El eólico sale del limbo jurídico: el TS avala a la Xunta (y sienta precedente para otras regiones)
Galicia suma "4.000 megavatios (MW) judicializados" en 64 proyectos paralizados cautelarmente por el TSXG. El Supremo acaba de fallar que la tramitación autonómica era correcta. Los ecologistas se encomiendan al tribunal de la UE
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El embrollo de la energía eólica en Galicia ha durado más de 15 años y se gestó en cuatro pasos. Primero: los desarrolladores presentaban un proyecto. Segundo, la Xunta evaluaba y autorizaba (o no). Los colectivos vecinales o ecologistas lo recurrían en los juzgados y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en la mayoría de los casos, acordaba su suspensión cautelar “ante el riesgo de daños irreparables al medio ambiente”.
No han sido uno ni dos casos. En el alto tribunal gallego llegaron a acumularse más de un centenar de pleitos pendientes -eran 130 a finales del 2024-, tanto que resultaba complicado llevar la cuenta exacta, y la cuestión, conocida en el argot jurídico como prejudicialidad casacional, escaló hasta el Tribunal Supremo para que se pronunciase de una.
El Alto Tribunal acaba de hacerlo en dos sentencias -Sección quinta de la Sala III- del 21 de marzo que avalan la tramitación ambiental de la Xunta de Galicia y despejan el camino a 64 proyectos atascados de distintas firmas que apostaron por invertir en energías verdes en la comunidad. Sentaría, además, un precedente jurídico para otras regiones.
En este gran atasco del eólico se combinaron varios factores. Por un lado, la ubicación de algunos de estos nuevos parques de molinos en sierras y zonas naturales consideradas sensibles por los ecologistas propiciaron que se pusiera en cuestión si las garantías ambientales eran suficientes y las pertinentes. También, si procedía la reducción de los plazos -de 30 a 15 días- y la exposición pública de los informes sectoriales.
El TS avala la tramitación y niega la fragmentación irregular de eólicos
Los recursos, empujados, entre otras plataformas y entidades por Adega, asociación de defensa ecológica en la órbita del nacionalismo gallego, también planteaban que si varios parques compartían el mismo sistema de evacuación energética podría responder a una partición irregular para sortear la normativa ambiental.
El Supremo ha sentenciado que no. “El hecho de que dos o más instalaciones de parques eólicos compartan instalaciones de conexión no comporta, ineludiblemente, que debamos considerar la existencia de un único proyecto a efectos de su evaluación medioambiental”, señala el TS. También revoca la sentencia del tribunal gallego que paralizó el parque de Campelo (A Coruña) “y confirma la legalidad del acuerdo administrativo que lo autorizó”.
Precedente para otras CCAA
El Alto Tribunal también desestima la pretensión del TSXG de retrasar su fallo a la espera de que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) al respecto de una triple cuestión prejudicial planteada por Adega sobre este parque que Greenalia impulsa en Campelo -entre Santa Comba y Coristanco-, junto a otros en Monte Toural y Bustelo (A Coruña).
Desde la Administración gallega sostienen que el TSXG es “el único de España que ha manifestado dudas sobre la adecuación al derecho comunitario de la Ley 21/2013” y advierten de que la cuestión prejudicial planteada, que gira en torno a la legislación ambiental, también tendría consecuencias sobre los proyectos en otras comunidades que requieren de evaluación ambiental.
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La conselleira de Economía de Galicia, María Jesús Lorenzana, celebró que el TS valide "la adecuada tramitación". "Cuánta más energía eólica se desarrolle, más posibilidades habrá de abaratar la factura eléctrica", añadió.
"4.000 MW en el juzgado"
El runrún de litigios, charlas informativas, marchas y concentraciones convocadas por distintos colectivos y plataformas contra los parques proyectados en la última década alimentó la oposición social, muy especialmente contra los llamados “macro eólicos”, que superarían los 200 metros de altura.
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Enfrente, la preocupación que exhibía la Administración gallega y el nerviosismo de la patronal del sector (Asociación Eólica de Galicia), que veía peligrar las inversiones y alertaba de las consecuencias para la industria regional ante la urgencia de descarbonizar la economía la apostar por otra política energética compatible con el desarrollo. En Galicia, de acuerdo a los datos de AEG, hay 190 parques con 3.900 megavatios de potencia en activo y otros “4.000 judicializados”.
Con todo, desde la patronal gallega contienen la euforia ante el pronunciamiento del Supremo y apuestan por la “cautela” y reclaman “certezas y seguridad jurídica”. “Es un paso más, pero debemos esperar que se pronuncie la UE”, manifestaron.
El juez que quiso ser presidente
Uno de los tres magistrados que integraban la sección tercera de la Sala del Contencioso-Administrativo del TSXG es Luis Villares Naveira (Lugo, 1978). Fue el candidato de En Marea a la presidencia de la Xunta en 2016, en la amalgama de siglas en las que se aglutinaron el Podemos de Pablo Iglesias, Yolanda Díaz -entonces en IU- y los nacionalistas del BNG que siguieron a Xosé Manuel Beiras en su escisión en Anova.
En 2024 solicitó al Poder Judicial abstenerse. Adujo que “podría verse comprometida su imparcialidad”.
El embrollo de la energía eólica en Galicia ha durado más de 15 años y se gestó en cuatro pasos. Primero: los desarrolladores presentaban un proyecto. Segundo, la Xunta evaluaba y autorizaba (o no). Los colectivos vecinales o ecologistas lo recurrían en los juzgados y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en la mayoría de los casos, acordaba su suspensión cautelar “ante el riesgo de daños irreparables al medio ambiente”.