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Sin escapatoria judicial: el Supremo obliga a Audasa a devolver los peajes durante las obras en Rande
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116 horas de circulación interrumpida

Sin escapatoria judicial: el Supremo obliga a Audasa a devolver los peajes durante las obras en Rande

El alto tribunal confirma la condena a la concesionaria de la principal autopista gallega. Al día pasan por el tramo afectado cerca de 60.000 conductores

Foto: Vista de la AP-9 a su paso por Vigo. (EFE/Salvador Sas)
Vista de la AP-9 a su paso por Vigo. (EFE/Salvador Sas)

La maniobra judicial le ha servido para ganar tiempo, pero no dinero. Se mantiene firme la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a Audasa, concesionaria de la principal autopista gallega, a devolver los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande, cuando se repitieron atascos kilométricos que no evitaron el paso por caja a ninguno de los casi 60.000 conductores que atraviesan el tramo diariamente. El fallo del alto tribunal, del 17 de octubre, fue objeto de una petición de nulidad por la concesionaria, en lo que los demandantes interpretaron como una maniobra dilatoria. Si ese era su objetivo, ha sido por poco tiempo: el TS acaba de inadmitirlo, lo que despeja el camino para la devolución de las cantidades cobradas irregularmente.

La Sala de lo Civil del Supremo despeja cualquier duda, al sostener en su auto que "la controversia ya está resuelta". La Sala descarta vulneración alguna de los derechos fundamentales de la empresa –actualmente en manos del fondo de pensiones holandés APG, a través de su filial Itínere Infraestructuras–, lo que valida la sentencia firme que obliga a devolver los importes cobrados irregularmente. Esta práctica, considerada abusiva por el tribunal, abre una nueva interpretación para las concesionarias de autopistas de pago en su política de cobros, en los casos en los que las incidencias repercuten en la calidad del servicio.

Los sucesos que ha estudiado el Supremo, como consecuencia de una causa iniciada a partir de actuaciones impulsadas por la Fiscalía de Pontevedra, se remontan a la segunda mitad de la pasada década, cuando la ampliación del puente vigués provocó múltiples y reiterados atascos. No todos los conductores presentaron reclamación. Aunque fueron en torno a 77 millones los tránsitos de vehículos en el período señalado, la causa judicial solo reconoció 81 incidencias por obras en el viaducto. El auto judicial llamaba a personarse en el proceso a quienes tuvieran la condición de perjudicados, pero la demanda se concretó fundamentalmente a través de la asociación En-Colectivo. La empresa ha habilitado un buzón especial de reclamaciones, que deberán estar sustentadas por justificantes del pago del peaje durante las incidencias admitidas.

El puente de Rande sobre la ría de Vigo es una infraestructura que une esta ciudad con la populosa comarca de O Morrazo y con la capital provincial, Pontevedra. Pese a carecer de alternativas gratuitas equiparables, solo están exentos de pago los movimientos directos entre Vigo y O Morrazo. La obra de ampliación, consistente en la construcción de un tercer carril exterior en cada sentido, se prolongó durante más de tres años, entre febrero de 2015 y junio de 2018, y provocó cerca de 7.000 minutos o 116 horas de circulación interrumpida, según la sentencia, aunque la Dirección General de Tráfico (DGT) contabilizó casi hasta 202 episodios de distinta intensidad, frente a los 81 reconocidos judicialmente.

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La ampliación fue un negocio redondo para la concesionaria, que financió las obras con 350 millones de euros, intereses incluidos, a cambio de una subida de todas sus tarifas de un 1% anual acumulativo durante veinte años, que se suma a los incrementos ordinarios establecidos en función del IPC. Audasa explota la AP-9 al amparo de una prórroga aprobada en 2000 por el Gobierno de José María Aznar que la Comisión Europea considera ilegal, al entender que se trató de una ampliación encubierta no sometida a licitación pública, como exige el derecho comunitario. El procedimiento de infracción podría acabar llevando a España ante el Tribunal de Justicia de la UE.

La asociación En-Colectivo, que aglutina la defensa de los afectados, valoró la decisión del tribunal de forma "muy positiva y esperanzadora", aunque teme que Audasa presente un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para agotar hasta el límite sus posibilidades judiciales. Los reclamantes consideran que la concesionaria emprenderá así otra "maniobra dilatoria" a la que vaticinan escasas posibilidades de éxito, ante una resolución judicial que consideran "clara y ejecutiva". El último pronunciamiento del Supremo "envía un mensaje claro: las sentencias están para cumplirse y los derechos de los ciudadanos deben ser respetados", opina el portavoz de En-Colectivo, Diego Maraña.

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Esa claridad la atribuyen los afectados a la resolución ahora ratificada. "El usuario paga y cumple, y la concesionaria no", señaló en su fallo el alto tribunal, que afeó a Audasa que cobrase íntegramente el peaje a los usuarios aun cuando la circulación no fluía y la seguridad del tráfico no estaba garantizada como corresponde a una autopista de pago. La sentencia también reprocha a Audasa que, lejos de rebajar el peaje por las incomodidades, lo incrementó el 1 de enero de 2018 después de una inauguración que le habilitaba para hacerlo, pero que los jueces confirman como precipitada, ya que las obras no concluirían hasta seis meses más tarde.

La maniobra judicial le ha servido para ganar tiempo, pero no dinero. Se mantiene firme la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a Audasa, concesionaria de la principal autopista gallega, a devolver los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande, cuando se repitieron atascos kilométricos que no evitaron el paso por caja a ninguno de los casi 60.000 conductores que atraviesan el tramo diariamente. El fallo del alto tribunal, del 17 de octubre, fue objeto de una petición de nulidad por la concesionaria, en lo que los demandantes interpretaron como una maniobra dilatoria. Si ese era su objetivo, ha sido por poco tiempo: el TS acaba de inadmitirlo, lo que despeja el camino para la devolución de las cantidades cobradas irregularmente.

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