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¿Quiénes no pueden votar en las elecciones municipales, autonómicas y europeas 2019?
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Ser candidato está más restringido

¿Quiénes no pueden votar en las elecciones municipales, autonómicas y europeas 2019?

No podrán votar los condenados por sentencia judicial firme a la privación del derecho a sufragio y tampoco una gran parte de los extranjeros residentes en España

Foto: Una monja vota durante las elecciones. (Reuters)
Una monja vota durante las elecciones. (Reuters)

Las urnas vuelven a los colegios de toda España este 26 de mayo, cuando se celebran unas elecciones municipales, autonómicas y europeas que decidirán la configuración del parlamento continental, así como de 8.131 ayuntamientos y 12 cámaras autonómicas. Además, servirán para definir la capacidad negociadora de Pedro Sánchez, que tras su victoria en las generales necesitaría el apoyo de otras fuerzas políticas —o una numerosa abstención— de cara a una hipotética investidura. La responsabilidad queda en manos de los 35 millones de electores (37 millones para las europeas) que componen el censo electoral, del que apenas una pequeña parte de la población mayor de edad queda excluida.

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Actualmente, los condenados por sentencia judicial firme a la pena de privación del derecho a sufragio son los únicos que no pueden votar. Hasta la cita electoral del pasado 28 de abril tampoco podían hacerlo unas 100.000 personas con discapacidad intelectual, que acudieron por primera vez a las urnas gracias a una iniciativa de la Asamblea de Madrid que el Congreso tomó en consideración em 2017, materializándose en una reforma aprobada al cierre de la duodécima legislatura.

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La Junta Electoral Central aprobó en un primer momento que los interventores y apoderados de los partidos adscritos a los colegios electorales pudieran registrar en el acta de las mesas el DNI de aquellas personas con discapacidad cuyos votos cuestionaran por considerar que no es ejercido "de forma consciente, libre y voluntaria", pero se vio obligada a matizar la instrucción, eliminando la referencia explícita al colectivo, ante las críticas de múltiples afectados que siguen denunciando la "humillación" que supondría esta "discriminación" para ellos.

Foto: Foto: EFE.

Los presos en tercer grado, régimen de semilibertad o que disfruten de permisos durante el fin de semana de las elecciones pueden depositar las papeletas personalmente y tampoco están privados de emitir su voto los internos en centros penitenciarios, que pueden hacerlo por correo además de tener acceso a charlas explicativas sobre el procedimiento. De la misma forma, pueden los miembros de las Fuerzas Armadas que se encuentren fuera del territorio nacional y los trabajadores en alta mar.

Sí quedan fuera la mayoría de ciudadanos extranjeros, a excepción de los europeos, que pueden participar en los sufragios locales de la ciudad donde residen y de otras 12 nacionalidades con las que España tiene convenio —sin ninguna lógica aparente en relación a la proximidad cultural o geográfica—. Bolivia, Perú, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay y Perú se encuentran entre los países más comprensibles atendiendo a los vínculos con América Latina, pero más llamativa es la presencia en la lista de otros como Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Corea, Cabo Verde y, especialmente, Trinidad y Tobago, que sólo cuenta con un único elector inscrito para ejercer su derecho.

¿Quién no puede ser candidato?

Más restringido está el derecho a sufragio pasivo, esto es, a presentarse a unas elecciones. De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 6, 154 y 155 de la ley del régimen electoral general, normativa que regula la participación política, estaría prohibido para las personas que se encuentren en las siguientes circunstancias:

  • Condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad.
  • Condenados por delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración Pública o contra las instituciones del Estado si la sentencia estbleece pena de inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo.
  • Los miembros de la familia real ni sus cónyuges.
  • Los presidentes y magistrados del Tribunal Constitucional, los presidentes del Tribunal Supremo, los vocles del Consejo General del Poder Judicial.
  • El defensor del pueblo y sus adjuntos.
  • El fiscal general del Estado.
  • Los subsecretarios. secretarops gemerañes. dorectores generales de los departamentos ministeriales y los equiparados a ellos, así como los secretarios generales de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno.
  • Los jefes de misión acreditados con carácter de residentes ante un Estado extranjero u organismo internacional.
  • Los magistrados, jueces y fiscales en activo.
  • Los militares profesionales y los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía que se encuentren en activo.
  • Los presidentes, vocales y secretarios de las Juntas Electorales.
  • Los delegados del Gobierno en las comunidades autónomas, los subdelegados y las autoridades similares.
  • El presidente de Radio Televisión Española (RTVE), así como los delegados territoriales de la corporación y los directores de las entidades dependientes de las comunidades autónomas.
  • Los presidentes, directores y cargos similares de las entidades estatales autónomas.
  • Los presidentes y directores generales de las entidades gestoras de la Seguridad Social.
  • El director de la Oficina del Censo Electoral y sus delegados provinciales.
  • El gobernador y subgobernador del Banco de España y los dirigentes del Instituto de Crédito Oficial.
  • El presidente, los consejeros y el secretario general del Consejo General de Seguridad Nuclear.
  • Quien ejerza la función de mayor nivel de cada ministerio en las distintas demarcaciones territoriales.

Las urnas vuelven a los colegios de toda España este 26 de mayo, cuando se celebran unas elecciones municipales, autonómicas y europeas que decidirán la configuración del parlamento continental, así como de 8.131 ayuntamientos y 12 cámaras autonómicas. Además, servirán para definir la capacidad negociadora de Pedro Sánchez, que tras su victoria en las generales necesitaría el apoyo de otras fuerzas políticas —o una numerosa abstención— de cara a una hipotética investidura. La responsabilidad queda en manos de los 35 millones de electores (37 millones para las europeas) que componen el censo electoral, del que apenas una pequeña parte de la población mayor de edad queda excluida.

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