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La Audiencia de Valencia confirma la imputación de la exconsellera Salomé Pradas por la dana
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TRES AUTOS

La Audiencia de Valencia confirma la imputación de la exconsellera Salomé Pradas por la dana

El tribunal dicta tres autos que avalan de nuevo a la instructora. Apoya la inadmisión de una querella de Hazte Oír contra el presidente de la CHJ y deniega a Liberum y Vox de nuevo investigar a la delegada del Gobierno

Foto: La exconsellera Salomé Pradas. (EFE/Biel Aliño)
La exconsellera Salomé Pradas. (EFE/Biel Aliño)

Nuevo espaldarazo de la Audiencia Provincial de Valencia a la investigación la exconsejera de Interior de la Generalitat valenciana, Salomé Pradas, que mantiene abierta la jueza de instrucción de Catarroja, Nuria Ruiz, sobre la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha comunicado este jueves que la Sección Segunda de la instancia superior ha dictado tres autos confirmando la decisión de mantener como imputada por delitos de homicidios por imprudencia a la que máxima responsable de las emergencias en el Consell que preside el popular Carlos Mazón.

La Audiencia rechaza el recurso de apelación presentado por Pradas. Cree que el auto de investigación de Nuria Ruiz "identifica la fuente normativa del deber de actuar" de la exconsejera y expone "una hipótesis de indebido incumplimiento de dichos deberes", emanados del mando único que ostentaba de la situación de emergencia y la competencia de la Generalitat valenciana. "Con datos extraídos de las actuaciones que permiten sostener que la señora Pradas contaba o podía contar con la información existente sobre los caudales de agua que se estaban acumulando como consecuencia de las lluvias torrenciales y sobre las consecuencias que estaban provocando y podían provocar en recorrido", añade.

La instructora considera en sus pesquisas resulta sostenible que las muertes, desapariciones y lesiones "pudieran haberse evitado si se hubieran emitido los mensajes de alarma adecuados a la situación de riesgo que los datos al alcance de las personas responsables permitían identificar". El tribunal de instancia superior considera en respuesta al recurso de la exconsellera que, dada la fase en la que se hallaba el procedimiento cuando se dictó el auto, "la decisión de citar como investigada a la señora Pradas se revelaba procesalmente inevitable". La Fiscalía de Valencia también era partidaria de rechazar el recurso presentado por la defensa de Pradas.

Foto: Uno de los wasaps de Núñez a un compañero dos días después de la dana.

El recurso presentado por el abogado Eduardo de Urbano, que tiene en trámite una queja contra la instructora ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuestionaba los fundamentos de la imputación. Considera que la causa de la catástrofe estriba en la falta de ejecución de obras de apresamiento y encauzamiento que debían haberse llevado a cabo, haciendo referencia a una presa en Cheste y al encauzamiento del Barranco del Poyo.

Añade que la catástrofe del 29 de octubre de 2024 fue la consecuencia de acciones y omisiones de innumerables organismos. Defiende que no existía un “mando único” porque el CECOPI -Centro de Coordinación Operativa Integrado- era un organismo complejo en el que estaban representados diversos organismos y tenía una dirección dual (Pradas Ten y la Delegada del Gobierno). Además, hacía hincapié en que no existían protocolos aplicativos del sistema ES-Alert y añade que era el responsable la CHJ el responsable de trasladar al CECOPI que había posibilidad de desbordamiento de cuencas y peligro de rotura de presas, aunque el órgano de coordinación tenía a su disposición los datos automatizados del sistema SAIH y SAIHWIN. Los argumentos no han convencido a la Sección Segunda de la Audiencia.

Foto: La delegada del Gobierno, Pilar Bernabé. (EFE/Manuel Bruque)

El mismo tribunal ha dictado un auto en el que desestima el recurso contra el rechazo de una querella de Hazte Oír contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y otros cargos del organismo estatal. "No puede sostenerse la pretensión de la organización recurrente de abrir un procedimiento penal sin indicar ni atribuir hechos con trascendencia penal a persona alguna, pues de admitirse tal y como está planteada la querella frente a un organismo administrativo, las diligencias penales desembocarían en una investigación prospectiva, prohibidas en nuestro ordenamiento", afirma la Sala.

Una tercera resolución vuelve a rechazar la citación como investigada de la delegada del Gobierno, la socialista Pilar Bernabé, como ya hizo la Audiencia en otro auto de mayo. La Audiencia desestima un recurso presentado por la acusación popular Liberum, al que se adhirió Vox, reiterando los argumentos que ya expuso hace ahora justo un mes.

En aquel escrito, el tribunal que preside el magistrado José Manuel Ortega y que componen seis magistrados consideró que "difícilmente puede decirse que la delegada del Gobierno tenga una posición de garante que posibilite la comisión por omisión de los delitos que se le atribuyen", es decir, consideraba que no correspondía a Bernabé la misión de la protección civil, sino a la Generalitat como responsable del mando único en Nivel 2 de emergencia, con Salomé Pradas al frente de la Emergencia.

Nuevo espaldarazo de la Audiencia Provincial de Valencia a la investigación la exconsejera de Interior de la Generalitat valenciana, Salomé Pradas, que mantiene abierta la jueza de instrucción de Catarroja, Nuria Ruiz, sobre la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha comunicado este jueves que la Sección Segunda de la instancia superior ha dictado tres autos confirmando la decisión de mantener como imputada por delitos de homicidios por imprudencia a la que máxima responsable de las emergencias en el Consell que preside el popular Carlos Mazón.

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