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La URJC ofrece y cobra títulos en PDF a 12 euros sin ninguna validez para el ministerio
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la universidad lo comercializa desde 2014

La URJC ofrece y cobra títulos en PDF a 12 euros sin ninguna validez para el ministerio

La universidad ha subcontratado con una empresa privada un servicio para que el alumno obtenga un formato electrónico del título en papel que la ley no permite. Lo venden como oficial

Foto: El actual rector de la URJC, Javier Ramos, en rueda de prensa tras estallar el caso máster.
El actual rector de la URJC, Javier Ramos, en rueda de prensa tras estallar el caso máster.

La Universidad Rey Juan Carlos de Madrid ofrece desde octubre de 2014 un tipo de título universitario que el Ministerio de Educación no reconoce. Lo hace a través de una empresa privada, que cobra íntegramente lo que pagan los alumnos, 12,10 euros. Se trata de un título electrónico, bautizado como 'e-título', que, según anunció la universidad el día de su presentación, es "un documento digital que acredita oficialmente que la persona ha superado sus estudios". Sin embargo, la normativa nacional que regula la expedición de títulos universitarios oficiales es clara: no están aceptados los soportes electrónicos. Curiosamente, según ha podido comprobar El Confidencial, desde que se destapó el caso máster de Cristina Cifuentes a finales de marzo, ya no está operativo el enlace en la web de la universidad que permite imprimir la solicitud del ‘e-título’.

En febrero de este año, una alumna ya licenciada de otra universidad se dirigió al Ministerio de Educación para hacer una consulta sobre la "validez y eficacia" del título electrónico que también ofrecía su centro educativo a través de esta misma empresa privada. Pagó la tasa y comprobó que la Rey Juan Carlos había sido pionera en este servicio. Pero cuando lo recibió se dio cuenta de que el PDF que le habían enviado no coincidía exactamente con su título oficial, el de papel. La Subdirección General de Títulos de la Secretaría General de Universidades le contestó a mediados de marzo que el Real Decreto 1002/2010 regula para todo el territorio nacional "los requisitos y el procedimiento para la expedición de títulos".

Foto: El Laboratorio VI, el hangar construido por la universidad. (Imagen: Aviation Group)

El artículo 16 señala con claridad que "los títulos oficiales se expedirán en un soporte documental o físico para el que se establecen los requisitos sobre tamaño, características y prescripciones técnicas y de seguridad". Así lo reflejó el ministerio en su respuesta, que concluía con contundencia: "La vigente regulación no ha previsto, hasta la fecha, la posibilidad de expedir un título oficial en otro soporte diferente del documento en papel".

Según el ministerio, "la vigente regulación no ha previsto, hasta la fecha, la posibilidad de expedir un título oficial en otro soporte diferente del papel"

Es el ministerio, por tanto, quien regula las características técnicas de los títulos universitarios, que a día de hoy se imprimen en una cartulina A-3 que tiene que llevar incorporado el escudo nacional en el ángulo superior izquierdo, una serie alfanumérica y las firmas del rector y del alumno, así como otros elementos y medidas de seguridad. Luego, cada comunidad autónoma tiene potestad para fijar las tasas que pagan los alumnos por expedir su título. En Madrid, el título de doctorado cuesta 229,86 euros; el de máster, 176,27 euros; el de licenciado, arquitecto o ingeniero, 154,32 euros. La diplomatura, la arquitectura técnica o la ingeniería técnica bajan a los 75,38 euros. El decreto de la Comunidad de Madrid de agosto de 2016, que fija estas tasas, no contempla ningún formato electrónico.

placeholder González-Trevijano, exrector de la URJC, cuando juró su cargo de magistrado del TC en 2013. (EFE)
González-Trevijano, exrector de la URJC, cuando juró su cargo de magistrado del TC en 2013. (EFE)

Sin embargo, la Universidad Rey Juan Carlos sí incluyó esta posibilidad cuando licitó a finales de 2012 el contrato para 'el servicio de impresión, personalización y entrega de título oficiales', contrato que fue formalizado en marzo de 2013 con la empresa Signe SA (la única que se presentó al contrato) bajo el rectorado de Pedro José González-Trevijano, hoy magistrado del Tribunal Constitucional. Signe es una empresa madrileña constituida en 1982. Esta compañía, especializada en impresión y artes gráficas, cobra unos precios unitarios por imprimir los títulos en papel. Por ejemplo, un alumno que quiere obtener su título en papel de licenciado paga a la universidad una tasa de 154 euros y esta 15,25 euros a Signe para que imprima el título según los requisitos que marca el Real Decreto 1002/2010.

Pero los propios pliegos del contrato licitado por la Rey Juan Carlos incluían la modalidad de 'título oficial en formato electrónico', que cuesta 12,10 euros, el mismo precio que licitó Signe (por tanto, los 12,10 euros van directamente a la empresa). La universidad ofrece en su página web el 'e-título', que en realidad es una marca patentada por esta empresa. Según anuncia la universidad, "el 'e-título' consta de dos elementos: una copia digital auténtica del título en PDF y un certificado digital, con firma electrónica, con el atributo de la titulación". No hay que confundir titulación con título. La primera hace alusión al plan de estudios y el segundo, a la denominación oficial del título. La Rey Juan Carlos lo publicitó como "una innovación pionera en el sistema universitario español".

Foto: La presidenta madrileña, Cristina Cifuentes. (EFE)

La propia universidad vende las bondades de este formato: "Ahorro económico frente a compulsas y validaciones legales, posibilidad de realizar trámites a distancia frente a administraciones o empresas, en los que haya que presentar garantía de titulación, y concurrencia en los procesos de selección de personal con el 'e-título', como documento acreditativo y con plena validez legal sobre tu titulación". El ministerio señala a El Confidencial que se remite "al artículo 16 del Real Decreto 1002/2010", es decir, que no reconoce los títulos electrónicos. La Consejería de Educación también se ciñe a lo que dice el real decreto, ya que le expedición de títulos es competencia estatal. "El real decreto es claro", explica un portavoz de la Comunidad de Madrid.

Un portavoz de la empresa Signe confirma que los títulos electrónicos no existen todavía en España, y que la terminología que utiliza la universidad es "una confusión semántica". Aunque lo cierto es que en la propia cuenta de Twitter del 'e-título' la empresa habla de "tu título electrónico universitario". Lo que realmente está ofreciendo Signe es "una copia digital auténtica del título universitario", recalca su portavoz. El problema es que el concepto legal de copia auténtica (y no el de copia digital auténtica, como recoge la URJC en el pliego) viene regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, 'del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas'. Y esta ley también es clara y atañe a las universidades públicas.

placeholder Ejemplo de 'e-título' que envía en formato electrónico la empresa Signe. No incluye la firma del alumno.
Ejemplo de 'e-título' que envía en formato electrónico la empresa Signe. No incluye la firma del alumno.

El artículo 27 de esta ley especifica la definición de copia auténtica, realizada por los órganos competentes de las administraciones públicas. Y lo más importante, "las copias electrónicas de documentos en soporte papel susceptible de digitalización requerirán que el documento haya sido digitalizado y deberán incluir los metadatos que acrediten su condición de copia y que se visualicen al consultar el documento". Es decir, la copia auténtica de un título en papel requiere una digitalización, que el alumno lleve físicamente su documento y la Administración lo reproduzca. Según la ley, "se entiende por digitalización el proceso tecnológico que permite convertir un documento en soporte papel o en otro soporte no electrónico en un fichero electrónico que contiene la imagen codificada, fiel e íntegra del documento". Fiel e íntegra.

Un portavoz de Signe admite que su copia auténtica no es una copia del documento, "sino una copia de los datos". La propia empresa ha utilizado varias denominaciones para su 'e-título': "copia electrónica auténtica", "copia digital auténtica" o "documento electrónico académico". También hay diferencias físicas notables entre el título oficial en papel y lo que se envía en PDF. En el 'e-título' que recibió la alumna, figura además una anotación que dice: "Este documento fue impreso con anterioridad a la solicitud del 'e-título', por lo que ha sido reconstruido con fines documentales. Aunque su aspecto puede variar con la versión impresa, los datos en él reflejados son veraces".

placeholder Algunas de las universidades que ofrecen el 'e-título', según la publicidad de la empresa Signe.
Algunas de las universidades que ofrecen el 'e-título', según la publicidad de la empresa Signe.

La alumna que se quejó señalaba que en ese PDF faltaban su firma, la firma manuscrita del responsable de títulos y la imagen del sello oficial. En cambio sí aparecía "una imagen imitando un sello lacrado con un texto con la inscripción 'e-título". Es decir, la marca comercial. Hay que recalcar que los elementos que sí figuran en un título en papel y que en cambio no figuran en el PDF son de obligado cumplimiento, según el Real Decreto 1002/2010.

La clave, la misma validez y eficacia

Pero lo más importante es que la ley especifica que "las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales". Signe señala en su web que "tiene la misma validez legal que tu título". ¿Y tiene el 'e-título' la misma validez legal que un título oficial en papel? El portavoz de Signe asegura que los 'e-títulos' tienen "base legal" y "validez jurídica", aunque reconoce que "en su momento, el ministerio, con buen criterio, dijo 'oye, esto no puede ser', porque no puede existir un título electrónico. Es que esto no es un título electrónico, porque no existe. Esto es una copia".

Signe confirma que los títulos electrónicos no existen en España, y que la terminología que se utiliza es "una confusión semántica"

Según el artículo 27. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común (LPA), “tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. Las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales.”

Según Signe, "en aras a lograr una eficiencia en el uso de los recursos públicos, no cabe duda de que este servicio puede ser prestado recurriendo a la externalización, siempre de acuerdo a las exigencias legales del citado artículo 27 LPA. En este sentido, las universidades españolas han potenciado el uso de un servicio que facilite la creación de la copia electrónica auténtica de los títulos físicos. Esta copia se elabora a partir de los datos facilitados en un fichero proporcionado por la universidad, sin que sea necesario digitalizar el título físico, tal y como reconoce la LPA".

Pero lo cierto es que el 'e-título' o título electrónico no tiene la misma validez que un título oficial, por mucho que así lo digan la empresa y la universidad. Por ejemplo, un alumno no puede usar el 'e-título' en la documentación que le exigen para acreditar sus estudios si se presenta a determinadas oposiciones. Y tampoco se lo coge el ministerio si un licenciado o diplomado quiere legalizar su título de cara al extranjero. Este procedimiento consiste, principalmente, en el reconocimiento de firmas por parte del ministerio, pero la realidad es que al no haber sido digitalizado el original, la copia digital auténtica en PDF suministrada al egresado no tiene las firmas manuscritas del estudiante ni del responsable de títulos de la universidad, tal y como sí se exige en el original en papel, por lo que el ministerio no puede aplicar el procedimiento de legalización. Entonces, el 'e-título' no tiene la misma validez legal que el título oficial.

El portavoz de Signe reconoce que, "en cuanto a la copia auténtica, es potestad de cada entidad admitir o no el documento, en función del nivel de seguridad que requiera el trámite para el que se solicita la acreditación. Pero, por supuesto, a efectos de legitimación, no puede sustituir en ningún caso al original con carácter general, lógicamente, porque por ejemplo para efectuar la compulsa de un original, se requiere el original". Más claro, agua.

Foto: La presidenta madrileña, Cristina Cifuentes. (EFE)

Signe recalca que el 'e-título' tiene varios elementos. "Y en cuanto al certificado digital, su firma electrónica es admisible en cualquier institución, al estar emitido por un prestador de servicios de certificación cualificado, inscrito en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. Signe es una autoridad de certificación, una imprenta de seguridad. Hemos adaptado nuestros procedimientos al reglamento eIDAS". Aunque actualmente cualquier ciudadano que disponga de un DNI o NIE puede solicitar de forma gratuita un certificado a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre con todas las garantías legales.

Juan José Moreno es diputado socialista en la Asamblea de Madrid y portavoz en materia de educación. Fue director general de Política Universitaria en el Gobierno de Zapatero y vicerrector en la Universidad Politécnica de Madrid y tiene clara su opinión sobre este título electrónico. "Tiene muy poca validez. Un alumno no puede ir con él a ningún sitio. En todo caso, se lo pueden aceptar empresas privadas. Y si lo venden como título oficial, tanto la empresa como la universidad no están diciendo la verdad al estudiante".

placeholder Publicidad del 'e-título'.
Publicidad del 'e-título'.

En este sentido, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León también acaba de despejar dudas al respecto en un reciente fallo del 8 de febrero sobre un recurso presentado por una empresa competidora de Signe en un contrato licitado por la Universidad de Salamanca. La recurrente, la firma Didoseg Documentos, cuestionaba algunos puntos del pliego, y entre ellos alegaba que "la copia digital auténtica no es un título en formato electrónico, es una prestación de servicio accesoria del contrato principal". El tribunal desestimó el recurso, pero dejó claro en ese punto concreto que una vez analizados los pliegos debe reconocerse que en ningún momento se contempla en ellos "que la copia digital auténtica del título original tenga un valor legal en sí mismo", ya que en realidad la copia digital de un título universitario tiene que cumplir lo establecido en el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Signe encargó a un perito privado, Ignacio Alamillo, dos informes de 27 páginas que aseguran que avalan la viabilidad del 'e-título'. Desde Signe insisten en que "cuando se lleva a cabo una subcontratación de determinados servicios por parte de la Administración pública, es la Administración la que está llevando a cabo ese servicio. Y las administraciones tienen una responsabilidad a la hora de validar que se lleva a cabo ese servicio, pero no tienen por qué llevar a cabo la ejecución de ese servicio cuando no tienen los medios adecuados para hacerlo, porque entonces cada una de las universidades tendría que establecer autoridades de certificación y esto encarecería el coste del servicio de manera absurda".

Foto: Un cartel pegado en la Universidad Rey Juan Carlos. (EFE)

"El ministerio se quedó conforme con nuestra explicación. Aunque entendemos que puede haber confusiones semánticas. Desde el punto de vista técnico, la copia está bien realizada. En este caso, no es una copia del documento sino de los datos que van en él. Nosotros no cogemos el título, cogemos los datos. No estamos haciendo títulos electrónicos sino una copia auténtica del título. Cumple la ley", concluyen desde Signe. Este diario ha intentado sin éxito hablar con la Universidad Rey Juan Carlos, sobre todo para conocer cuántos 'e-títulos' ha emitido. Signe tampoco quiere dar ese dato.

A finales de abril, Signe señalaba en su web que había emitido 58.902 'e-títulos' en toda España, ya que ofrece este formato en otras universidades madrileñas (como la Complutense y la Politécnica). En total, en una veintena de universidades españolas. En cuanto al sistema de cobro, la web de la Rey Juan Carlos especifica que "el negociado de títulos tramitará la solicitud y te remitirá la carta de pago para que puedas realizar el ingreso, requisito imprescindible para lanzar el proceso". Es decir, que los 12,10 euros los paga el alumno a la universidad y esta a la empresa.

A finales de abril, Signe señalaba en su web que había emitido 58.902 'e-títulos' en toda España

Otro aspecto que llama la atención es que en la página web de la Rey Juan Carlos donde se solicita la expedición del 'e-título' la universidad utiliza este concepto en vez de "título oficial en formato electrónico", tal y como se establece en el pliego y en el documento de formalización de contrato. La realidad es que 'e-título' es una marca patentada por la firma Signe, e incluso en la información adicional, la universidad reconoce que el 'e-título' es un producto desarrollado por Signe y remite a la web de la empresa.

La estudiante que se quejó al ministerio señalaba que al consultar el sistema de legalización de su título para ir al extranjero, el procedimiento incluía la legalización de las firmas de su título oficial y el ‘e-título’ que le enviaron no las contenía, "excepto la del rector, que está preimpresa". La estudiante reflejaba sus dudas. "Como ciudadana, usuaria de un servicio público, me veo en la obligación de denunciar estos hechos, ya que considero que son un fraude para el administrado".

La Universidad Rey Juan Carlos de Madrid ofrece desde octubre de 2014 un tipo de título universitario que el Ministerio de Educación no reconoce. Lo hace a través de una empresa privada, que cobra íntegramente lo que pagan los alumnos, 12,10 euros. Se trata de un título electrónico, bautizado como 'e-título', que, según anunció la universidad el día de su presentación, es "un documento digital que acredita oficialmente que la persona ha superado sus estudios". Sin embargo, la normativa nacional que regula la expedición de títulos universitarios oficiales es clara: no están aceptados los soportes electrónicos. Curiosamente, según ha podido comprobar El Confidencial, desde que se destapó el caso máster de Cristina Cifuentes a finales de marzo, ya no está operativo el enlace en la web de la universidad que permite imprimir la solicitud del ‘e-título’.

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