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El TSJC sienta en el banquillo a Torrent por "desobediencia grave" cuando presidía el Parlament
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El TSJC sienta en el banquillo a Torrent por "desobediencia grave" cuando presidía el Parlament

La causa judicial afecta a Torrent y a tres exmiembros independentistas de la Mesa de la Cámara catalana, que presuntamente desobedecieron al Tribunal Constitucional

Foto: Roger Torrent. (EFE/Quique García)
Roger Torrent. (EFE/Quique García)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado la apertura de juicio oral al expresidente del Parlament y actual 'conseller' de Empresa y Trabajo, Roger Torrent, y contra los exmiembros de la Mesa de la Cámara Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, acusados de un delito de desobediencia grave. El auto de apertura lleva fecha de 8 de marzo y, si son declarados culpables, podrían ser condenados a penas de inhabilitación.

El escrito del TSJC relata que todos los acusados eran conscientes de que había habido diversos fallos del Tribunal Constitucional sobre cuestiones sobre las que la Cámara legislativa no debía votar resoluciones, dado que no tenía competencias para ello. Enumera, así, una sentencia que anulaba una resolución de 9 de noviembre de 2015 sobre el "inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015", en la cual se proclamaba "el inicio del proceso de creación de un Estado catalán independiente en forma de República" y "la apertura de un proceso constituyente ciudadano, participativo, integrador y activo para preparar las bases de la futura constitución catalana".

Esa resolución, decía el TC, “trastoca no solo los postulados del Estado de derecho, basado en el pleno sometimiento a la ley y al derecho, sino la propia legitimidad democrática del Parlamento de Cataluña, que la Constitución reconoce y ampara”.

Foto: El conseller de Empresa y Trabajo, Roger Torrent. (EFE/Andreu Dalmau)

También declaró inconstitucional una resolución sobre la actuación del Rey durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, así como varias resoluciones más reprobando al Rey, calificando a las instituciones españolas como “antidemocráticas” y manifestando la voluntad de ejercer el derecho a la autodeterminación.

El 22 de octubre de 2019, los grupos parlamentarios de JxCAT, ERC y la CUP presentaron una propuesta de resolución “de respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo sobre los hechos del 1 de octubre”. La resolución manifestaba que el Parlamento catalán era competente para “la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Cataluña para decidir su futuro político”. Asimismo, señalaba el texto que la Cámara “reitera y reiterará tantas veces como lo quieran los diputados y las diputadas, la reprobación de la Monarquía”.

Estrategia de confrontación

Los diferentes fallos del Constitucional, no obstante, fueron obviados por los responsables independentistas de la Cámara legislativa catalana, en aquel momento involucrados en una estrategia de confrontación institucional como fórmula de desgaste del Estado español. El auto del TSJC explica que tanto Torrent como los demás acusados “siendo plenamente conocedores del contenido y los apercibimientos incluidos en las providencias del Tribunal Constitucional de fechas 10 y 16 de octubre, a pesar de la oposición del resto de los miembros de la Mesa y los expresos apercibimientos realizados por el secretario general del Parlament y el letrado mayor respecto a que determinados incisos del unto 112 podían entrar en contradicción con los autos del TC (…), en la sesión de fecha 22 de octubre de 2019 acordaron admitir a trámite la propuesta de resolución indicada, para su discusión en el pleno, con manifiesta y previamente concertada voluntad de infringir el mandato inequívoco de las resoluciones del alto tribunal”.

En la votación en cuestión, los votos a favor del trámite y en contra estaban empatados, por lo que Torrent hizo valer su voto de calidad para que se aceptase la propuesta de resolución y se enviase a pleno para ser votada. Ante ese hecho, el abogado del Estado volvió a formular ante el Constitucional otro incidente de ejecución de sentencias y el 5 de noviembre de 2019 se anulaban los acuerdos y se notificaba personalmente a todos los miembros de la mesa la resolución, advirtiéndoles de “su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa parlamentaria que supusiera ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoseles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de incumplimiento”.

Paralelamente, la CUP presentó una moción el 28 de octubre en la que el Parlament “expresa la voluntad de ejercer de forma concreta el derecho de autodeterminación y de respetar la voluntad del pueblo catalán”. Nuevamente, los miembros independentistas de la Mesa aceptaron la admisión a trámite de la moción, a pesar de las advertencias del resto de miembros de la institución y de las advertencias en contra del secretario general del Parlament. Es más: los soberanistas rechazaron las peticiones de reconsideración presentadas por el PSC, PP y Ciudadanos “y ratificaron la admisión a trámite de la moción para su debate y deliberación”. Ello dio lugar a la presentación de un nuevo incidente de ejecución por parte del abogado del Estado.

Foto: Pau Juvillà. (EFE/Alejandro García)

La moción debía debatirse el 12 de noviembre de 2019. El día antes, Torrent modificó el orden del día y, en lugar de ir como punto sexto, a punto número uno. Además, adelantó el inicio del pleno de las tres de la tarde a las nueve de la mañana. “La moción fue sometida a votación y aprobada por el pleno, sin haberse solicitado ningún informe a los servicios jurídicos, tal y como habían interesado otros grupos parlamentarios”, afirma en su auto el TSJC. En 2020, el TC declaró inconstitucional la admisión a trámite de esas iniciativas y declaró nula la admisión de la moción de la CUP.

La acusación popular subraya en sus argumentos que tanto el secretario general de la Cámara como el letrado mayor “advirtieron a los miembros de la Mesa de la posible inconstitucionalidad, habida cuenda de las interlocutorias previas del TC, haciendo absoluto caso omiso a ello la totalidad de los acusados”. Además, asegura que el hecho de que Roger Torrent avanzase el pleno de las tres de la tarde a las nueve de la mañana tenía un objetivo muy concreto: evitar que el TC le comunicase, ese día por la mañana, la ilegalidad de la votación. Y enfatiza: “Casual o no, el secretario general del Parlament, señor Muro, causó baja médica el 11 de noviembre, por lo que fue el letrado mayor, señor Ridao, quien comunicó al pleno la recepción, a las 10.08 horas, de la providencia del TC por la que suspendía la admisión a trámite de la moción de la CUP”, recoge el auto. A esa hora, los independentistas ya se habían salido con la suya y habían votado la resolución que, a la postre, fue papel mojado.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado la apertura de juicio oral al expresidente del Parlament y actual 'conseller' de Empresa y Trabajo, Roger Torrent, y contra los exmiembros de la Mesa de la Cámara Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, acusados de un delito de desobediencia grave. El auto de apertura lleva fecha de 8 de marzo y, si son declarados culpables, podrían ser condenados a penas de inhabilitación.

Parlamento de Cataluña Roger Torrent
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