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La jueza de la DANA imputa a la 'exconsellera' Pradas y ofrece a Mazón declarar como investigado
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LA GESTIÓN POLÍTICA DE LA TRAGEDIA

La jueza de la DANA imputa a la 'exconsellera' Pradas y ofrece a Mazón declarar como investigado

La magistrada se centra en los exaltos cargos de la Generalitat y rechaza imputar al presidente de la Confederación del Júcar en un demoledor auto que hace responsable a la Administración autonómica

Foto: Salomé Pradas y Carlos Mazón. (EFE)
Salomé Pradas y Carlos Mazón. (EFE)
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La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga penalmente la gestión de la DANA del pasado 29 de octubre ha citado a declarar en calidad de investigados a la exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat valenciana, Salomé Pradas, y al que era secretario autonómico de Emergencias en aquel momento, Emilio Argüeso. La magistrada ha rechazado, por ahora, investigar a los funcionarios autonómicos, Jorge Suárez e Inmaculada Piles, y también al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo. En esta línea, ha inadmitido una querella presentada por Hazte Oír contra este último y contra otros querellados, y centra la investigación en el papel que jugaron los dos excargos del Consell que preside el popular Carlos Mazón en el despliegue de alertas y avisos a la población, que eran de su competencia.

La magistrada no ha aceptado que Mazón comparezca como imputado, al estar aforado, como pedían algunas acusaciones. Tampoco acepta citarlo como testigo. Pero le ofrece la posibilidad de comparecer como investigado de forma voluntaria, tal como permite la ley. "La declaración como investigado o querellado solo puede llevarse a cabo de forma voluntaria si por el aforado se solicitara", escribe en uno de los autos notificados hoy a las partes. En este sentido, ordena enviar una notificación al presidente de la Generalitat por si quiere comparecer "con las garantías del artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", es decir, como investigado.

Salomé Pradas dice estar dispuesta a "ayudar a que se conozca toda la verdad"

En otro auto de 16 páginas al que tuvo acceso El Confidencial, la jueza Nuria Ruiz Tobarra hace un repaso del caso de varias víctimas que fallecieron antes de que el área de Emergencia de la Generalitat enviase a los móviles la alerta ES-Alert e insiste en que ese mensaje de las 20:11 horas "fue tardío y erróneo". "Ha de señalarse que la Dana no fue un fenómeno meteorológico imprevisto, su avance y desarrollo ya fue anunciado por la AEMET, hasta el punto de que la Universitat de València, acordó la suspensión completa de sus actividades, medida que afectó afortunadamente a cerca de 50.000 personas, entre estudiantes, trabajadores y profesorado".

Tras conocer su citación "por los medios de comunicación", Pradas ha emitido un comunicado en el que señala que sus abogados y procuradora van a proceder "a la personación en el procedimiento" y que está en disposición de "poder ayudar a que se conozca toda la verdad sobre las circunstancias que rodearon a la gestión de la emergencia de la catástrofe natural, la verdad de unas horas y unos días en los que me mantuve, desde el primer minuto hasta el último, atendiendo las funciones institucionales que me correspondían según la normativa aplicable".

"Correspondía a las autoridades autonómicas alertar a la población, acordar las medidas pertinentes en el ámbito de protección civil"

No obstante, el escrito de la jueza es muy contundente en sus razonamientos jurídicos a la hora de fijar las responsabilidades de la Generalitat en la tragedia que ha causado 227 muertos. La jueza reprocha la tardanza en la convocatoria "con una gran demora" del Cecopi, el órgano que coordina la respuesta de los distintos cuerpos implicados en la emergencia y que no se convocó hasta las cinco de la tarde de aquel día. "Las previsiones meteorológicas debieron llevar a una convocatoria en la mañana del 29 de octubre de 2024 del Cecopi, al objeto cuanto menos de avisar a la población. En las previsiones meteorológicas, expresadas por todos los medios y aportadas al procedimiento, cobra especial transcendencia las que se llevaron a cabo por À Punt", dice en referencia a la televisión valenciana.

Foto: Inundaciones en Utiel, un día después de la DANA.  (Diego Radamés/Europa Press)

"Pero no solo en los días previos, sino el mismo día", añade. "Ello es así no solo por su extensión, sino porque À Punt se convirtió en canal preferente al objeto de transmitir la información oficial a los valencianos sobre la alerta. Carecería de sentido que lo que se calificó como canal de información para avisos, no fuera visto en sus previsiones meteorológicas por los propios responsables de emergencias", afirma la magistrada. A continuación hace un relato de todas las noticias que el canal autonómico fue difundiendo sobre la situación, desde las primeras inundaciones en Utiel y Chiva, hasta la caída, arrastrado por el agua, del puente sobre el barranco del Poyo en Picanya. De hecho, en el escrito recuerda que no solo investiga las muertes que se produjeron como consecuencia del desbordamiento del Poyo, sino también otras, hasta 224 en total.

"La convocatoria del Cecopi se llevó a cabo con una gran demora y la alerta a la población con un retraso todavía mayor"

"Correspondía a las autoridades autonómicas alertar a la población, acordar las medidas pertinentes en el ámbito de protección civil, garantizar y minimizar las consecuencias de los efectos de unas precipitaciones que desbordaron ríos y barrancos, pusieron al límite las presas, y que produjeron una sucesión trágica de fallecimientos", advierte. "La toma de decisiones por la administración autonómica destinada a alertar a la población se produjo con un retraso todavía mayor" que la propia convocatoria del Cecopi. Y remata: "Ello constituye precisamente el fundamento de la negligencia con relevancia penal, la imprudencia grave".

"La instrucción habrá de determinar las causas, que hasta el momento no resultan explicables, no solo para los familiares de los fallecidos, sino para esta juez instructora, de por qué no se indicó a la población de que se resguardara subiendo a zonas altas, más allá del doloroso, por su tardanza, e incompleto, por su contenido, mensaje que se ceñía a evitar desplazamientos", escribe la instructora, que, además, libera de la responsabilidad de lanzar las alertas a otros organismos representados en el Cecopi.

Foto: Un coche afectado en Utiel. (Diego Radamés/Europa Press)

Así lo explica: "No era preciso la movilización de recursos materiales y humanos, de las fuerzas y cuerpos de seguridad, obligar a la asunción de riesgos por terceros, restringir algún tipo de derecho fundamental, exigir la colaboración de la propia población en la protección civil, obtener la autorización de la Delegación del Gobierno, solicitar la declaración de emergencia nacional para que ulteriormente se acordara la remisión de los avisos por el Ministro del Interior, solicitar la colaboración de las administraciones locales. No era necesario en definitiva contar con el asentimiento o conformidad de hasta 29 personas que integraban el Cecopi. Simplemente, tomar la decisión de avisar a los ciudadanos que podían verse afectados".

"No se puede alegar un desconocimiento de los responsables de emergencias del SAIH (de la CHJ)"

¿Contaban los responsables autonómicos con información suficiente para tomar las decisiones? La magistrada cree que sí y además lo verbaliza en su auto, fechado este 10 de marzo. "Los anuncios de la gravedad de la situación se produjeron en diversos ámbitos y con una antelación suficiente". Y cita los avisos de AEMET los días previos y el mismo día 29 de octubre; las casi 20.000 llamadas de afectados al 112 que se produjeron aquella jornada; los medios de comunicación, "que fueron informando de manera clarísima de la evolución de la DANA"; y el acceso a la información que "se podía efectuar a través del sistema integrado SAIH, así como los correos electrónicos" de la Confederación Hidrográfica del Júcar.

"No se puede alegar un desconocimiento de los responsables de emergencias de la Generalitat Valenciana del SAIH ni de la posibilidad de acceso al mismo, ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica, ni a prácticamente todos los cargos directivos o no de dicho organismo. Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaban sobre el caudal, ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH", asesta.

La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga penalmente la gestión de la DANA del pasado 29 de octubre ha citado a declarar en calidad de investigados a la exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat valenciana, Salomé Pradas, y al que era secretario autonómico de Emergencias en aquel momento, Emilio Argüeso. La magistrada ha rechazado, por ahora, investigar a los funcionarios autonómicos, Jorge Suárez e Inmaculada Piles, y también al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo. En esta línea, ha inadmitido una querella presentada por Hazte Oír contra este último y contra otros querellados, y centra la investigación en el papel que jugaron los dos excargos del Consell que preside el popular Carlos Mazón en el despliegue de alertas y avisos a la población, que eran de su competencia.

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