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El juez que no validó la prohibición de fumar dice que no anuló nada y que el veto sigue
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El juez que no validó la prohibición de fumar dice que no anuló nada y que el veto sigue

Explica que no controla ni valora la legalidad de esa orden, puesto que es juez de garantías y, por tanto, solo determina si afecta a los derechos fundamentales de la persona

Foto: El juez que no ratificó las medidas de Madrid afirma que la orden regional sigue vigente. (EFE)
El juez que no ratificó las medidas de Madrid afirma que la orden regional sigue vigente. (EFE)

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid, Alfonso Villagómez, quien no ratificó la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que incluía diversas medidas preventivas ante el covid-19, como la prohibición de fumar cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, señaló este miércoles que él no anuló las medidas y que por tanto la disposición regional sigue vigente.

En declaraciones a Europa Press, Villagómez explicó que la disposición general sobre la que la consejería pedía ratificación establece normas generales y no para una persona específica, y subrayó que ese tipo de orden no necesita la ratificación judicial.

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Sostiene que una vez se aprueba por el órgano pertinente y se publica, "tiene efectos jurídicos" y, por tanto, la ratificación o no de un juez "no afecta" y sigue en vigor. En este sentido, explicó que el juez no controla ni valora la legalidad de esa orden, puesto que es juez de garantías y, por tanto, solo determina y aprecia si la disposición afecta a los derechos fundamentales de la persona.

Al hilo de esto, Villagómez añadió que esta misma postura fue defendida por el Ministerio Fiscal, quien, asegura, habría informado desfavorablemente sobre el recurso de apelación presentado por la Comunidad de Madrid señalando que la orden no necesita ser ratificada judicialmente. "Es de cajón", indicó el juez.

La citada orden regional se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el miércoles 19 de agosto y entró en vigor el 20, establecía también el cierre de los locales de ocio nocturno y prohibía también el consumo de alimentos a bordo de los vehículos de transporte público, en autobús o ferrocarril. La actividad de hostelería y restauración también quedaba limitada, pues tanto dentro como fuera de los locales debía cesar a la 01.00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00.

El Ejecutivo regional elevó una consulta para obtener la ratificación y blindaje judicial ante estas nuevas medidas para prevenir el contagio de covid-19 entre la población, ante lo que recibió la negativa del juez que se encontraba realizando la sustitución en el número 2 de lo Contencioso-Administrativo. Ahora, Villagómez aclara que el procedimiento cursado por la Comunidad de Madrid era de autorización de medidas sanitarias urgentes de acuerdo al artículo 8.6 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo y que, por tanto, él interviene como juez de garantías para dilucidar si esas medidas afectan a los derechos fundamentales de la persona. Al hilo, explicó que ese procedimiento sirve para casos específicos como por ejemplo ordenar la hospitalización de una persona contagiosa e insistió en que este caso no tiene nada que ver porque afecta a toda la población.

"El juez solo determina y aprecia si esa disposición afecta a los derechos fundamentales de las personas. La disposición está en vigor", añadió, para luego resaltar que en todo caso la Comunidad de Madrid debería acudir "como está previsto" a la declaración del estado de alarma para la región. En este sentido, advirtió de que la comunidad autónoma debe dirigirse al presidente del Gobierno para que este declare el estado de alarma y recordó que su declaración no necesita aprobación del Parlamento, donde solo se debaten, en su caso, las posibles prórrogas.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid, Alfonso Villagómez, quien no ratificó la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que incluía diversas medidas preventivas ante el covid-19, como la prohibición de fumar cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, señaló este miércoles que él no anuló las medidas y que por tanto la disposición regional sigue vigente.

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