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El TSJC sentencia que el Govern discriminó a Policía y GC con su plan de vacunación
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SIGUIÓ UN RITMO "extremadamente lento"

El TSJC sentencia que el Govern discriminó a Policía y GC con su plan de vacunación

"Ordenar la continuación de esa actividad de vacunación en igualdad de condiciones de los mencionados cuerpos, con el resto de funcionarios que realizan actividades declaradas esenciales"

Foto: Agentes antidisturbios durante las protestas de Via Laietana en 2019. (EFE)
Agentes antidisturbios durante las protestas de Via Laietana en 2019. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha sentenciado este viernes que el Departament de Salut de la Generalitat discriminó a policías nacionales y guardias civiles al no vacunarles al mismo ritmo que a otros cuerpos catalanes como los Mossos d'Esquadra. "Si observamos las cifras de evolución de la vacunación, se pone de manifiesto que, mientras las vacunas a los cuerpos no nacionales comenzaron a administrarse el 10 de febrero de 2021, las primeras vacunas a los cuerpos nacionales no llegaron hasta el día 12 de marzo de 2021". A partir de ese momento, se adoptó, además, un ritmo "extremadamente lento", sostiene el tribunal.

La resolución del TSJC sigue la misma línea que el auto notificado en abril, cuando ya ordenó a la Generalitat que procediese a la vacunación de policías nacionales y guardias civiles "sin excusa y de inmediato". De esta manera, atendía en parte la demanda presentada por Jupol y Jucil y daba un "plazo máximo de diez días" para que "la vacunación del colectivo aludido" alcanzara "la misma proporción que en el Cuerpo de Mossos d’Esquadra". En su sentencia de este viernes, incide de nuevo en esa idea.

Foto: Una operación de la Guardia Civil y los Mossos en Sabadell (Barcelona), en 2019. (EFE)

"Declarar nula de pleno derecho la inactividad mantenida por el Departament de Salut en el desarrollo de la actividad de vacunación de Policía Nacional y Guardia Civil, por resultar discriminatoria y contraria al artículo 14 de la Constitución", sentencia. "Ordenar la continuación de esa actividad de vacunación en igualdad de condiciones de los mencionados cuerpos, con el resto de funcionarios que realizan actividades declaradas esenciales".

No puso el mismo "empeño"

En la sentencia, el tribunal destaca la diferenciación que llevó a cabo la Generalitat entre la Policía Nacional y la Guardia Civil frente a Mossos d'Esquadra, Policía Local, Guardia Urbana y Bomberos. En cuanto a este segundo grupo, se llegó a "acuerdos para la creación de censos y organización de la puesta de vacunas" antes del 10 de febrero, mientras que con los cuerpos nacionales "no se describe ningún intento por parte del Departament de Salut de dirección, más allá de esperar peticiones de ellos, y que, además cuando éstas se produjeron, no acabaron de tener ninguna plasmación práctica hasta el transcurso de muchas semanas".

"Sobra decir el carácter fundamental, de supervivencia realmente, de la celeridad de vacunación para un personal expuesto de manera constante al contacto cercano con el ciudadano", advierte. "La actuación ante esta grave situación sanitaria no debió ser pasiva respecto de la vacunación de funcionarios públicos de servicios críticos. Mucho menos aun evasiva o dilatoria. Y lo cierto es que, si ese comportamiento se desarrolla selectivamente, no puede sino generar desconfianza ante cualquier espectador".

Para reforzar esta idea, los magistrados destacan a su vez cómo cambiaron los datos de vacunación desde el 27 de abril, cuando ordenaron a la Generalitat acelerar el ritmo: "En el período de 10 de febrero a 27 de abril de 2021, de los cuerpos nacionales fueron vacunadas 714 personas. En cambio, en nueve días desde la medida cautelar adoptada en la causa, esto es, hasta el 6 de mayo de 2021, se vacunaron 4.806 personas. Ello supone una cifra próxima al total técnico posible".

A la vista de estos datos, la conclusión del tribunal es tajante: "Esa inactividad dio lugar a una diferencia de trato injustificada y discriminatoria respecto de esos cuerpos nacionales en relación con los cuerpos policiales y de emergencia autonómicos y locales, a los que se les suministraron las vacunas de manera más rápida y eficiente".

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha sentenciado este viernes que el Departament de Salut de la Generalitat discriminó a policías nacionales y guardias civiles al no vacunarles al mismo ritmo que a otros cuerpos catalanes como los Mossos d'Esquadra. "Si observamos las cifras de evolución de la vacunación, se pone de manifiesto que, mientras las vacunas a los cuerpos no nacionales comenzaron a administrarse el 10 de febrero de 2021, las primeras vacunas a los cuerpos nacionales no llegaron hasta el día 12 de marzo de 2021". A partir de ese momento, se adoptó, además, un ritmo "extremadamente lento", sostiene el tribunal.

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña