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Prohibido escolarizar en casa: condenan a los padres por "limitar las oportunidades vitales" de su hijo
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EL 'HOMESCHOOLING' NO ES LEGAL

Prohibido escolarizar en casa: condenan a los padres por "limitar las oportunidades vitales" de su hijo

Es "un perjuicio grave y flagrante al menor", recoge la sentencia de lo Penal de Vigo. Advierte de los "problemas de relación" de un niño de 9 años "apartado de sus iguales y del mundo"

Foto: Imagen de un niño haciendo deberes. (CC/Pixabay)
Imagen de un niño haciendo deberes. (CC/Pixabay)
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Lo que los norteamericanos llaman homeschooling o escolarizar en casa no tienen un encaje legal en España. Es lo que recuerda la jueza del Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo a unos padres de Gondomar (Pontevedra) a los que acaba de condenar por “limitar las oportunidades vitales” de su hijo.

Condena a ambos progenitores a pagar una multa de 1.080 euros cada uno por haber privado a un niño de 9 años de una educación regular en un centro de su entorno con otros compañeros de su misma edad, al tiempo que le imponían las actividades (entre ellas, meditación) en función “de sus propios intereses”. La sanción total a la pareja es de 2.160 euros por incumplir la obligatoriedad de escolarizar al menor, que por su edad ya debería estar cursando 4º de Educación Primaria.

La condena llega después de un proceso previo en Instrucción por un delito de abandono de familia, tal y como lo calificó la Fiscalía.

El niño había pasado antes por varios centros educativos de la zona, al sur de Vigo, cuatro en seis años, pero ninguno pareció convencer a los padres que, “de común acuerdo”, recoge la sentencia, e incumpliendo “consciente y deliberadamente sus deberes para garantizar debidamente la formación integral y la educación”, procedieron a “desescolarizar” al niño que sí estaba matriculado para el curso 24/25.

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Lo hicieron con la intención de educarlo en casa, señala la juez, que les afea que ni siquiera se ampararon en “un sistema educativo externo alternativo al oficial”. Y lo hicieron a sabiendas de que la Inspección Educativa de la Xunta, el 21 de octubre del 2024, les había denegado la solicitud de “desescolarización” que habían planteado y de los apremios de la asistencia social, que también intervino ante el absentismo escolar del niño. Ignoraron, además, las advertencias de la Fiscalía de Menores, que los citó expresamente para advertirles de las consecuencias penales de sus actos.

La educación en casa no es legal

Con todo, persistieron en su empeño de dejar a su hijo en casa muy a pesar, dice la sentencia condenatoria, “de las flagrantes carencias” de esa supuesta educación “sin la mínima capacitación ni adaptación, adecuación o control externo al sistema curricular”.

Lo hacían, según explicaron ellos mismos por escrito, porque detectaban en la escuela “problemas sistémicos que no se ajustan a nuestra forma de pensar” mientras elogiaban su propia pseudometodología como “muy beneficiosa en todos los sentidos”, argumentó el padre, que declaró ser ingeniero, mientras que la madre (Bachiller), asumió el mismo discurso. Adujeron que la escuela causaba ansiedad al menor y les disgustaba la existencia de dispositivos digitales.

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La juez, en una sentencia clara y contundente, falla que los padres comprometen el progreso académico del niño, su capacidad para promocionar a la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y en definitiva, “limitan sus oportunidades vitales” y su desarrollo personal, social y profesional.

“La educación en casa no es una opción legal en España y es incuestionable que los padres que no escolarizan a sus hijos la incumplen”, sentencia la juez. La condena para ambos progenitores es de 10 meses de multa a razón de seis euros diarios.

Geometría vs. meditación

Mientras otros niños de su misma edad avanzaban en Matemáticas y Lengua con fracciones, geometría, gramática y ortografía, el menor todavía estaba atascado en sumas/restas y caligrafía, de acuerdo al dosier (Proyecto Educativo Individual) aportado por sus padres a modo de defensa, y que una perito externa calificó de deficiente.

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Para justificar su persistencia en no llevar al niño al colegio, lo anotaron en una academia para una hora semanal de Lengua y Matemáticas aunque no consta si asistió o no, y contemplaban como educativas actividades como “recoger castañas, navegar en moto de agua o una salida a las islas Cíes” en una “confusión de la vida familiar y la escolar”, como señala la magistrada, que les reprocha una enseñanza doméstica basada “en criterios personales e ideas propias” sin métodos mínimamente solventes.

Hubo negligencia en la educación e incumplimiento en los deberes asistenciales básicos”, concluye la sentencia. La condena es para los padres y el perjuicio, para el niño, ya lastrado por “una falta de competencia para el grado en el que se halla”. Aún no es firme y puede ser recurrida, en apelación, ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Lo que los norteamericanos llaman homeschooling o escolarizar en casa no tienen un encaje legal en España. Es lo que recuerda la jueza del Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo a unos padres de Gondomar (Pontevedra) a los que acaba de condenar por “limitar las oportunidades vitales” de su hijo.

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