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Un año de prisión para un repartidor de pizza por agresión sexual a una menor en Ourense
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EN ENERO DE 2023

Un año de prisión para un repartidor de pizza por agresión sexual a una menor en Ourense

El acusado se desplazó al domicilio donde vivía la menor de trece años para entregar un pedido y, una vez allí, “aprovechando que se encontraba sola” y “con ánimo libidinoso”, le dio varios besos

Foto:  Imagen de archivo de un coche de Policía. (Europa Press/Policía Nacional/Archivo)
Imagen de archivo de un coche de Policía. (Europa Press/Policía Nacional/Archivo)

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un año de cárcel a un repartidor de pizza que agredió sexualmente una menor de edad.

La sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) recoge que el acusado se desplazó al domicilio donde vivía la menor de trece años para entregar un pedido y, una vez allí, “aprovechando que se encontraba sola” y “con ánimo libidinoso”, le dio varios besos en la cara a la víctima hasta que esta consiguió cerrar la puerta de la vivienda.

La Fiscalía solicitaba para el acusado quince meses de prisión por un delito de agresión sexual que tuvo lugar en enero de 2023, cuando la menor tenía 16 años.

El Ministerio Público sostenía que éste se aprovechó de la soledad de la niña para propinarle un beso sin su consentimiento, y solicitaba una medida de libertad vigilada de cinco años con posterioridad al cumplimiento de la pena privativa de libertad.

El tribunal considera probado en el fallo, contra el que cabe recurso, que el testimonio de la menor es “claro, reiterado y verosímil” y señala que está corroborado con las declaraciones de la propietaria de la pizzería, a la que el encausado reconoció los hechos, y las de la madre de la víctima, que observó la afectación psíquica que sufrió su hija.

Además de prisión, el juzgado ha determinado la prohibición de acercarse al domicilio, lugar de estudios o cualquier sitio en que se encuentre la menor, a menos de trescientos metros, así como comunicarse con ella durante cinco años.

También establece la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o actividad, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores por tiempo de cinco años.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la madre de la menor con mil euros por daño moral.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un año de cárcel a un repartidor de pizza que agredió sexualmente una menor de edad.

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