La Fiscalía pide que se investigue la gestión de la DANA en instrucción antes de imputar a Mazón
El Ministerio Público apoya que se abra una causa por los efectos del retraso en las alertas en el desastre del 29 de octubre y que se eleve exposición al TSJ si aparecen indicios directos contra el presidente de la Generalitat
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La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) respalda que se investigue la gestión autonómica de la emergencia de la dana que el pasado 29 de octubre provocó la muerte de 223 personas y tres desaparecidos en la provincia de Valencia, pero aboga porque sea un juzgado de instrucción el que inicie las diligencias antes imputar al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón. El Ministerio Público ha remitido a la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal valenciano su informe sobre las siete denuncias y querellas presentadas contra el barón del Partido Popular. La que dio origen a procedimiento, la de Iustitia Europa, atribuye a Mazón posibles delitos de omisión del deber de socorro, prevaricación omisiva y de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte, en concurso ideal con un delito de imprudencia grave con resultado de lesiones.
En el documento, adelantado por El País y a cuyo contenido ha tenido acceso El Confidencial, defiende una investigación en los juzgados de instrucción sobre la gestión de los responsables autonómicos por la posible "desatención de sus deberes" al que apuntan los denunciantes y a la posibilidad de que "ajenos a los escenarios de alertas y mensajes que se estaban emitiendo por distintos organismos, omitieron el dictado de resoluciones y de decisiones que eran de su competencia, y de ese modo no evitaron o, cuanto menos, no redujeron, la entidad de la catástrofe acaecida".
La gestión de los responsables autonómicos está en entredicho por el retraso con el que se lanzó la alerta ES-Alert a los móviles de la población. Las alarmas aconsejando la restricción de movimientos no sonaron en los aparatos personales hasta las 20:11 horas, cuando las poblaciones afectadas ya estaban inundadas e incluso se habían producido víctimas mortales. Mazón no se incorporó a la reunión del órgano de coordinación de la Emergencia, el Cecopi, hasta pasadas las siete de la tarde, tras una larga comida de tres horas con la periodista Maribel Vilaplana.
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Pero la Fiscalía considera que de los hechos relatados por los denunciantes "derivan una genérica relación causa/efecto con una atribución de responsabilidad criminal de naturaleza objetiva, que se verifica en exclusiva atención al resultado, al margen de la concreta intervención de los denunciados que, a día de hoy, no consta singularizada". O sea, no ve claros los indicios directos contra el presidente de la Generalitat en el contenido de las denuncias y recuerda que sin estos indicios la Sala no es competente para investigar a un aforado.
"Por tanto, resulta preciso que el procedimiento se inicie para el esclarecimiento completo de los hechos con relevancia penal y la averiguación de los partícipes. Para tal fin, el órgano instructor, que no es otro que el Juzgado de Instrucción que resulte competente, es necesario que actúe conforme a las normas generales, lleve a cabo una completa investigación judicial sobre los hechos acaecidos concretando la intervención, o, en su caso, inacción, de cada uno de los querellados y denunciados, y proceda, una vez concluida la misma, a elevar a la Sala Exposición Razonada, en el caso de que estimara que existen indicios de criminalidad suficientes contra la persona aforada", señala en referencia a Mazón.
Es decir, el Ministerio Público entiende que "de conformidad con la doctrina jurisprudencial" no resulta procedente iniciar la instrucción del procedimiento por parte de la Sala. Y propone "acordar la inadmisión de las querellas y denuncias interpuestas para que continúen la investigación" en el Juzgado de Instrucción que finalmente resulte competente.
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Ahora debe de ser la Sala que encabeza la presidenta del TSJCV, Pilar de la Oliva, la que decida sobre la apertura o no de un procedimiento contra Mazón. Pero si se inclina por la misma opinión que la Fiscalía, lo lógico es que de traslado de las denuncias presentadas a los juzgados de instrucción para su reparto. Esto dejaría fuera, por ahora, al presidente de la Generalitat de las diligencias de investigación por su condición de aforado. Sería en el caso de que apareciesen indicios claros de criminalidad contra él durante la instrucción por su participación en los hechos cuando debería elevarse una exposición razonada al TSJ, competente para investigarle.
La investigación inicial sí es susceptible de alcanzar a la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, competente en Emergencias, según la legislación valenciana de protección civil. Pradas perdió la condición de aforada cuando fue cesada como consellera, pues tampoco es diputada autonómica. También el secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, ha sido destituido del cargo.
El informe de la Fiscalía se produce a petición de la misma Sala, que ha unificado las siete denuncias y querellas presentadas por Iustitia Europa, varios despachos de abogados y particulares y el sindicato Confederación General del Trabajo (CGT). No obstante, familiares de las víctimas está agrupándose para presentar querellas que podrían iniciarse en la Audiencia Nacional, pues buscan determinar también las posibles responsabilidades de autoridades estatales, además de las autonómicas y locales. Por ahora, las familias todavía no han iniciado esas acciones legales. Habrá que esperar a que se pongan en marcha para saber qué instancias judiciales asumen la investigación. De todas formas, en lo que se refiere a Mazón, solo el TSJ valenciano tiene la competencia para investigarle.
Fuentes de la Generalitat señalaron que "la fiscalía ni atribuye ni señala ninguna conducta concreta contra Carlos Mazón, y por eso pide que la causa la instruya un juzgado ordinario y no el TSJCV, que es el único competente para juzgar al President dada su condición de aforado".
La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) respalda que se investigue la gestión autonómica de la emergencia de la dana que el pasado 29 de octubre provocó la muerte de 223 personas y tres desaparecidos en la provincia de Valencia, pero aboga porque sea un juzgado de instrucción el que inicie las diligencias antes imputar al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón. El Ministerio Público ha remitido a la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal valenciano su informe sobre las siete denuncias y querellas presentadas contra el barón del Partido Popular. La que dio origen a procedimiento, la de Iustitia Europa, atribuye a Mazón posibles delitos de omisión del deber de socorro, prevaricación omisiva y de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte, en concurso ideal con un delito de imprudencia grave con resultado de lesiones.