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El TSJC obliga a la Generalitat a devolver la acreditación de prensa a Xavier Rius
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Otorga unas medidas cautelares

El TSJC obliga a la Generalitat a devolver la acreditación de prensa a Xavier Rius

El tribunal resalta la ausencia de constancia de que se haya adoptado acuerdo alguno por órganos del Govern, de modo que la decisión carecía del apoyo de un proceso administrativo

Foto: El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, durante una rueda de prensa. (EFE/Marta Pérez)
El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, durante una rueda de prensa. (EFE/Marta Pérez)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha obligado a la Generalitat a devolver la acreditación de prensa al periodista Xavier Rius, a través de una interlocutoria al otorgar las medidas cautelares que le había solicitado el afectado y el departamento de Presidència le tendrá que volver a permitir el acceso a las ruedas de prensa de Govern, que le había sido vetado después de una pregunta especialmente incómoda y formulada con escaso gusto, si bien de forma retórica.

“Se acuerda dar lugar a la medida cautelar solicitada por la parte recurrente, acordando la suspensión de la decisión de la retirada de la acreditación de prensa al codemandante Sr. Rius en tanto se tramita este proceso”, asegura el auto del tribunal. Por tanto, legalmente, la decisión de la Generalitat queda suspendida, si bien la Administración puede presentar recurso.

El TSJC plantea que “debemos indicar que en el expediente consta una comunicación del Secretari de Mitjans de Comunicació, con contenido resolutorio y sin tramitación previa de procedimiento, donde se informa al codemandante que se le retira la credencial de prensa”. La retirada de credenciales a redactores que espectacularizan la información se puso de plena actualidad cuando un grupo de jefes de prensa del Congreso pidieron que se les quitase a algunos periodistas cercanos a Vox. El Congreso optó por ignorar la petición y, viendo la decisión del TSJC, acertaron.

A ser unas cautelares, el TSJC no entra en cuestiones de fondo sobre la libertad de información y el derecho de acceso de los periodistas a las fuentes informantes, pero el juez argumenta que “las circunstancias concurrentes llevan a descartar que la adopción de la medida de suspensión produzca una perturbación grave de los intereses generales o de tercero, concurriendo por el contrario un peligro de demora, pues la persona afectada ve impedido el acceso a las informaciones procedentes de la actividad del Govern, lo cual entra en la esfera del ejercicio del derecho fundamental a la libertad informativa”.

La Generalitat buscó el apoyo del resto de asociaciones de periodistas, pero no cuidó la forma legal de una decisión que se tomó, a todas luces, de forma precipitada.

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Así el TSJC destaca que “se trata de una comunicación con un contenido resolutorio, que se adopta sin que se haya seguido ningún procedimiento y sin que tampoco aparezca en principio la competencia del Secretari de Mitjans de Comunicació para adoptarla, pues debe considerarse que excede de las competencias organizativas o de funcionamiento en cuanto a la política informativa del Govern y sus relaciones con la prensa”. O, lo que es lo mismo, el secretario de Mitjans de Comunicació, Oriol Duran, no podía tomar la decisión que comunicó por carta a Xavier Rius.

Hechos consumados

La interlocutoria considera que la retirada de acreditación fue una vía de hecho. “La jurisprudencia considera como vía de hecho, aquellas actuaciones materiales que carecen de cobertura jurídica, por no disponer de título habilitante, o en supuestos de exceso o desproporción en la actuación material, desbordando los límites que impone el acto de cobertura”, asegura el auto, dando a entender que la Generalitat tomó esta decisión sin la cobertura jurídica necesaria.

Foto: Comparecencia de Rufián y otros diputados. (EFE/Fernando Alvarado)

La Generalitat anunció la retirada, pero no dio pasos administrativos al respecto, tal y como señala el TSJC apuntando que “en dicha comunicación —la carta que envió Oriol Duran a Xavier Rius— se afirma que el acuerdo se adopta como Govern, si bien no consta que se haya adoptado acuerdo alguno por órganos del Govern distintos a la autoridad que realiza la comunicación, ni que se haya seguido ningún tipo de procedimiento para adoptar dicha decisión. Consta asimismo un requerimiento de cese de vía de hecho remitido por el interesado, sin que conste que el mismo haya sido contestado por la Administración”. Por tanto, más allá del fondo, la forma de la retirada tampoco fue la adecuada.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha obligado a la Generalitat a devolver la acreditación de prensa al periodista Xavier Rius, a través de una interlocutoria al otorgar las medidas cautelares que le había solicitado el afectado y el departamento de Presidència le tendrá que volver a permitir el acceso a las ruedas de prensa de Govern, que le había sido vetado después de una pregunta especialmente incómoda y formulada con escaso gusto, si bien de forma retórica.

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