Una sentencia pionera reconoce como víctima de maltrato a una mujer que nunca denunció a su marido
El alto tribunal gallego corrige al juzgado de Vigo que la denegó. “No hay estereotipos de víctima ideal”, reza el fallo
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Durante los 25 años que duró el matrimonio, María fue víctima de violencia de género. Ella y su hijo pequeño vivieron en un infierno cotidiano de maltrato mental y físico agravado por el alcoholismo del que era su pareja y padre del menor.
Con el tiempo, logró separarse en 2006, pero mientras su agresor siguió con vida, nunca lo denunció. No se presentó en comisaría ni tampoco acudió al sistema institucional de protección.
Cuarenta y un años después del enlace, y con su exmarido ya muerto, en 2022, inició un litigio contra la Seguridad Social para que le reconocieran su derecho a la pensión de viudedad y su condición de víctima. Tenía reconocido, además, un grado de discapacidad del 65%, dependía de las prestaciones sociales y su situación económica era muy vulnerable.
Ahora, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha considerado probado que la mujer vivió años de maltrato, aunque no lo hubiera denunciado por los canales ordinarios ni hubiese pedido apoyo o protección y reconoce su derecho a percibir la prestación de la Seguridad Social.
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“Verificar sin introducir unas exigencias de conducta basadas en el estereotipo de víctima ideal, como obligarla a acudir a la denuncia o al sistema de protección”, señala el fallo del alto tribunal gallego. Refiere, además, que sentencias anteriores ya condujeron a abrir el foco hacia la situación personal de la mujer, para analizar “sus circunstancias personales y familiares” y “sus posibilidades de actuación”.
Un juzgado de Vigo la denegó
El TSXG corrige así al juzgado de lo Social de Vigo que en octubre del 2023 le denegó la prestación del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) ante la ausencia de denuncias penales. “No se puede considerar como una actuación irrazonable, y menos como una prueba excluyente de la violencia de género, cuando todos los demás datos indiciarios apuntan hacia su existencia”.
La mujer sí había acudido en una ocasión al Centro de Información a la Mujer (CIM) de Vigo, en julio del 2005, para informarse de los pasos que podía dar para divorciarse y dejó constancia del maltrato psicológico en el que vivía “en la más absoluta indiferencia de un esposo que ni le hablaba”, sin que constasen más detalles en aquel el informe.
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En el fallo favorable del TSXG también pesó el testimonio del hijo, que relató episodios “de violencia psíquica y física” por parte de un progenitor que era “duro, brusco y serio”, con problemas severos con el alcohol.
“Un escenario familiar conflictivo donde se entremezcla el alcoholismo del exesposo de la demandante dando lugar a situaciones violentas presenciadas por el hijo común”, sentencia el Tribunal Superior, que insta al Instituto Nacional de la Seguridad Social a abonarle a la mujer la pensión que le corresponde como viuda.
El fallo aún puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
Durante los 25 años que duró el matrimonio, María fue víctima de violencia de género. Ella y su hijo pequeño vivieron en un infierno cotidiano de maltrato mental y físico agravado por el alcoholismo del que era su pareja y padre del menor.