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La jueza de la dana exime al presidente de la CHJ en un duro auto contra la gestión de la Generalitat
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RECHAZA OTRA VEZ IMPUTARLO

La jueza de la dana exime al presidente de la CHJ en un duro auto contra la gestión de la Generalitat

“No se puede culpar a Polo de que los responsables de la emergencia no hicieran uso del SAIH, no analizaran las previsiones ni las llamadas al 112 o que, pese a que sabían que los barrancos estaban al borde del colapso, no los controlaran”.

Foto: El presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo. (Rober Solsona/Europa Press)
El presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo. (Rober Solsona/Europa Press)

Un auto de la jueza instructora del caso de la dana que asoló la provincia de Valencia y provocó 229 muertos el pasado 29 de octubre de 2024, Nuria Ruiz Tobarra, ha eximido de nuevo de cualquier responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y lanza duras críticas a la gestión de la emergencia por parte de los responsables de la Generalitat, en concreto, de la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, imputada por homicidio imprudente en el procedimiento. La magistrada insiste en que la posición de garante en cuanto a la alerta a la población y la dirección del Plan Especial de Inundaciones no correspondía a la CHJ, sino "a la Administración Autonómica, con competencias en protección civil".

La resolución contesta a un recurso del partido Valores y se centra en la improcedencia de declarar como investigado al máximo responsable de la CHJ, argumentando que su "ausencia de la condición de garante" se fundamenta en el régimen normativo autonómico, concretamente la Ley 13/2010 y el Plan Especial de Inundaciones de la Comunitat Valenciana. La jueza es tajante: "La posición de garante se ha de atribuir respecto a la posibilidad de alertar a la población al objeto de que adopte medidas de autoprotección en los distintos niveles de la emergencia, y ello, ha de recalcarse, no corresponde a la CHJ, sino a la Administración autonómica".

Se trata de la primera resolución que se redacta tras la declaración de Polo como testigo del pasado 19 de septiembre. La jueza concluye sobre el reparto de papeles del presidente de la CHJ y la responsabilidad de los directores del plan autonómico de inundaciones que "no se puede culpar al primero" de que los responsables autonómicos "no hicieran uso del SAIH (sistema automático de información hidrológica, abierto en la web con datos en tiempo real), no analizaran los datos pluviométricos, las previsiones meteorológicas ni las informaciones de los medios de comunicación, ni las llamadas al 112, o que, pese a que sabían que los barrancos estaban al borde del colapso, no los controlaran".

"Es tan absurdo como defender que un juez de violencia de género desconoce que existe el Viogen"

La magistrada es especialmente incisiva con la estrategia de defensa de Pradas y el exsecretario autonómico, Emilio Argüeso, quienes han alegado desconocimiento y falta de información. La jueza no lo comparte: "No se puede argumentar, con el volumen de información de que se disponía cuanto menos desde la mañana, un desconocimiento de la situación. Se está defendiendo un sistema de análisis de información y de control del riesgo tan absurdo como defender que un juez de violencia de género, o un letrado de víctimas, no supiera lo que es el SIRAJ, no supiera leer la hoja de antecedentes penales y de medidas cautelares, afirmara desconocer que existe el sistema Viogen, o que no sabe que se puede adoptar una orden de protección, o que un controlador aéreo no sepa leer la pantalla del radar", afirma contundente.

Foto: Una zona inundada hoy en El Perelló (EFE)

La jueza reprocha que la Administración Autonómica no atendiera a las múltiples señales de riesgo. "Al igual que se desplegaron los efectivos, los bomberos forestales, bajo el control del CCE (Centro de Coordinación de Emergencias), debieron vigilar si era necesario volver a desplegarlos, en tanto no cesara la emergencia; que se llamara a las distintas poblaciones afectadas; que se atendiera a la información de los medios de comunicación; que se analizaran las miles de llamadas del 112 que iban refiriendo el avance mortal de los desbordamientos", enumera el auto como deficiencias en la tarea de los responsables de la Generalitat el día de la tragedia.

Apagón informativo, el del Cecopi

La magistrada pone el foco en la gestión del Centro de Coordinación Operativa Integrada (CECOPI), señalando que "el único y real apagón informativo es aquello que se calificó en el CECOPI como 'periodo de trabajo exclusivamente presencial', o ‘'tiempo de reflexión'", recuerda. La jueza critica que "todavía no se ha dado una explicación racional sobre unas desconexiones de las que obviamente no salía nada productivo, y que, como manifestó el testigo señor Polo en su declaración, se produjeron en tres ocasiones antes del envío del Es-Alert", que llegó a los móviles a las 20:11 horas de aquella tarde-noche.

El auto de la jueza hace hincapié en la diferencia entre el momento en que se propuso la alerta y cuando se materializó. "El testigo Polo manifestó la conveniencia de mandar la alerta a la 17:30 horas", recordó en referencia a la declaración del propio presidente de la CHJ. Sin embargo, añade, cuando la investigada señora Pradas daba órdenes respecto del contenido del mensaje, y decía que no le apetecía llamar al señor Polo, había pasado ya bastante tiempo desde que se discutió la posibilidad de alertar a la población a través de un mensaje", razona. La magistrada repasa testificales como la del coordinador del departamento de telecomunicación de la Agencia Valenciana de Emergencias, quien declaró que oyó hablar por primera vez del Es-Alert poco después de las seis de la tarde. "A las 18.09 horas del día de 29 de octubre de 2024, el citado testigo informó en un grupo de plataforma tecnológica de whatsapp, del que formaba parte, que se estaba planteando en el CECOPI mandar el Es-alert".

Foto: mazon-sondeos-genova-repetir-candidato-2027

El proceso se dilató. El auto señala incluso a un minuto de las siete de la tarde, la consellera "daba instrucciones de extremos que también había que incluir en el texto del mensaje", que se envió finalmente a las 20:11 horas. La jueza concluye que el envío de mensajes a la población era "esencial para salvar sus vidas" ya que "las víctimas desconocían que corrían un altísimo riesgo por usar su coche, bajar al garaje, estar en la vía pública o incluso por el simple hecho de permanecer en su domicilio en planta baja. Víctimas que perecieron de forma terrible", asegura.

Ante esta demora, el auto considera "completamente absurda la contumaz insistencia en la atribución de responsabilidad a la CHJ, a la AEMET, e incluso a la Delegada del Gobierno (Pilar Bernabé)". La jueza cree que esta estrategia "solo tiene efectos exoneratorios respecto de los investigados" y que "en modo alguno jamás podrá revestir efectos incriminatorios respecto de testigos que no asumen la posición de garante".

Respecto al control de las zonas de riesgo y el barranco del Poyo, el auto recuerda que el Plan Especial de Inundaciones establece que "para el caso de los barrancos y cuencas menores (...) el CCE de la Generalitat contrastará la información con la Confederación Hidrográfica para determinar el ámbito territorial de afección de la alerta hidrológica". Sin embargo, la conclusión de la jueza es que más allá de aquellos puntos en los que la CHJ no posee un control del aforo, el control de los barrancos debe efectuarse a través del CCE". Y cita a uno de los peritos que ha participado en la instrucción: "Es la Generalitat quien debe efectuar el control de que efectivamente no se produzca un desbordamiento en estos casos".

El escrito judicial detalla que los bomberos forestales fueron desplegados y se retiraron, a pesar de la emergencia. "Difícilmente se puede achacar a la Confederación Hidrográfica del Júcar ni a su presidente que se retiraran los bomberos, que no se controlara el desbordamiento, y que se ocasionara el abrumador número de fallecimientos", afirma la jueza.

El auto recoge la movilización de dos unidades del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, una de ellas para vigilar el barranco del Poyo. Tras una primera inspección donde se identificó una lámina de agua de 70 u 80 centímetros, la segunda inspección reportó un nivel que había bajado a la mitad. "Sobre las 14:43 horas visto que ha disminuido el nivel a aproximadamente 40 centímetros, solicitando instrucciones se les indica el regreso a la base vía radio para quedar en expectativa de servicio", relata el auto, a pesar de que la alerta hidrológica se había activado a las 12:30 horas y no se desactivó ese día.

En su declaración, el presidente de la CHJ defendió que del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) en ramblas y barrancos no sirve para protección civil y es útil solo en grandes cuencas. "En cambio, en las ramblas hay diferencias de nivel, pendientes muy grandes, con posibilidad de crecida repentina, la información de los sensores no es para avisar a protección civil, están los sensores para la elaboración de estudios hidrológicos", afirmó el testigo.

"El control del caudal en los barrancos solamente puede ser efectivo a través de la previsión de lluvias y la vigilancia al pie del mismo barranco", hace suyo el auto de la jueza.

Un auto de la jueza instructora del caso de la dana que asoló la provincia de Valencia y provocó 229 muertos el pasado 29 de octubre de 2024, Nuria Ruiz Tobarra, ha eximido de nuevo de cualquier responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y lanza duras críticas a la gestión de la emergencia por parte de los responsables de la Generalitat, en concreto, de la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, imputada por homicidio imprudente en el procedimiento. La magistrada insiste en que la posición de garante en cuanto a la alerta a la población y la dirección del Plan Especial de Inundaciones no correspondía a la CHJ, sino "a la Administración Autonómica, con competencias en protección civil".

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