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Un pederasta español condenado a 72 años se fuga antes de escuchar la sentencia
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posiblemente se encuentra en japón

Un pederasta español condenado a 72 años se fuga antes de escuchar la sentencia

La Audiencia Provincial de Madrid ordena su busca y captura internacional en el segundo esperpento judicial que protagoniza el tribunal en relación con este caso

Foto: Imagen de archivo de una pintada en contra de la pedofilia. (EFE)
Imagen de archivo de una pintada en contra de la pedofilia. (EFE)

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid se ha lucido en cada una de las decisiones que ha tomado alrededor del caso del pederasta ciclista de Valdemoro. La sala condenó el pasado 4 de febrero a 72 años de prisión al monitor de ciclismo Javier G-V. S. por nueve delitos continuados de utilización de menores de 13 años para elaborar material pornográfico, dos delitos contra la intimidad, tres más de abuso sexual sobre estos chicos, cuatro de exhibición de material pornográfico y uno más de posesión. El acusado, sin embargo, no ingresará en prisión, al menos de momento.

El tribunal emitió 10 días después de la resolución una orden de busca y captura internacional para localizar al monitor, que se encuentra en paradero desconocido, dado que no había comparecido cuando se le citó para entregarle la sentencia. El prófugo, que está siendo ya buscado por las fuerzas de seguridad del Estado y por la Interpol, podría estar en Japón, según han explicado desde la Policía.

La situación de fuga en que se encuentra el condenado, sin embargo, no es el único aunque sí el último esperpento judicial que ha rodeado a esta causa, puesto que la Sección Quinta de la Audiencia Provincial ya dejó en libertad al entonces acusado después de anular la orden de registro que llevó a la Policía a descubrir todos los delitos en los que había incurrido el profesor de ciclismo.

El tribunal ha emitido también una orden de busca y captura para localizar al monitor, que se encuentra en paradero desconocido

La sala argumentó entonces que la "mera posesión" de pornografía infantil que los investigadores tenían contrastado que el monitor tenía en su casa no era motivo suficiente para entrar a registrar el domicilio. "No cabe duda -argumentó la sentencia de la Sección Quinta- de que ese comportamiento es merecedor del reproche penal, pero no puede hablarse de unos hechos delictivos graves, sobre todo cuando no consta que el acusado estuviera compartiendo" esos archivos.

La Fiscalía recurrió la decisión de la Audiencia Provincial al entender que ese nuevo criterio judicial ponía en peligro decenas de investigaciones puestas en marcha por la Policía contra presuntos pederastas. El Ministerio Público consideró que sí era suficiente con que hubiera indicios de que el investigado tenía material de pornografía infantil para entrar a conseguir más pruebas. Argumentó que posteriormente en el domicilio se vio que las sospechas no eran infundadas, ya que la Policía se incautó de vídeos y fotos grabados por el propio ciclista que sí suponían pruebas de cargo suficientes contra él y que la Sección Quinta anuló por entender que habían sido conseguidas tras una autorización judicial invalidada.

El Tribunal Supremo admitió a trámite el recurso de la Fiscalía y dio la razón al Ministerio Público. Anuló la decisión de la Audiencia Provincial, validó la entrada y registro en el domicilio del acusado y obligó a la Sección Quinta a tener en cuenta las pruebas encontradas en la casa. Fue entonces cuando el tribunal se puso a trabajar y a redactar la sentencia que ahora acaba de dictar. Sin embargo, ya parece que era tarde. En el momento de notificar el fallo al ya condenado, este no se presentó en la sede judicial.

La sala trató de localizarlo, pero nadie puede dar cuenta de su paradero, por lo que la Sección Quinta no ha tenido más remedio que cursar una orden de busca y captura para ingresar inmediatamente en prisión. En caso de ser atrapado, el monitor cumplirá 20 de los 72 años a los que ha sido condenado -la Fiscalía pedía 90-, dado que el artículo 76.1 del Código Penal fija el tiempo máximo de cumplimiento en un tercio del tiempo que se imponga por la pena más grave en que haya incurrido.

Sobre la persona de Javier G-V. S. también pesaba otra condena impuesta en septiembre de 1994 por delitos sexuales por el Juzgado de lo Penal número 14 de Madrid. Este último le condenó a cuatro meses de arresto mayor y multa por delito contra la libertad sexual. La pena, sin embargo, quedó posteriormente suspendida.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid se ha lucido en cada una de las decisiones que ha tomado alrededor del caso del pederasta ciclista de Valdemoro. La sala condenó el pasado 4 de febrero a 72 años de prisión al monitor de ciclismo Javier G-V. S. por nueve delitos continuados de utilización de menores de 13 años para elaborar material pornográfico, dos delitos contra la intimidad, tres más de abuso sexual sobre estos chicos, cuatro de exhibición de material pornográfico y uno más de posesión. El acusado, sin embargo, no ingresará en prisión, al menos de momento.

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