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El TSJM rechaza paralizar de forma preventiva la operación de Madrid Nuevo Norte
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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

El TSJM rechaza paralizar de forma preventiva la operación de Madrid Nuevo Norte

La Justicia se pronuncia en contra de la petición que solicitaba la suspensión del proyecto urbanístico al norte de la capital de forma cautelar. Se trata de uno de los varios recursos presentados

Foto: Vista de la zona norte de la capital. (EFE)
Vista de la zona norte de la capital. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado las medidas cautelares que exigían la paralización del proyecto urbanístico de Madrid Nuevo Norte de forma cautelar. En el auto, fechado el pasado 5 de febrero, acuerda desestimar la medida solicitada sin entrar en el fondo de la denuncia contra el plan, que fue aprobado en Consejo de Gobierno por la Comunidad de Madrid el pasado 25 de marzo de 2020 y posteriormente en el mes de julio de ese curso.

En el escrito al que ha tenido acceso este medio, el tribunal considera que no procede suspender la ejecución del proyecto de forma preventiva al considerar que se alcanzará una sentencia antes de que este avance hasta un punto de no retorno en el que la edificación y la alteración del entorno fueran ya irreversibles. Se trata de la primera vez que se desechan este tipo de medidas contra Madrid Nuevo Norte desde la última modificación del mismo.

Foto: Presentación de la maqueta del proyecto final madrid nuevo norte (EFE) Opinión

"Durante este término no existirán situaciones irreversibles que justifiquen en este momento la suspensión cautelar de la ejecutividad de tal instrumento de ordenación urbanística", se afirma en el auto, contra el que cabe recurso.

La demandante argumentaba que la paralización no causaría un gran perjuicio a la obra porque se trata de un plan urbanístico que ya lleva años de retraso respecto al planteamiento inicial. Esta justificación ha sido empleada por el tribunal para señalar justamente lo contrario, que precisamente por llevar una amplia demora es necesario que no se alteren los tiempos estipulados.

"La alegación de que ha sido una actuación urbanística que se ha demorado en el tiempo y por ello puede retrasarse aún más refuerza el interés de su pronta ejecución como así lo han entendido las administraciones intervinientes", reza el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

El tribunal recuerda que "el interesado en obtener la suspensión tiene la carga de probar adecuadamente qué daños y perjuicios de reparación imposible o difícil concurren en el caso para acordar la suspensión sin que sea suficiente una mera invocación genérica".

"Constituyen verdaderamente el fondo de las cuestiones litigiosas"

Asimismo, se detiene en las alegaciones que realiza sobre el Plan General de Ordenación Urbana de 1997. "Evidencia de forma clara que la recurrente no concreta esos motivos de nulidad clara y no acredita que en casos similares se acordó de forma firma por los tribunales. Se limita a reproducir genéricamente los argumentos de la demanda. (...) Se evidencia una controversia jurídica de manifiesta complejidad, no apreciándose en este momento procesal y con los datos de que ahora se dispone, de forma clara y categórica ese buen derecho invocado".

En definitiva, el TSJM considera que la petición de las medidas cautelares se sustenta sobre unas bases que requieren de un análisis en profundidad del caso que no procede en estos momentos en los que se estudia una petición de cautelares. "Constituyen verdaderamente el fondo de las cuestiones litigiosas que se han de examinar y resolver en el procedimiento principal que terminará en sentencia".

Además de rechazarse la pretensión de la demandante, se condena al pago de las costas, hasta un máximo de mil euros.

Foto: Maqueta definitiva de Operación Chamartín.

El recurso en cuestión es uno de los varios presentados contra el proyecto. En octubre de 2020, el propio TSJM admitió a trámite uno interpuesto por Ecologistas en Acción y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), que calificaron al plan como "innecesario" y consideraron que tenía "una edificabilidad sobredimensionada".

Madrid Nuevo Norte es la gran apuesta urbanística que lleva planeando sobre la capital desde hace más de dos décadas y las autoridades involucradas, entre las que también está el Ayuntamiento de Madrid, esperan que posibilite la creación de 250.000 puestos de trabajo. Contempla la construcción de 10.500 viviendas, así como la remodelación de la estación ferroviaria de Chamartín y la creación de un nuevo centro de negocios. La ejecución de las obras en estos 3,3 millones de metros cuadrados al norte de la ciudad se llevará a cabo durante los próximos 25 años salvo que la Justicia diga lo contrario.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado las medidas cautelares que exigían la paralización del proyecto urbanístico de Madrid Nuevo Norte de forma cautelar. En el auto, fechado el pasado 5 de febrero, acuerda desestimar la medida solicitada sin entrar en el fondo de la denuncia contra el plan, que fue aprobado en Consejo de Gobierno por la Comunidad de Madrid el pasado 25 de marzo de 2020 y posteriormente en el mes de julio de ese curso.

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