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Guía de Madrid Central (III): etiqueta ECO, autónomos con furgoneta, llegar al taller...
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DESPEJAMOS MÁS DUDAS (Y EVITAMOS MULTAS)

Guía de Madrid Central (III): etiqueta ECO, autónomos con furgoneta, llegar al taller...

Ya hay un calendario definitivo. Puedes consultarlo. Más respuestas: desde si trabajas con coche en la zona hasta cómo moverte con un híbrido o llevar tu moto al taller del centro

Foto: Vista de una señal vertical situada en la calle Atocha para advertir de la llegada de Madrid Central. (EFE)
Vista de una señal vertical situada en la calle Atocha para advertir de la llegada de Madrid Central. (EFE)

Vamos con la tercera entrega de la guía definitiva que El Confidencial está elaborando para entender los entresijos de Madrid Central, la superárea de prioridad residencial de 472 hectáreas en la que se restringirá el tráfico privado a partir del 30 de noviembre, con el objetivo de resolver dudas, evitar multas y saber exactamente quiénes podemos circular y estacionar en la almendra central de ahora en adelante. Aquí puedes consultar la primera y segunda publicaciones, en las que ya respondimos preguntas muy recuentes. En esta, además de ahondar en casos concretos, recogemos el calendario definitivo de la puesta en marcha. Esencial para entender los plazos y cuándo empezarán las sanciones.

¿Los coches híbridos o con etiqueta ECO pueden circular?

Los vehículos con etiqueta ECO o híbridos podrán circular por Madrid Central y estacionar en la zona SER un máximo de dos horas.

¿Qué pasa con la calle Bailén? ¿Y el resto de calles limítrofes?

Por Bailén se podrá circular. El acceso y la libre circulación están restringidos en todo el perímetro de Madrid Central a excepción de los siguientes viales: calle Santa Cruz de Mercenado (desde calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá), calle Mártires de Alcalá (desde Santa Cruz de Marcenado a calle Alberto Aguilera), avenida Gran Vía de San Francisco, calle Bailén, calle Algeciras, cuesta Ramón, calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria), calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa).

Foto: Retenciones en la incorporación de la M-30 a la A-1 en Madrid. (EFE)

¿Qué ocurre si no soy residente y llevo mi vehículo o moto a un taller en la zona?

Los vehículos, incluso sin etiqueta medioambiental, podrán entrar a Madrid Central si van a un taller, que informará vía telemática cada día de las matrículas de los vehículos que entren en sus instalaciones.

En cuanto a los talleres: todos tendrán un número determinado de autorizaciones, además de los permisos SER que tenga cada uno en su caso. El taller interesado deberá tramitar diariamente vía telemática dichas autorizaciones (mediante el envío al ayuntamiento de las matrículas). Además, deberá 'registrarse' presentando la documentación acreditativa de la actividad de la empresa y un plano del taller en el que se indiquen los metros cuadrados. Con estos datos, el consistorio calculará la cantidad de autorizaciones que le corresponden.

Foto: Vista de una señal vertical de Madrid Central situada en la Plaza de Cibeles. (EFE)

Llevo un coche con matrícula extranjera

Los vehículos con matrícula extranjera y diplomáticos, al no estar clasificados ambientalmente, deberán acreditar el potencial contaminante del vehículo. En función de la categoría con la que se equiparen estos vehículos, se les aplicarán las normas de acceso correspondientes.

Si ya dispones de una etiqueta medioambiental de otro país, debes preguntar en el ayuntamiento o la DGT a qué etiqueta española equivale tu vehículo y así podrás saber cómo puedes moverte por la almendra central.

Vivo en Navarra y viajo habitualmente a Madrid por trabajo. ¿Tengo que llevar la etiqueta medioambiental puesta?

Sí. El ayuntamiento recuerda que el etiquetado es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por tanto, una clasificación a nivel nacional y no a nivel municipal de Madrid. Así que deberás solicitarla y colocarla en tu vehículo.

Soy residente en Madrid Central. Cuando viajo, alquilo un coche. ¿Puedo entrar y salir con él hasta mi casa?

Sí. No hay problema. Los usuarios de vehículos 'renting' o 'leasing' pueden circular y aparcar en las zonas SER en su barrio y fuera de su barrio (previo pago en el parquímetro). Eso sí: los coches deben llevar el distintivo ambiental (las empresas son las responsables de ello) y el residente debe registrar los datos del coche en la plataforma de Madrid Central especificando los datos que se pidan (matrícula, días que lo tendrá alquilado...).

Foto: Perímetro que abarca la superzona de Madrid central. (EC)

¿Dónde notificamos los residentes nuestros vehículos de alquiler, los invitados que tenemos...?

El ayuntamiento explica que todos estos trámites (invitaciones a residentes, cambios de matrícula...) se deberán hacer por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es. En las próximas semanas, es previsible que el consistorio facilite más detalles y podría haber algún teléfono y alguna otra manera de comunicación. Por el momento, lo mejor es quedarse con la vía 'online' que se habilitará en la web.

Soy autónomo y trabajo haciendo reparaciones en casas de la zona centro. ¿Cómo notifico mi entrada?

Que no cunda el pánico, porque podrás seguir trabajando. Si tienes un turismo (más allá del número de plazas), puedes acceder siempre y cuando tenga puesta la etiqueta medioambiental de la DGT. Ahora bien: si tu etiqueta es C o B, deberás aparcar en un 'parking' o en una plaza de garaje para poder acceder sin resultar multado. Obviamente, si tu etiqueta es CERO o ECO, no tienes problema.

En caso de que tu vehículo sea industrial, puedes acceder en función de la masa máxima autorizada (MMA) dependiendo de los siguientes cuadros:

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¿Las dos horas para invitados son durante el horario de estacionamiento SER o en total?

La invitación que dan las personas empadronadas es para acceder a Madrid Central, sin límite de duración de la estancia. Una vez accedan, para lo cual tienen permiso, podrán estacionar donde estimen oportuno ('parking', garaje, SER…). En caso de que estacionen en una plaza SER en horario del SER, le aplicarán las reglas del SER, por lo que siendo todas las plazas verdes, podrá estacionar hasta un máximo de dos horas. Si estaciona en el SER fuera del horario regulado (sábados a partir de las 15:00 y festivos todo el día) podrá quedarse el vehículo estacionado el tiempo que precise hasta que comience de nuevo el horario regulado.

Voy en moto al trabajo dentro de Madrid Central. Si salgo más tarde de las 22:00, ¿tengo que volver en transporte público?

Si tu moto tiene etiqueta ambiental C o B, me temo que sí: puedes acceder al perímetro de Madrid Central y estacionar desde las 7:00 hasta las 22:00. Si tu etiqueta es CERO o ECO, la cosa cambia: tampoco tienes restricción horaria.

Entonces, ¿no puedo dejar mi moto con etiqueta C aparcada si salgo a cenar, por ejemplo, a partir de las 22:00?

Pues en la calle no. De nuevo: las únicas motos que podrán entrar y estacionar sin limitaciones son las de etiqueta CERO o ECO. Aquellas de clasificación B o C (que es la tuya) podrán acceder entre las 7:00 y las 22:00. Fuera de ese horario pueden hacerlo si estacionan en un 'parking', garaje particular, plaza PAR o reserva de estacionamiento no dotacional.

placeholder Perímetro que abarca la superzona de Madrid Central. (EC)
Perímetro que abarca la superzona de Madrid Central. (EC)

Mi empresa dispone de dos plazas de garaje en Madrid Central que son de uso indistinto para trabajadores. ¿Cómo solicitamos el acceso?

Es posible hacer un cambio de matrícula al día. Los propietarios de una plaza de garaje particular ubicada en la zona de Madrid Central pueden acceder sin problema, siempre y cuando acrediten que la plaza es de su propiedad, como es este caso. A partir del 8 de enero se inicia el periodo de trámites (invitaciones a residentes, cambios de matrícula...) por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es.

Tengo un vehículo diésel matriculado en 2005. Vivo en Torrelodones y tengo un abono para la ópera esta temporada. ¿Puedo acceder al 'parking' de la plaza de Oriente?

No puedes. Si no eres residente-empadronada, es posible acceder a Madrid Central con tu vehículo para estacionar en un 'parking' siempre y cuando tenga la etiqueta B o C.

Soy abonada en el 'parking' de Barceló. ¿Tengo que solicitar un permiso?

Para los 'parkings' de uso público que se den de alta en el sistema de Madrid Central todo sigue como hasta ahora. Esto supone que cualquier persona que aparque su vehículo (siempre con etiqueta ambiental) en la plaza de un 'parking', bien de rotación bien como abonado, no tiene que pedir permiso puesto que es el 'parking' el que diariamente facilitará, como hasta ahora, las matrículas de los vehículos que aparquen.

¿Qué ocurre con los coches históricos de residentes?

La normativa contempla una excepción. Los vehículos de residentes-empadronados en Madrid Central que carecen de etiqueta de la DGT podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, a partir de esa fecha solo podrán hacerlo si se trata de vehículos históricos reconocidos como tal por la DGT.

Atención: el calendario definitivo

El 30 de noviembre entrará en vigor oficialmente el decreto de Madrid Central con aplicación gradual y progresiva, y controles a pie de calle de agentes de Policía y Movilidad. En el consistorio entienden que hay que ir "poco a poco" porque no es sencillo que todo el mundo esté perfectamente informado desde el primer momento. El resto de días señalados son estos:

- Desde finales de octubre, las personas con movilidad reducida y los profesionales que realicen carga y descarga en Madrid Central ya pueden comenzar a darse de alta para obtener permisos. En el caso de las personas con movilidad reducida, pueden solicitarlos en el 010, a través del Twitter del ayuntamiento y en las oficinas de Atención a la Ciudadanía. Por su parte, los vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías pueden hacerlo en las oficinas del ayuntamiento ubicadas en la calle Bustamante 16.

-El 1 de noviembre empieza oficialmente la campaña informativa para llegar "a todo el mundo".

-El 28 de noviembre empezará la petición de autorizaciones puntuales y permisos para trabajadores de Madrid Central con el objetivo de cubrir necesidades en esta fase de entrada en vigor.

- El 8 de enero, una vez transcurrido el periodo navideño, se inicia el periodo de trámites por vía telemática (invitaciones a residentes, cambios de matrícula de PMR, etcétera) que se habilitará en www.madrid.es.

El consistorio asegura que en ese momento estará en disposición de testar que el sistema funciona adecuadamente y comenzarán los dos meses de prueba del sistema de gestión de multas de Madrid Central. Durante este tiempo, se enviarán comunicaciones sin multa económica a las personas que incumplan la normativa. En caso de reiteración, se enviará una segunda carta a los 15 días.

Vamos con la tercera entrega de la guía definitiva que El Confidencial está elaborando para entender los entresijos de Madrid Central, la superárea de prioridad residencial de 472 hectáreas en la que se restringirá el tráfico privado a partir del 30 de noviembre, con el objetivo de resolver dudas, evitar multas y saber exactamente quiénes podemos circular y estacionar en la almendra central de ahora en adelante. Aquí puedes consultar la primera y segunda publicaciones, en las que ya respondimos preguntas muy recuentes. En esta, además de ahondar en casos concretos, recogemos el calendario definitivo de la puesta en marcha. Esencial para entender los plazos y cuándo empezarán las sanciones.

Manuela Carmena Transporte Ayuntamiento de Madrid
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