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Vacunación por sentencia judicial: un juzgado obliga a vacunar a dos niños en Vigo
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ANTEPONE LA SALUD DE LOS MENORES

Vacunación por sentencia judicial: un juzgado obliga a vacunar a dos niños en Vigo

Da la razón al padre, que quería vacunar a los niños, mientras la madre se negaba en rotundo

Foto: La Audiencia Provincial de Pontevedra antepone el bienestar de los niños a las ideas de la madre (Foto: iStock)
La Audiencia Provincial de Pontevedra antepone el bienestar de los niños a las ideas de la madre (Foto: iStock)

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, son sede en Vigo, ha autorizado a un padre a vacunar a sus dos hijos menores de edad, de 7 y 11 años respectivamente, pese a la negativa de la madre. El matrimonio se había separado en 2013 y, pese a que en un principio ambos estaban de acuerdo en no vacunar a los pequeños, después el progenitor cambió de opinión.

El fallo, que recoge La Voz de Galicia, explica que el calendario de vacunación vigente en España “obedece a estudios e informes científicos que buscan una mejor protección de la población y no a meras arbitrariedades o errores”. En cambio, la intención de la madre se basa en ideas que no están avaladas científicamente.

Foto: Un pediatra suministra la vacuna de la gripe a un niño. (iStock)

El padre cambió de opinión al respecto de la vacunación de sus hijos cuando fue consciente de que no vacunar a los menores ponía en riesgo a una parte de la población al ocasionar un problema de salud. El juez, en ese mismo sentido, asegura “no puede quedar al arbitrio de uno de los progenitores decidir sobre la vacunación” de los niños.

La sentencia ratifica la decisión que se había dictado en los juzgados de Primera Instancia y que ya habían dado la razón al padre. En parte porque la Audiencia Provincial valora los problemas que no vacunarse puede acarrear a los niños, como por ejemplo el que no sean admitidos en ciertos centros educativos.

No puede quedar al arbitrio de uno de los progenitores decidir sobre la vacunación

La sentencia, que es firme, concluye que “no solo no se ha acreditado desde el punto de vista médico que las vacunas causen perjuicio para la salud, sino que, por el contrario, la mayoría de los estudios científicos sobre la materia llevan a concluir que los beneficios de la vacuna son innegables tanto a nivel individual como poblacional”.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, son sede en Vigo, ha autorizado a un padre a vacunar a sus dos hijos menores de edad, de 7 y 11 años respectivamente, pese a la negativa de la madre. El matrimonio se había separado en 2013 y, pese a que en un principio ambos estaban de acuerdo en no vacunar a los pequeños, después el progenitor cambió de opinión.

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