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Victoria judicial de Cifuentes frente a OHL: no tendrá que pagar por el tren a Móstoles
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Victoria judicial de Cifuentes frente a OHL: no tendrá que pagar por el tren a Móstoles

El TSJM ha desestimado la pretensión de Cemonasa, filial de OHL, de resolver el contrato de construcción y explotación de la obra, paralizada desde 2010. La constructora reclamaba 370 millones

Foto: La presidenta Cifuentes
La presidenta Cifuentes

Primera victoria del Gobierno de Cristina Cifuentes en la guerra judicial que mantiene con la constructora OHL. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Móstoles en el procedimiento que ambas Administraciones mantienen con la empresa concesionaria que iba a llevar el tren de Cercanías a Móstoles y Navalcarnero, obras paralizadas en 2010. Los jueces han desestimado la pretensión de Cemonasa, filial de OHL, de resolver el contrato de proyecto, construcción y explotación de la citada obra pública al entender que ninguno de los motivos aducidos para ello está justificado.

Una vez desestimadas las pretensiones de la empresa y ante la falta de resolución del contrato, el TSJM no se pronuncia sobre la solicitud de indemnización por parte OHL, más de 300 millones de euros. Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante la misma Sala. La constructora del Grupo Villar Mir reclamaba al Ejecutivo autonómico 371 millones de euros. Por su parte, la Comunidad de Madrid, como ya adelantó este diario, también reclama una cantidad millonaria a OHL por incumplimiento de contrato.

Foto: Uno de los túneles abandonados de las obras fallidas del tren a Navalcarnero. (Foto: PSOE de Navalcarnero)

El TSJM entiende además que tampoco está justificada la reclamación de 50 millones que Cemonasa hacía al Ayuntamiento de Móstoles, el pago al que se había comprometido el municipio a cambio de las obras de soterramiento de las vías a su paso por la localidad, ya que las citadas obras no se llevaron a cabo en el plazo de cuatro años desde la firma del convenio de colaboración. La sentencia aclara en este sentido que resulta "impensable considerar que el Ayuntamiento de Móstoles venía obligado a aportar la nada considerable cantidad de 50 millones de euros a fondo perdido sin contraprestación alguna por parte del concesionario".

"Es evidente que el Ayuntamiento de Móstoles incumplió con la obligación de transferir dicha cantidad, pero la concesionaria también ha incumplido con sus obligaciones de soterrar las vías desde el cruce de la carretera A5 hasta la estación de Móstoles Central y a la prolongación del ferrocarril; obras que era necesario ejecutar para poder reclamar el pago de los 50.000.000 de euros que el citado Ayuntamiento se había comprometido a abonar, precisamente, en concepto de incremento de coste de producción por dichas causas, para que el nuevo trazado con soterramiento no supusiera ningún gravamen o perjuicio económico ni para la Comunidad de Madrid, ni para el concesionario ni para los futuros usuarios del transporte ferroviario. En consecuencia, la mencionada entidad no venía obligada al pago de unas obras que no habían sido realizadas y que se encontraban paralizadas unilateralmente sine die por el concesionario con anterioridad al vencimiento del plazo para su abono".

placeholder Uno de los túneles abandonados de las obras fallidas del tren a Navalcarnero
Uno de los túneles abandonados de las obras fallidas del tren a Navalcarnero

En la misma línea, los jueces desestiman las otras dos alegaciones presentadas por la concesionaria: la existencia de un desistimiento tácito de la Comunidad de Madrid a la ejecución del contrato y la existencia de modificaciones al proyecto que incrementaron en más del 20% el coste inicial del contrato, lo que supone una modificación sustancial del mismo. En el primero de los casos, el TSJM concluye que no existe un desistimiento, ni expreso ni tácito de la Administración respecto a la ejecución del contrato, como se deduce de los numerosos requerimientos que se dirigieron a la empresa concesionaria para que reanudase las obras tras paralizarlas en enero de 2010 de forma unilateral por falta de financiación.

En relación a la segunda, los jueces recuerdan que "en los casos de modificación del contrato en más de un 20% del presupuesto inicial, el derecho de opción del contratista ha de ejercitarse con anterioridad a su ejecución, por cuanto que si las obras han sido ya realizadas hay una conformidad tácita con la modificación contractual, por lo que carece de sentido solicitar la resolución del contrato con base a dicho motivo".

Foto: La tuneladora trabajando en el túnel de Cercanías de Móstoles y Navalcarnero.

Cemonasa entró en liquidación en mayo de 2017 y en junio de ese año acudió a los tribunales para reclamar a la Comunidad de Madrid 371 millones de euros en concepto de responsabilidad patrimonial de la administración (RPA) por la extinción, en su opinión irregular, del contrato de concesión. La constructora quería que se le indemnizara por los costes por la expropiación de terrenos, la ejecución de obras y la compra de bienes necesarios para la explotación. El Ejecutivo de Cifuentes, por contra, piensa todo lo contrario y cree que es Cemonasa quien no ha cumplido con lo firmado y le reclama a su vez una cantidad cercana a los 300 millones de euros.

Primera victoria del Gobierno de Cristina Cifuentes en la guerra judicial que mantiene con la constructora OHL. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Móstoles en el procedimiento que ambas Administraciones mantienen con la empresa concesionaria que iba a llevar el tren de Cercanías a Móstoles y Navalcarnero, obras paralizadas en 2010. Los jueces han desestimado la pretensión de Cemonasa, filial de OHL, de resolver el contrato de proyecto, construcción y explotación de la citada obra pública al entender que ninguno de los motivos aducidos para ello está justificado.

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