendía preguntar a los vecinos si deseaban que se destinaran “recursos municipales o instalaciones para la realización de corridas de toros”. El Gobierno municipal se vio forzado a pedir permiso al Consejo de Ministros después de que los tribunales anularan a instancias de la Abogacía del Estado el reglamento de consultas ciudadanas aprobado la pasada legislatura por unanimidad de todos los grupos, incluido el PP, y que sobre el papel facultaba al ayuntamiento a organizar un referéndum antitaurino sin necesidad de contar con la aprobación del Gobierno español.

Donostia pidió permiso al Consejo de Ministros después de que la Justicia anulara el reglamento local de consultas ciudadanas a petición del Estado

Pero el Consejo de Ministros denegó la autorización alegando que la celebración de la consulta atentaba contra las leyes de protección del Patrimonio Cultural, que obligan a los poderes públicos a garantizar la conservación de la tauromaquia, de modo que el recurso contencioso administrativo presentado ante el Supremo se había convertido en la última ‘baza’ para el referéndum antitaurino.

La cuestión que ha resuelto la Sala de lo Contencioso Administrativo sección Quinta con su sentencia, fechada el pasado 21 de febrero, es si la consulta que el ayuntamiento pretende llevar a cabo contradice o no el mandato legal contenido en las leyes 18/2013 para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural y 10/2015 de espectáculos públicos y actividades recreativas.

placeholder Antitaurinos protestan por las corridas de toros ante la plaza de Illumbe. (EFE)
Antitaurinos protestan por las corridas de toros ante la plaza de Illumbe. (EFE)

Partiendo de la base de que “no está cuestionada la titularidad municipal” del pabellón “multiusos” de Illumbe, entre "cuyos usos se encuentra el taurino”, la resolución establece que “con independencia de que los espectáculos taurinos puedan celebrarse en otros espacios, incluidas plazas portátiles y eventuales, de lo que no cabe duda es de que la decisión de no destinar recursos o instalaciones municipales para realizar corridas de toros no es una medida inocua en cuanto el deber de fomento del patrimonio cultural, del que la tauromaquia forma parte, sino una medida de la que se derivan ineludiblemente elementos obstativos que resultan contrarios a lo dispuesto” en las citadas leyes. Y esta cuestión, según resalta, “adquiere mayor relevancia si en San Sebastián no existe otra instalación que permita celebrar corridas de toros con la garantía de seguridad que ofrece el pabellón multiusos, siendo este lugar donde dicho espectáculo se desarrollaba habitualmente”.

No destinar recursos para realizar corridas no es una medida inocua en cuanto el deber de fomento del patrimonio, del que la tauromaquia forma parte

De este modo, el Supremo concluye con contundencia que “no estamos en consecuencia ante unos hechos hipotéticos o especulaciones, en lo que a las consecuencias de la consulta popular que pretende llevar a cabo el ayuntamiento recurrente se refiere, sino ante una realidad incuestionable”: la decisión de no destinar medios o instalaciones municipales a la realización de corridas de toros sería “contraria a los fines que las leyes 10/2015 y 18/2013 pretenden, que no es otro que el desarrollo de una actuación de fomento para proteger y difundir aquellas en cuanto forman parte del patrimonio cultural”.

En su recurso, el ayuntamiento donostiarra, gobernado en coalición por PNV y PSE, afirmaba, entre otros argumentos, que la cuestión sometida a consulta es de la “competencia propia municipal y de carácter local”, y que el consistorio “ostenta en materia de recursos e instalaciones municipales la competencia propia para gestionarlas y decidir el uso a que se destinan”. Además, alegaba que el acuerdo del Consejo de Ministros del 3 de marzo de 2017 para denegar el permiso “incurre en excesos interpretativos y presunciones improcedentes”, ya que la celebración de la consulta “supondría, en último término, la imposibilidad de que en el municipio se celebraran corridas de toros y la inexistencia de acciones municipales de protección y/o fomento de la tauromaquia”, y esta es una “interpretación incorrecta”.

La consulta que preveía organizar el ayuntamiento no tenía carácter vinculante pero el alcalde, el ‘jeltzale’ Eneko Goia, se había comprometido a respetar la palabra de los vecinos en las urnas, a las que podían concurrir las personas mayores de 16 años empadronadas en el municipio. La previsión inicial era celebrar el referéndum el 19 de febrero de 2017. Para ello, se amparaba en las más de 9.000 firmas presentadas por la plataforma Donostia Antitaurina Orain! y que superaban el mínimo del 5% del censo poblacional exigido por el reglamento municipal de consultas ciudadanas que había sido aprobado la pasada legislatura bajo el Gobierno de EH Bildu con el apoyo de todos los grupos.

Foto: El rejoneador Pablo Hermoso de Mendoza brinda el toro al rey emérito Juan Carlos I durante su actuación en el coso de Illumbe de San Sebastián. (EFE)
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La fecha de la consulta fue acordada a a pesar de que por entonces el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) había anulado a instancias de la Abogacía del Estado el reglamento de consultas ciudadanas que servía de sustento legal para la celebración del referéndum. Este tribunal acordó la "nulidad radical" de la normativa local, la cual, en términos generales, abría la puerta a preguntar a los vecinos por cualquier cuestión bajo el abrigo del supuesto interés municipal. Dentro de los diferentes varapalos judiciales sufridos por el ayuntamiento donostiarra, el Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de San Sebastián había suspendido de forma cautelar el referéndum ante el “riesgo” de que el recorrido del caso en los tribunales finalizara más tarde de la fecha establecida para la consulta, con lo que la actuación judicial no tendría efectividad.

Cerrado este camino, el Gobierno municipal optó por abrir la vía de la solicitud de autorización al Gobierno español tras la aprobación previa de una nueva Norma Orgánica de Participación Ciudadana que requería del permiso del Estado para sacar las urnas a la calle, tal y como establece la Ley de Bases de Régimen Local. Pero finalmente el Ejecutivo de Mariano Rajoy no otorgó el permiso en una decisión que ahora el Tribunal Supremo ha avalado. De este modo, la cuestión de los toros no saldrá de la arena de Illumbe para llegar a las urnas. Los festejos taurinos regresaron a Illumbe en la Semana Grande de 2015 después del veto de tres años impuesto por el entonces equipo de gobierno municipal de Bildu, que prohibió que este recinto pudiera acoger corridas de toros. Ahora, con la sentencia del alto tribunal, la continuidad de los toros no estará a expensas de lo que decidan las urnas. De momento, su futuro está garantizado, aunque el alcalde, muy crítico con los pronunciamientos judiciales ante estas cuestión, ha insistido una y otra vez en su pretensión de llevar la continuidad de los toros a consulta ciudadana.

"No queda otra que aceptar"

Conocida la sentencia, Goia ha reconocido que "no queda otra que aceptar" la resolución del Supremo, si bien se ha mostrado crítico con la actuación judicial por la "limitación" que esta decisión representa para la "libertad" de los ayuntamientos. Según ha censurado, se restringe a los consistorios la posibilidad de recurrir a las consultas populares, cuando son un instrumento que "debería estar cada vez más normalizado para poder conocer la opinión de la ciudadanía a la hora de adoptar decisiones como ayuntamiento". Asimismo, el alcalde se ha mostrado "preocupado" por las consecuencias que el pronunciamiento del tribunal tiene a efectos de la autonomía municipal de cara a "determinar a qué fin destinan los ayuntamientos los recursos de los que disponen".

El Tribunal Supremo ha cerrado la vía legal para la celebración de la consulta antitaurina en San Sebastián después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo haya desestimado el recurso presentado por el ayuntamiento contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 3 de marzo de 2017 que denegó la autorización para la celebración del referéndum sobre la continuidad de los festejos taurinos en la ciudad.

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