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Hacienda controla hasta el consumo de tu nevera para multarte: la odisea de Marta
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el fisco le pide 27.000 euros

Hacienda controla hasta el consumo de tu nevera para multarte: la odisea de Marta

La Agencia Tributaria ha calculado el gasto que debe tener el frigorífico de una contribuyente para ratificar que le quitaba deducciones del IRPF. Marta vive sola y da clases de eficiencia energética

Foto: Marta, junto a su frigorífico
Marta, junto a su frigorífico

Marta Rodríguez tiene 40 años y es profesora en un colegio madrileño. Define como "una auténtica locura" todo lo que le está pasando con Hacienda. La Agencia Tributaria ha decidido quitarle las deducciones que le aplicó en varias declaraciones de la renta porque consume poca luz en casa. Sumando las sanciones que le quiere imponer la cantidad se dispara hasta los 27.125 euros. Ha tenido incluso que recurrir a un préstamo para poder pagar. Lo más esperpéntico es que el fisco ha utilizado el tipo de frigorífico que tiene en su vivienda para ratificar sus argumentos: su piso no es su residencia habitual.

Marta escenifica la pesadilla que están viviendo muchos contribuyentes. La Agencia Tributaria lleva años utilizando el recibo de la luz para fiscalizar las deducciones por vivienda habitual que se aplican en la declaración de la renta aquellas personas que compraron una vivienda antes de 2013. Hacienda cruza esos consumos energéticos con estudios y estadísticas que maneja sobre cuánta luz deben gastar determinados hogares en función del número de personas que viven en ellos. Si ese consumo es más bajo que la media que maneja entiende que el contribuyente no usa su casa como residencia habitual y que por tanto no tiene derecho a esas deducciones en su IRPF. Así de simple.

Foto: Miguel ha conseguido que el TSJM le dé la razón

A finales de 2016 el fisco comunicó a Marta, que se había comprado su casa en septiembre de 2011, la apertura de una liquidación provisional (la típica paralela) para que esta profesora madrileña devolviera las deducciones de las que había disfrutado en los ejercicios de la renta 2012, 2013, 2014 y 2015, una cantidad que, con intereses de demora, sumaba 16.111 euros. No hay que olvidar que la prescripción caduca a los cuatro años, por eso Hacienda cuando contactó en 2016 con Marta solo podía revisar los cuatro ejercicios anteriores.

"Se han comprobado los datos de consumo de electricidad en este ejercicio aportados en el modelo 159 de su compañía eléctrica, para la referencia catastral identificada en su declaración como vivienda habitual. De ellos se desprende que dichos consumos se consideran incompatibles con una residencia real, efectiva, continuada y permanente del inmueble y que pueden estar motivados por visitas esporádicas al inmueble y no por ser la residencia habitual y continuada que exige la normativa tributaria", reza el escrito que recibió Marta. "Yo ignoraba qué me estaba mandando Hacienda y tuve que pedir asesoramiento. Esta es mi casa, mi única vivienda, donde resido siempre".

placeholder Marta aportó como prueba las fotos que colgaba en las redes sociales de cómo iba amueblando su casa
Marta aportó como prueba las fotos que colgaba en las redes sociales de cómo iba amueblando su casa

Marta contrató al bufete Herrero & Hidalgo Asesores y en diez días, como marca la ley, presentó alegaciones ante Hacienda. Entregó todo tipo de documentos para que la Agencia Tributaria tuviera claro que su casa era su residencia habitual: su certificado de empadronamiento un mes después de adquirir la vivienda, el préstamo hipotecario, los contratos de agua, luz y gas, recibos del banco, la póliza del seguro del hogar, certificados de su asistencia a las juntas de vecinos, los recibos del IBI, las postales que recibía de amigos (para demostrar que le escribían a esa dirección), las facturas de los muebles y electrodomésticos que se compró para amueblarla e incluso fotos en las redes sociales tomadas en las distintas estancias del piso para demostrar también su uso diario.

"Vivo sola, trabajo en un colegio cerca de casa donde como todos los días y donde muchas veces me ducho. Soy una persona austera porque tengo un préstamo que pagar. Pero no puedo entender que por llevar un tipo de vida te sancionen", explica Marta, que señala que lo más irónico de todo es siendo pedagoga terapéutica imparte clase a niños sobre eficiencia energética y la importancia del ahorro en los consumos energéticos. Marta solicitó incluso que técnicos de la Agencia Tributaria visitaran su casa para comprobar todo lo que decía. Pero tras presentar las alegaciones la sorpresa fue todavía mayor.

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Hacienda no solo las rechazó, sino que utilizó las facturas de los electrodomésticos que había enviado para ratificar sus argumentos. En una ingeniosa respuesta el fisco señala que el "frigorífico adquirido, cuya factura se aporta, tiene un consumo mínimo anual de 322 kilovatios, unos 26 mensuales. Estos datos no tienen su reflejo en el consumo real efectuado por el contribuyente en el inmueble que pretende deducir como vivienda habitual". Hacienda también aseguraba que su consumo de agua era bajo. "La Administración motiva sin entrar en detalle y sin especificar qué consumo es lo que considera compatible con una residencia real, efectiva, continuada y permanente en el inmueble, teniendo en cuenta las circunstancias personales de esta declarante: persona soltera, sin cargas familiares y permaneciendo la mayor parte de la jornada fuera de casa. Ha presumido que la existencia de un bajo consumo eléctrico y de agua implica, sin más, que la vivienda no se habita de manera habitual. Y sin admitir el resto de pruebas documentales aportadas en las alegaciones", señala Carmen Herrero, su abogada.

placeholder Marta entregó fotos del estado de sus habitaciones para demostrar que era su vivienda habitual, la única que tiene
Marta entregó fotos del estado de sus habitaciones para demostrar que era su vivienda habitual, la única que tiene

"He aportado certificados de mi trabajo, el colegio, donde dice que como en él y que muchas veces me ducho allí. Paso poco tiempo en casa. Y luego soy una persona austera", insiste Marta. Las alegaciones no sirvieron y la devolución de las deducciones más los intereses de demora (16.111 euros), se han sumado las sanciones, otros 11.084 euros. En total, 27.195 euros. El siguiente paso fue recurrir ante el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR), órgano superior de la Agencia Tributaria. "El pago de las sanciones está paralizado hasta que el TEAR resuelva. Si falla en contra tendremos que ir a los tribunales", señala la letrada.

Marta ha tenido que pedir un préstamo a sus padres y al banco para asumir el pago de los 16.111 euros (deducciones más intereses) que sí le ha exigido Hacienda. "Estoy muy decepcionada. Siempre he sido una persona de principios, ahora me lo cuestiono todo". La indefensión es total, asegura su abogada. "Hay muchos casos y mucha gente no sabe que si no presentas alegaciones en los primeros diez días pierdes ya el derecho a reclamar. De eso se aprovecha Hacienda".

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Por eso la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) es un faro de esperanza. Como ha publicado El Confidencial, Miguel, un vecino de Getafe, que estaba en la misma situación que Marta, ha conseguido que los tribunales le den la razón. El TSJM acaba de anular las resoluciones del TEAR, que había avalado las sanciones que el fisco le puso simplemente por gastar poca luz en casa. Hacienda tiene así que devolverle las deducciones que le quitó. La sentencia es clara y señala que el contribuyente "ha logrado justificar los hechos constitutivos del derecho que pretende hacer valer y que la Administración ha negado indebidamente que la vivienda hubiera sido habitada de manera efectiva y con carácter permanente durante el tiempo pretendido por el actor".

Incluso el Defensor del Pueblo, en su informe de 2017, se ha pronunciado sobre esta cuestión. Aunque se deja claro que es el contribuyente quien debe probar su residencia real, efectiva y permanente en la vivienda adquirida, "es precisamente la valoración de la prueba lo que genera mayor conflictividad. En ocasiones los escasos consumos de energía eléctrica no justifican para la Agencia Tributaria la residencia permanente y efectiva, sin que otras pruebas aportadas por los contribuyentes desvirtúen la conclusión que alcanza la Administración. La agencia no aceptó una recomendación encaminada a dotar de mayor seguridad jurídica esta cuestión estableciendo un listado de los medios de que podría valerse el contribuyente para demostrar su residencia habitual en una vivienda".

Marta Rodríguez tiene 40 años y es profesora en un colegio madrileño. Define como "una auténtica locura" todo lo que le está pasando con Hacienda. La Agencia Tributaria ha decidido quitarle las deducciones que le aplicó en varias declaraciones de la renta porque consume poca luz en casa. Sumando las sanciones que le quiere imponer la cantidad se dispara hasta los 27.125 euros. Ha tenido incluso que recurrir a un préstamo para poder pagar. Lo más esperpéntico es que el fisco ha utilizado el tipo de frigorífico que tiene en su vivienda para ratificar sus argumentos: su piso no es su residencia habitual.

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