El CGPJ admite a trámite dos amparos de la jueza de la dana por críticas de Rafa Hernando y el 'youtuber' Gisbert
La comisión permanente del Poder Judicial abre el proceso para proteger a la magistrada y ofrece presentar alegaciones al diputado del Partido Popular y el abogado que se querelló contra ella
La presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló. (EFE/Toni Albir)
La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó en su reunión del pasado 27 de abril admitir a trámite dos solicitudes de amparo de la jueza que instruye la causa de la dana en Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra. El órgano que componen la presidenta del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, y otros siete vocales del CGPJ ha abierto un procedimiento de protección de la magistrada por acusaciones vertidas por el diputado del Partido Popular en el Congreso,Rafael Hernando, en su cuenta de X y otro por las críticas lanzadas por el abogado y youtuberRubén Gisbert en una concentración organizada el 29 de octubre de 2025 contra la instrucción de Tobarra.
El Poder Judicial, que todavía no ha resuelto, ha aplicado los artículos 321 y 322 del Reglamento de la Carrera Judicial y ha otorgado un plazo de diez días tanto a Hernando como a Gisbert para que efectúen alegaciones en relación a los hechos que motivaron la petición de amparo.
Tal como desveló El Confidencial, Nuria Ruiz solicitó amparo al Poder Judicial en enero de este año por unas manifestaciones en la red social en las que el parlamentario popular acusaba a la jueza de "prevaricación palmaria" por "desacreditar" un informe de la Guarda Civil que, según Hernando, "destruye las tesis de la jueza de la Dana" e "incrimina" al Gobierno de Pedro Sánchez.
El informe en cuestión es un trabajo de agentes de la Comandancia de la Guardia Civil de Valencia que, actuando como Policía Judicial, señaló la "ausencia de control" de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), dependiente del Ministerio de Transición Ecológica, sobre el registro de avisos de la rambla del Poyo durante la trágica jornada del 29 de octubre. El documento también constataba que la Generalitat contaba con un rastro ininterrumpido de llamadas al 112 autonómico desde primera hora de la mañana en varios puntos de la provincia de Valencia, en las que los operarios telefónicos advertían de forma reiterada sobre el desbordamiento de cauces y barrancos en distintas cuencas, con peticiones de auxilio y rescate que se prolongaron durante toda la fatídica jornada.
La referencia a los déficits del sistema de alertas de la CHJ en el informe de los agentes llevó a los populares a salir en tromba para defender la ausencia de responsabilidad en la gestión de la Administración autonómica entonces presidida por Carlos Mazón, competente en materia de protección civil, y cargar contra el organismo estatal y su presidente Miguel Polo.
En un auto posterior, la jueza consideró parte del contenido del informe "erróneo en sus consideraciones y apreciaciones" y reprochó a la Guardia Civil un exceso de juicios de valor. Su escrito recordó que simplemente había pedido una cronología de los desbordamientos en ríos, barrancos y presas y su relación con los fallecimientos, excluyendo la valoración de la responsabilidad de las administraciones, e hizo alusión a varios elementos de la gestión la emergencia que no habían sido tenidos en cuenta en el análisis, como la competencia en la vigilancia de los barrancos, la orden de retirada de los bomberos forestales del Poyo a las tres de la tarde o los avisos pluviométricos que la CHJ envío al Centro de Coordinación de Emergencias durante la jornada y que no se habían incorporado al trabajo policial.
En ese contexto se produjeron las manifestaciones de Rafael Hernando acusando de "prevaricación palmaria" de la jueza por "desacreditar" el documento. Unas críticas volcadas en X que dieron lugar a la petición de amparo de la magistrada al CGPJ. El diputado tiene ahora diez días para aportar sus alegaciones a la solicitud de protección de la jueza.
Es el mismo plazo que la Comisión Permanente ha dado al youtuber Gisbert, quien se querelló contra Nuria Tobarra y su marido Jorge Martínez, un magistrado cercano a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), por una presunta revelación de secretos y prevaricación. En su denuncia, el letrado incluyó una transcripción de unos audios en los que Martínez interviene supuestamente en dos testificales de víctimas de la dana al inicio de las diligencias, en enero y febrero de 2025. La querella ha sido rechazada por el Tribunal Superior de Justicia valenciano en dos autos en los que cuestiona la legalidad de las grabaciones y califica la participación de Martínez de "meramente accesoria" o de "apoyo", sin trascendencia penal.
Con todo, la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial tiene abiertas diligencias informativas a raíz de quejas presentadas por los dos investigados, la exconsellera Salomé Pradas, y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, contra la magistrada. En esas quejas, se cuestiona también la intervención de Jorge Martínez en algunas diligencias de la causa. Por ahora, el promotor de la acción disciplinaria, Ricardo Conde, no ha abierto ningún expediente sancionador. Fuentes judiciales interpretan que los autos del TSJ inadmitiendo la querella de Gisbert y su razonamiento jurídico desactivan una posible sanción disciplinaria grave contra los dos jueces.
La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó en su reunión del pasado 27 de abril admitir a trámite dos solicitudes de amparo de la jueza que instruye la causa de la dana en Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra. El órgano que componen la presidenta del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, y otros siete vocales del CGPJ ha abierto un procedimiento de protección de la magistrada por acusaciones vertidas por el diputado del Partido Popular en el Congreso,Rafael Hernando, en su cuenta de X y otro por las críticas lanzadas por el abogado y youtuberRubén Gisbert en una concentración organizada el 29 de octubre de 2025 contra la instrucción de Tobarra.