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La Audiencia de Barcelona ordena reabrir la causa contra Ada Colau
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La Audiencia de Barcelona ordena reabrir la causa contra Ada Colau

El tribunal ha atendido el recurso de la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática y reclama al instructor que practique nueva prueba.

Foto: Ada Colau. (EFE / Toni Albir)
Ada Colau. (EFE / Toni Albir)

La Audiencia de Barcelona ha ordenado este viernes reabrir la causa contra la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, por subvenciones directas concedidas a entidades sociales afines. El tribunal ha atendido el recurso de la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática. El procedimiento fue archivado por el juez instructor hace unos meses. Ahora, la Sección Quinta le reclama que practique nueva prueba.

El Juzgado de Instrucción 21 de Barcelona dio carpetazo a la causa que seguía contra Colau por los presuntos delitos de malversación, prevaricación, fraude, negociaciones prohibidas y tráfico de influencias. El juez Ignacio Sánchez García-Porrero sostenía que los hechos objeto de la querella no constituyen "infracción penal alguna" y, por tanto, acordaba "el sobreseimiento y archivo de las presentes actuaciones".

La investigación partía de la querella interpuesta por la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática (ATCD), una plataforma que, como ya informó El Confidencial en enero, llevaba tras años sin casi actividad. La asociación destacaba diversas entidades que recibieron subvenciones, entre ellas el Observatorio DESC, de la que Colau cobraba su sueldo hasta que llegó Al ayuntamiento; la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), que ella había fundado; Enginyers Sense Fronteres (ESF), o la Alianza contra la Pobreza Energética (APE). Según la asociación, Colau regó con más de tres millones de euros en subvenciones a organizaciones amigas.

Foto: La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau. (EFE)

El juez, sin embargo, rechazó esta acusación en su auto: "De la prueba practicada hasta la fecha, en concreto la declaración de la investigada, documental y la testifical de la interventora del ayuntamiento, no se desprende ninguna conducta que pueda subsumirse en ninguno de los preceptos penales apuntados", advierte. "Cuando la investigada tomo posesión de su cargo como alcaldesa del Ayuntamiento delegó parte de sus funciones, entre las que figuraban la de concesión de subvenciones".

La resolución incidía además en que no consta que "diera instrucciones o indicación alguna al respecto en dicha materia", pues la propia funcionaria que se encargaba de las subvenciones explicó que ella "nunca observó ninguna conducta mas allá de meras irregularidades, pero que nunca transcenderían al ámbito penal". En cuanto a estas supuestas irregularidades, el propio juez destacaba que todas las subvenciones denunciadas siguieron "las normas establecidas con independencia de que se pueda estar o no de acuerdo con el objeto" de las mismas, a lo que se suma que "no consta que la investigada haya dictado resolución alguna de ningún tipo" al respecto.

Prevaricación

El juez atendía así la postura de la Fiscalía, que ya subrayó en un escrito que el caso "gira fundamentalmente alrededor del delito de prevaricación aunque se imputen otros, y que excluido este la investigación pierde su sentido". Destacaba en su auto los requisitos que exige este delito: "una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo (...) contraria al Derecho", que la contradicción con la Ley pueda "manifestarse en la falta absoluta de competencia", que "ocasione un resultado materialmente injusto" y que "sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad". A la vista de que Colau no dictó "resolución alguna de ningún tipo", la conclusión es clara: "No ha existido conducta ilicita alguna atribuible a la investigada" y "se debe proceder al sobreseimiento y archivo de la presente denuncia".

La Audiencia de Barcelona ha ordenado este viernes reabrir la causa contra la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, por subvenciones directas concedidas a entidades sociales afines. El tribunal ha atendido el recurso de la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática. El procedimiento fue archivado por el juez instructor hace unos meses. Ahora, la Sección Quinta le reclama que practique nueva prueba.

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