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¿Puedo votar si trabajo el día de las elecciones? Estos son los permisos para el 14-F
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¿Puedo votar si trabajo el día de las elecciones? Estos son los permisos para el 14-F

Aquellos que tengan que trabajar el día de las elecciones tienen la posibilidad de solicitar un máximo de cuatro horas de permiso para poder ejercer su derecho a voto, si así lo desean

Foto: Elecciones. (EFE)
Elecciones. (EFE)

Este domingo, 14 de febrero, Cataluña elegirá al sustituto de Quim Torra al frente de la Generalitat. Un total de 5.623.962 electores están llamados a las urnas en una cita para la que se espera que el voto por correo tenga un papel de suma importancia debido a la situación sanitaria. No obstante, seguirá habiendo un porcentaje significativo de población que decida acudir a los colegios electorales y, dentro de este grupo, los hay que tendrán que hacerlo ausentándose de su trabajo para ejercer el derecho al voto.

¿Cómo votarán los catalanes a los que le toque trabajar ese día? Igual que lo hicieron muchos de ellos en los comicios autonómicos de 2017, que en aquella ocasión se celebraron en jueves: con la solicitud de un permiso laboral.

Según marca el Real Decreto 605/1999 de regulación complementaria de los procesos electorales, la Administración del Estado o, en su caso, las de las comunidades autónomas que tengan atribuidas competencias en materia laboral, deberán adoptar las medidas precisas para que los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto. "Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso", aclara la normativa. En cualquiera de los casos, el tiempo de permiso será retribuido y no recuperable.

Esta es la base sobre la que se fundamenta la ley, pero cada comunidad autónoma dicta sus disposiciones específicas cuando se trata de elecciones autonómicas. A este respecto, Cataluña ha publicado la orden TSF/19/2021, según la cual se concretan la duración de aquellos trabajadores que necesiten solicitar un permiso en función de varios supuestos:

  • Si el horario de trabajo no coincide con el de apertura de las mesas o coincide por menos de dos horas, no se tiene derecho a permiso retribuido.
  • Si el horario de trabajo coincide entre dos y cuatro horas con el de apertura de las mesas, se tiene derecho a un permiso retribuido de dos horas.
  • Si el horario de trabajo coincide durante cuatro horas o más con el de apertura de las mesas, se tiene derecho a un permiso retribuido de cuatro horas.

​​Aquellas personas que están trabajando lejos de su domicilio habitual o atraviesan otras circunstancias que dificulten la posibilidad de votar el día de las elecciones también tienen derecho a solicitar un permiso parecido; en este caso, para votar por correo. Pueden disfrutar de una autorización, como máximo de cuatro horas, para formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo que recoge el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Aviso previo y justificante

El permiso para acudir a las urnas durante la jornada de trabajo deberá pedirse por adelantado, es decir, que el trabajador deberá informar con antelación al empresario o la compañía para la que trabaja. La regulación publicada en el Diario Oficial de Cataluña (DOC) aclara que para abonar el salario correspondiente al tiempo utilizado para votar, los empresarios tienen derecho a solicitar a sus trabajadores que exhiban el justificante acreditativo de haber votado, expedido por la mesa electoral correspondiente. Además, la determinación del momento de utilización de las horas concedidas para la votación, que ha de coincidir con el horario establecido por el colegio electoral, es potestad del empresario.

A las personas trabajadoras que acrediten la condición de miembros de mesa electoral o de interventores se les ha de conceder el permiso correspondiente a la jornada completa del día 14 de febrero de 2021, así como otro correspondiente a las cinco primeras horas de la jornada laboral del día inmediatamente posterior.

Este domingo, 14 de febrero, Cataluña elegirá al sustituto de Quim Torra al frente de la Generalitat. Un total de 5.623.962 electores están llamados a las urnas en una cita para la que se espera que el voto por correo tenga un papel de suma importancia debido a la situación sanitaria. No obstante, seguirá habiendo un porcentaje significativo de población que decida acudir a los colegios electorales y, dentro de este grupo, los hay que tendrán que hacerlo ausentándose de su trabajo para ejercer el derecho al voto.

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