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La Audiencia Nacional investigará un artículo publicado en 'Gara' por incitar al terrorismo
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La Sala de lo Penal corrige al Juzgado de Instrucción número 5

La Audiencia Nacional investigará un artículo publicado en 'Gara' por incitar al terrorismo

El texto honraba a dos etarras que perpetraron la matanza de Vic y ensalzaba la trayectoria de ETA: "Puede suponer la incitación, aunque sea indirecta, a la comisión de delitos de terrorismo"

Foto: Homenaje en 2016 a las víctimas del atentado de ETA contra la casa cuartel de Vic con motivo del 25 aniversario de la matanza. (EFE)
Homenaje en 2016 a las víctimas del atentado de ETA contra la casa cuartel de Vic con motivo del 25 aniversario de la matanza. (EFE)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha corregido al Juzgado Central de Instrucción número 5 y ha ordenado que siga adelante la causa abierta contra los autores de un artículo publicado en el diario ‘abertzale’ 'Gara' (que ensalzaba a los autores del brutal atentado contra la casa cuartel de Vic en Barcelona en 1991) por un posible delito de enaltecimiento del terrorismo. El auto sostiene de forma contundente que en el artículo aparecen expresiones que “pueden suponer la incitación, aunque sea indirecta, a la comisión de delitos de terrorismo, sin excluir el riesgo concreto de comisión”. De este modo, el juez central de instrucción deberá determinar ahora las diligencias que deben practicarse en la investigación y si, en su caso, decreta la apertura de juicio oral.

"Debemos mantenernos fieles a unas ideas, a un legado histórico, a unos principios por los cuales algunos dejaron hasta su propia vida", decía el texto

Antton Azkargorta, José Luis Herrero y Errose Erezuma firmaron un artículo “en nombre de los familiares y amigos de Jon Erezuma y Joan Carlos Monteagudo” que fue publicado el 30 de mayo de 2017 en 'Gara' con motivo del 26 aniversario de la muerte de los dos cabecillas del comando Barcelona de ETA, que fallecieron en un tiroteo con agentes de la Guardia Civil al día siguiente de perpetrar la matanza de Vic, en la que perdieron la vida 10 personas, cinco de ellas menores de edad. En el escrito, titulado ‘Los derechos humanos y militantes’, sus autores honraban a los dos terroristas y ensalzaban la trayectoria de la banda terrorista.

“Sin duda las circunstancias han cambiado y nuevos métodos políticos se imponen. Pero debemos mantenernos fieles a unas ideas, a un legado histórico, a unos principios por los cuales algunos dejaron hasta su propia vida. Se lo debemos a ellos y nos lo debemos a nosotros mismos y a nuestro pueblo. Necesitamos una nueva política y no debemos añorar nostálgicamente el pasado, pero no debemos olvidarnos de construir una memoria que haga honor a uno de los movimientos de liberación más importantes de la época y reconocer todo lo mucho y grande que se hizo y los valores políticos y humanos que desplegaron. Hay que volver a reinventar y levantar un proyecto de igualdad y libertad, un proyecto digno del termino izquierda 'abertzale”, se sostenía en el artículo, disponible en la web 'abertzale' Naiz.

No debemos olvidarnos de construir una memoria que haga honor a uno de los movimientos de liberación más importantes de la época [...]

En el escrito, sus autores se rebelaban contra la resignación para llamar a la acción. “El enemigo de la libertad y demás derechos humanos positivos no es solo el que intenta reprimirlos desde el poder, es también todo aquel que acepta resignadamente el estado de cosas tal cual está, el que dice que hay que amoldarse al principio de realidad. Son fuertes enemigos de la libertad el escepticismo, la apatía y el verdadero o supuesto cansancio de la gente. No podemos tampoco utilizar los repetidos argumentos de que el poder es más fuerte o la situación es desfavorable. Casi siempre los revolucionarios se han movido en situaciones desfavorables y contra enemigos mucho más poderosos. No hay que esperar sentados a lo que haga la gente sino que debemos preguntarnos qué debemos hacer nosotros con independencia de si somos muchos o pocos”, se apuntaba en el texto. Y a continuación, sus firmantes se preguntaban: “¿Cuál era por ejemplo la situación de las madres de la Plaza de Mayo durante la dictadura? ¿Cuántas eran al principio? ¿Cuántos eran los revolucionarios ‘abertzales’ que se levantaron contra el franquismo cuando este se encontraba más consolidado? ¿Y su esfuerzo no cambió radicalmente la conciencia de la gente y la situación de nuestro país?”.

Un día después de la publicación del artículo, el colectivo de víctimas del terrorismo del País Vasco, Covite, interpuso una denuncia penal en la Audiencia Nacional por la presunta comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas contra los tres firmantes del texto. La asociación presidida por Consuelo Ordóñez señalaba que “tanto la fecha elegida [de publicación], como los destinatarios y el sentido del artículo están dirigidos a honrar a los autores del macabro atentado y a ETA”. Los mensajes publicados, según denunció, “tienen un indudable carácter laudatorio de la banda terrorista ETA y de sus miembros que va más allá de la expresión de coincidencia con objetivos políticos, y comporta una alabanza, no ya de los objetivos políticos sino de los medios violentos empleados por la organización terrorista”.

Foto: Dirigentes del PP vasco realizan una protesta durante el recibimiento a los etarras Ignacio Otaño e Iñaki Igerategi este domingo en Andoain. (EFE)

El Juzgado de Instrucción número 5 acordó el sobreseimiento provisional de la causa tras tomar declaración a dos de los tres investigados (el tercero, Azkargorta, justificó su no asistencia a las diligencias por encontrarse “de viaje fuera de España"). En su auto, fechado el 12 de julio, el magistrado José de la Mata sostuvo que “las diligencias practicadas a lo largo de la instrucción de la causa y tras oír a dos de los denunciados no han permitido llegar adecuadamente al debido esclarecimiento del hecho delictivo”.

La sala corrige a José de la Mata: "No se puede concluir que no se den indiciariamente elementos que conformen el delito de enaltecer el terrorismo"

Covite formuló un recurso de reforma que fue igualmente rechazado por el mismo juzgado de instrucción número 5. Sin embargo, la asociación de víctimas no desistió y presentó un recurso de apelación que ahora ha estimado la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, que ha revocado ambas resoluciones “a fin de que siga adelante el procedimiento” contra los tres autores del artículo. El auto, fechado el pasado viernes 16 de febrero, refleja que del análisis del texto “no se puede concluir que no se den indiciariamente en este caso los elementos que conforman el delito de enaltecimiento del terrorismo”, lo que “obliga a la continuación de las actuaciones sobreseídas”.

La sala sostiene que en el escrito aparece “algún tipo de incitación, aunque fuere indirecta”, al terrorismo cuando en el mismo se dice "el enemigo de la libertad y demás derechos humanos positivos (…) es también todo aquel que acepta resignadamente el estado de cosas tal cual está, el que dice que hay que amoldarse al principio de realidad" y que "no hay que esperar sentados a lo que haga la gente (…)". Si bien los autores afirman que “nuevos métodos políticos se imponen” y “necesitamos una nueva política y no debemos añorar nostálgicamente el pasado”, la sala alude a los ‘peros’ que se añaden después a estas afirmaciones y que “suponen, o al menos así puede entenderse, afirmar justamente lo contrario”. Y cita las expresiones "debemos mantenernos fieles a unas ideas, a un legado histórico, a unos principios por los cuales algunos dejaron hasta su propia vida", "se lo debemos a ellos (…)" o "no debemos olvidarnos de construir una memoria que haga honor a uno de los movimientos de liberación más importantes de la época y reconocer todo lo mucho y grande que se hizo (…)".

El reclamo a "uno de los movimientos de liberación más importantes" y "reconocer todo lo mucho y grande que se hizo" pueden suponer la incitación al terrorismo

El auto desmonta la justificación que hizo uno de los denunciados durante su declaración ante el magistrado José de la Mata sobre el objetivo del artículo. “No es posible entender este artículo aisladamente, descontextualizado y como una reflexión filosófica de conceptos de derechos humanos abierta para que cada uno la interprete como quiera sin entrar en casos concretos ni relacionados con nadie, como dice José Luis Herrero”. Y para poner de manifiesto las verdaderas intenciones de los tres autores, alude a varias cuestiones: el artículo “se vincula con determinadas personas cuando debajo del nombre de los autores cita a Jon Erezuma y Joan Carles Monteagudo”, los dos miembros de ETA que participaron en el atentado de Vic; el texto “se publicó en el diario ‘Gara’, que fue uno de los canales habituales utilizado por la organización terrorista ETA para hacer comunicados”, y este “se publicó el día del aniversario de la muerte” de los dos etarras. “Sin esa referencia a Jon Erezuma y Joan Carles Monteagudo y sin elegir la fecha del aniversario de su muerte, tal vez el artículo habría pasado por la reflexión filosófica abierta que dice José Luis Herrero, pero estas circunstancias hacen imposible que lo sea”, asevera con contundencia.

Foto: El rapero Miguel Arenas Beltrán, 'Valtonyc', durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional. (EFE)

En su argumentación, la sala sostiene con firmeza que “la vinculación entre el artículo y Erezuma y Monteagudo y entre estos y ETA supone a su vez, al menos indiciariamente, la vinculación del ‘movimiento de liberación’ al que se refiere el artículo con dicha organización terrorista y sus métodos y acciones”. Por ello, determina que “el reclamar no olvidar ‘uno de los movimientos de liberación más importantes de la época’ y ‘reconocer todo lo mucho y grande que se hizo’ —entre otras cosas, el atentado referido [de Vic]—, puede suponer la incitación, aunque sea indirecta, a la comisión de delitos de terrorismo, sin excluir el riesgo concreto de comisión”. Este riesgo, concluye, “impide, de momento, el sobreseimiento de las actuaciones”, por lo que revoca las resoluciones previas “sin que nos pronunciemos sobre las diligencias de instrucción que deban practicarse” a partir de ahora, que “es una cuestión que corresponde decidir al juez central de instrucción”.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha corregido al Juzgado Central de Instrucción número 5 y ha ordenado que siga adelante la causa abierta contra los autores de un artículo publicado en el diario ‘abertzale’ 'Gara' (que ensalzaba a los autores del brutal atentado contra la casa cuartel de Vic en Barcelona en 1991) por un posible delito de enaltecimiento del terrorismo. El auto sostiene de forma contundente que en el artículo aparecen expresiones que “pueden suponer la incitación, aunque sea indirecta, a la comisión de delitos de terrorismo, sin excluir el riesgo concreto de comisión”. De este modo, el juez central de instrucción deberá determinar ahora las diligencias que deben practicarse en la investigación y si, en su caso, decreta la apertura de juicio oral.

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