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Cómo votar por correo en las elecciones de Cataluña 2021 del 14 de febrero
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Cómo votar por correo en las elecciones de Cataluña 2021 del 14 de febrero

Dada la situación epidemiológica en Cataluña, el Gobierno busca fomentar el voto por correo en estas elecciones autonómicas, por lo que se puede solicitar de forma presencial y telemática hasta las 14:00 horas del 5 de febrero

Foto: Un cartero llega con el voto por correo a una mesa electoral de unas elecciones autonómicas (EFE)
Un cartero llega con el voto por correo a una mesa electoral de unas elecciones autonómicas (EFE)

Los candidatos a las elecciones del Parlamento catalán de 2021, incluido el ya exministro de Sanidad, Salvador Illa, que representa la candidatura del Partido Socialista de Cataluña, ya se encuentran en campaña electoral para ganar los comicios autonómicos que se celebrarán el próximo 14 de febrero. Una fecha ya definitiva de acuerdo con lo que ha estipulado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ha optado por mantener la votación el 14-F ya que las elecciones se convocaron durante la pandemia y se considera que la crisis sanitaria "es la misma" que entonces. Por tanto, los ciudadanos censados en Cataluña acudirán presencialmente a las urnas en menos de un mes y no lo harán el 30 de mayo, la jornada que se propuso antes de que la Justicia se pronunciase para posponer las elecciones tras aprobarse un decreto en el que se anulaba, por parte de la Generalitat, la votación del 14 de febrero.

Desde el 22 de diciembre, quienes estén censados en Cataluña pero no puedan acudir a las urnas el próximo 14-F o residan en otra comunidad autónoma podrán ejercer su derecho al voto por correo, no solo de forma presencial —acudiendo a una oficina de Correos—, sino también de manera telemática mediante un certificado digital válido. Se trata de una nueva modalidad que "permitirá reducir la presencialidad en los locales electorales y hará posible ejercer el derecho a voto sin salir de casa", de acuerdo con lo que explican en una nota informativa desde el Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat catalana. En plena tercera ola del coronavirus SARS-CoV-2, cuando en Cataluña se está registrando actualmente una media de 75 fallecimientos por covid-19, "el objetivo es facilitar la petición del voto por correo por internet lo máximo posible", se indica asimismo en el portal del departamento.

Con la máxima de que sean unos comicios "seguros, que garanticen el derecho de voto a todos y sean legítimos", un total de 5.623.962 ciudadanos censados en alguna de las provincias de Cataluña están llamados a depositar su papeleta este 14 de febrero para renovar el Parlamento de Cataluña. De ellas, tal y como indica el Gobierno de la Generalitat en una nota de prensa, más de 200.000 personas votarán por primera vez en unas elecciones autonómicas. Ante la posibilidad de que se puedan llegar a generar aglomeraciones en los colegios electorales y se corran riesgos innecesarios que impliquen una mayor exposición al covid-19, "el Gobierno de Cataluña recomienda solicitar la modalidad de voto por correo ante la situación epidemiológica", razón por la cual a 27 de enero de 2021 los electores que han solicitado su voto por correo ya superan a los que lo hicieron en 2017 en el mismo periodo antes de las elecciones, comenta también el Gobierno catalán en su página web al respecto de los comicios.

Foto: Salvador Illa, el candidato del PSC, en un acto de campaña. (EFE)

En esta coyuntura, el Departamento de Acción Exterior encargado de organizar busca fomentar el voto por correo, por lo que se cuenta por primera vez en unas elecciones catalanas con una modalidad telemática para solicitar el voto. Tanto en este formato como de forma presencial en la web de Correos, los electores tienen hasta el próximo 5 de febrero, sobre las 14:00 horas de la tarde —respetando los horarios habituales de las oficinas de Correos— para solicitar el voto y evitarse así tener que acudir presencialmente a las urnas. Podrán presentar la solicitud electrónica a través del portal de Correos aquellos electores residentes en España que opten por esta vía para votar —a tener en cuenta que una vez solicitado, no se podrá votar en la mesa electoral el 14-F— y los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España y tengan derecho a voto en las elecciones convocadas. Por tanto, el voto por correo no podrá ser solicitado por aquellos electores residentes en España que se encuentren temporalmente fuera del país, ni por aquellos que residan en el extranjero.

El voto por correo se compone de tres fases, tal y como explican en el portal informativo dedicado a las elecciones catalanas de este 2021. Primero, el elector debe solicitar su voto, ya sea telemática o personalmente en una oficina de Correos, y este es el organismo encargado de enviar al Instituto Nacional de Estadística (INE) y a la Oficina del Censo Electoral (OCE) la solicitud de voto. Después, se envía a los electores la documentación necesaria para poder votar a distancia, que incluye un sobre con el certificado de inscripción en el censo, una papeleta de votación de cada una de las candidaturas que se presentan a las elecciones convocadas, un sobre de votación, un sobre con la información de la mesa electoral en la cual corresponde votar y una hoja explicativa del procedimiento que se tiene que seguir. Por último, el elector entrega el voto en Correos, ya sea en oficina o al cartero, y Correos entrega el voto a la mesa correspondiente el día de los comicios.

Voto por correo: ¿presencial o telemático?

Para solicitar el voto de manera presencial, el elector debe presentar personalmente el impreso de solicitud en cualquier oficina —disponible para rellenar en Correos o en el sitio web del Instituto Nacional de Estadística— junto a la siguiente documentación necesaria para acreditar su identidad: Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte (con fotografía y firma de la persona titular) o carnet de conducir (con fotografía y firma de la persona titular). En ningún caso de admitirán fotocopias, pues los documentos que se tienen que presentar deben ser los originales. En caso de querer desplazarse a una oficina de Correos, se da la opción de pedir cita previa en la 'app' o en la web de Correos y, solo en caso de enfermedad o incapacidad, acreditada debidamente con un certificado médico, una persona que no sea la interesada puede pedir el voto siempre y cuando esté autorizada por "un documento notarial o consular extendido individualmente".

Si se prefiere pedir el voto de manera telemática, hay que recordar que se debe disponer de un certificado electrónico reconocido con el que poder acceder en la web de Correos. Para cumplimentar la solicitud, la página de Correos pedirá inicialmente el DNI electrónico o el certificado válido que se va a usar para, acto seguido, completar los datos requeridos y firmar electrónicamente la solicitud, de acuerdo con lo que explican desde Correos. Tal y como indican desde el Departamento de Acción Exterior y Correos, estos son los certificados válidos para solicitar el voto 'online':

  • DNI electrónico
  • Certificado idCAT, que se puede obtener siguiendo estas directrices que apuntan desde la Generalitat catalana
  • Otros certificados válidos como el T-CAT, el FNMT u otros autonómicos equivalentes al idCAT

En el caso de elegir votar por correo de forma telemática, los electores podrán entregar el sobre con su voto en el mismo momento en el que un empleado de Correos les haga llegar la documentación electoral. Llegado ese momento, solo se tendrá que entregar personalmente el sobre para recibir un justificante acreditativo del depósito de voto. Otra opción que se ofrece para enviar el voto, aunque requiere desplazarse, es remitirlo por correo certificado desde una oficina de Correos antes del 12 de febrero a las 14:00 horas, de acuerdo con lo que advierten desde la Generalitat. En caso de ser aceptada la solicitud, el envío por correo certificado de la documentación electoral por parte de la Oficina del Censo Electoral a la dirección postal indicada en la solicitud se enviará hasta el 8 de febrero, en sintonía con los plazos marcados: un periodo de tiempo al que hay que añadir, según advierten desde el Departamento de Acción Exterior, "el tiempo que tarde el correo en llegar a domicilio". Tanto si se ha solicitado el voto por correo de forma presencial o telemática, esta documentación se entregará en mano por un trabajador de Correos.

No será necesario firmar para evitar contactos por el coronavirus, solo habrá que mostrar el DNI para acreditar la identidad. Si en el momento de la recepción de la documentación el elector no se encuentra en casa, se deberá recoger personalmente los documentos correpondientes en la oficina de Correos indicada para poder ejercer el derecho a voto en las elecciones catalanas de 2021.

Comprobar el estado de la solicitud

Una vez se ha pedido el voto, se puede hacer seguimiento de la solicitud. Para ello, hay dos opciones, dependiendo de la forma en la que se ha enviado el voto por correo:

  • De haberlo hecho de forma presencial, se puede consultar el estado del envío de la solicitud a través de esta página de Correos, en la que hay que introducir en un buscador el número de seguimiento del envío
  • De haberlo hecho de forma telemática, se puede hacer seguimiento de la solicitud desde la propia web en la que se ha solicitado 'online', utilizando el código CSV que se está reflejado en el documento de la solicitud

Una vez la solicitud es aceptada, también se puede hacer seguimiento del envío de la documentación electoral hasta que llega a domicilio, según se indica en el apartado 'Trazabilidad del voto por correo' en la página dedicada a las elecciones del Parlament 2021. Asimismo, cuando ya se haya enviado por correo certificado desde una oficina de Correos el voto o se haya entregado en mano a un trabajador de Correos, también se puede hacer seguimiento del mismo mediante el comprobante de la entrega.

De acuerdo con el calendario electoral, las personas con residencia fuera de Cataluña, es decir, los electores que figuren en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), que quieran participar en las elecciones del 14-F deben solicitar su voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su inscripción hasta el 16 de enero, fecha límite para este trámite. Las solicitudes se pueden enviar también por internet, para lo que es necesario disponer de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE o utilizar la clave enviada con el impreso oficial. Este impreso se encuentra disponible en los consulados y en las páginas web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de la Oficina del Censo Electoral.

Los candidatos a las elecciones del Parlamento catalán de 2021, incluido el ya exministro de Sanidad, Salvador Illa, que representa la candidatura del Partido Socialista de Cataluña, ya se encuentran en campaña electoral para ganar los comicios autonómicos que se celebrarán el próximo 14 de febrero. Una fecha ya definitiva de acuerdo con lo que ha estipulado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ha optado por mantener la votación el 14-F ya que las elecciones se convocaron durante la pandemia y se considera que la crisis sanitaria "es la misma" que entonces. Por tanto, los ciudadanos censados en Cataluña acudirán presencialmente a las urnas en menos de un mes y no lo harán el 30 de mayo, la jornada que se propuso antes de que la Justicia se pronunciase para posponer las elecciones tras aprobarse un decreto en el que se anulaba, por parte de la Generalitat, la votación del 14 de febrero.

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