Buenas noticias si vives de alquiler en Madrid: cómo solicitar la ayuda de 250 euros y cuáles son los requisitos
La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo para solicitar esta ayuda dirigida a jóvenes de entre 18 y 35 años que residan en régimen de alquiler en la región
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Los jóvenes madrileños ya pueden solicitar el Bono de Alquiler Joven, una ayuda de 250 euros mensuales durante dos años dirigida a personas menores de 35 años. El objetivo es facilitar el acceso a la vivienda y favorecer la emancipación de aquellos que cuentan con ingresos limitados. En este caso, el presupuesto destinado a este programa asciende a 31,8 millones de euros y las ayudas se concederán por orden de inscripción hasta agotar los fondos.
La convocatoria se rige por un sistema de concesión directa, lo que significa que se otorgarán según el momento en el que se registre la solicitud y se compruebe que cumple con todos los requisitos exigidos. Para acceder a este bono, los solicitantes deben tener entre 18 y 35 años, poseer nacionalidad española o residencia legal en España, contar con una fuente de ingresos regular con un límite anual de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale a unos 1.800 euros al mes, y ser titular o estar en disposición de firmar un contrato de alquiler de vivienda o habitación.
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Además, no pueden ser propietarios o usufructuarios de otra vivienda en España, salvo casos excepcionales, ni tener vínculos familiares con el arrendador ni participar en una sociedad que sea dueña de la vivienda.
El importe máximo del alquiler para acceder a esta ayuda varía según el municipio, siendo de 600 euros para viviendas completas y 300 euros para habitaciones en la mayoría de los casos, aunque en algunas localidades se amplía hasta los 900 y 450 euros, respectivamente. Entre los municipios con este tope superior se encuentran Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz, Getafe, Móstoles, Leganés, Pozuelo de Alarcón o Tres Cantos, entre otros muchos.
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El proceso de solicitud ya está en marcha desde el 3 de febrero de 2025 y se realizará de manera telemática a través del portal web de la Comunidad de Madrid. Para completar el trámite, los interesados deberán presentar copia del contrato de arrendamiento, justificante de ingresos que demuestre el cumplimiento del límite económico, certificado de empadronamiento que acredite que la vivienda alquilada es la residencia habitual y una declaración responsable de no ser propietario ni usufructuario de otra vivienda.
Dado que las ayudas se conceden por orden de llegada y hasta agotar el presupuesto, se recomienda a los solicitantes preparar toda la documentación con antelación para evitar demoras en la presentación.
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Los beneficiarios recibirán la ayuda en pagos anuales, previa justificación del pago del alquiler. En el primer abono se incluirán las mensualidades justificadas correspondientes a la anualidad de 2024, siempre y cuando se aporten los recibos de pago junto con la solicitud.
Para los siguientes pagos, los beneficiarios deberán presentar cada año, entre el 1 y el 15 de diciembre, los justificantes de pago de las mensualidades de alquiler correspondientes a ese periodo. La ayuda se mantendrá durante un máximo de 24 meses, siempre que el beneficiario continúe cumpliendo los requisitos establecidos.
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