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El TSJC sentencia que el independentismo instrumentalizó la Universidad de Barcelona
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LA UB, CONDENADA

El TSJC sentencia que el independentismo instrumentalizó la Universidad de Barcelona

El centro académico aprobó en octubre de 2019 el 'Manifiesto conjunto de las Universidades catalanas de rechazo a las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la política'

Foto: Vista parcial de la fachada del edificio histórico de la Universidad de Barcelona. (EFE)
Vista parcial de la fachada del edificio histórico de la Universidad de Barcelona. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por la Universidad de Barcelona (UB) contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Barcelona, que condenaba a esta institución por vulnerar el derecho de libertad ideológica, de expresión y de educación. Además, en el fallo, que lleva fecha de 21 de junio de 2021, le impone a la UB las costas del proceso. Y afirma en sus fundamentos de derecho que no solo vulneró derechos fundamentales de miembros de la institución, sino que el independentismo instrumentalizó a la universidad "al servicio de una opción política ajena al ámbito material y funcional de la Universidad".

La UB aprobó el 21 de octubre de 2019 el 'Manifiesto conjunto de las Universidades catalanas de rechazo a las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la política'. En ese manifiesto, la institución se solidarizaba con la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell; con el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y con el expresidente de la ANC, Jordi Sánchez, y llamaba a los ciudadanos a “la movilización pacífica, cívica y democrática”.

Foto: El presidente de ERC, Oriol Junqueras. (EFE)

El manifiesto también exigía "la inmediata puesta en libertad de las personas injustamente condenadas o en prisión provisional y el sobreseimiento de todos los procesos penales en curso relacionados y el retorno de las personas exiliadas". También rechazaba "la represión y la violencia policial, que ya ha ocasionado graves lesiones a manifestantes, con la agravante de haber empleado métodos prohibidos en diferentes normativas, propias e internacionales". Ese manifiesto fue aprobado en medio de graves y violentos disturbios en Cataluña como consecuencia de la sentencia del 1-O.

Descontento con el posicionamiento político de la UB, el catedrático de Filosofía del Derecho Ricardo García Manrique interpuso un recurso solicitando la anulación de la convocatoria del claustro, aduciendo que la aprobación del manifiesto excedía el ámbito competencial de la universidad y vulneraba los principios de neutralidad y lealtad institucional que debe guardar una institución de estas características. También denunciaba que ese texto vulneraba la libertad ideológica y de expresión de todos los miembros de la institución, al atribuirle a la misma en su conjunto una opinión política determinada y ofreciendo una imagen de unidad ideológica que no se correspondía con la pluralidad de todos los miembros (alumnos, profesores y personal no docente).

Vulneró la neutralidad ideológica

La UB no hizo caso al catedrático, que decidió llevar el tema por la vía judicial. El pasado 30 de septiembre, el juzgado dictaminó, a la vista de los argumentos de las partes, que la universidad no es una institución de representación política y que está "sometida al deber de neutralidad, tal y como recuerda la reciente sentencia de la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo". Se refería a una sentencia sobre un caso similar que tenía como protagonista al Colegio de Abogados. Por tanto, aseguraba la jueza, "no puede asumir como propia una posición política determinada y tanto menos cuando esa posición es manifiestamente contraria a los valores y principios del ordenamiento jurídico vigente". También dictaminó esa sentencia que se había vulnerado el derecho de libertad de expresión e ideológico de García Manrique, al no haberle dejado presentar un recurso presencial contra la reunión del claustro.

TSJC: "Con la adopción del acuerdo recurrido, se rompe con la neutralidad ideológica o política que se espera de una Universidad"

La universidad alegó ante el TSJC que el manifiesto "supone una opinión y, en consecuencia, no se trata de una actividad administrativa impugnable ante la jurisdicción contencioso-administrativa". Pero el tribunal le recuerda que, “si la aprobación de dicho Manifiesto es susceptible de lesionar derechos fundamentales, es evidente que puede ser objeto de impugnación jurisdiccional”. Y ante la alegación de que el manifiesto no vulneraba ningún derecho fundamental, el TSJC le recuerda que el Supremo considera que las universidades se encuadran dentro del sector público institucional y echa mano de la sentencia de 26 de mayo de 2020 en la que el alto tribunal les atribuye a estas instituciones "el principio de neutralidad ideológica".

Foto: El presidente de ERC, Oriol Junqueras. (EFE)

Según la sentencia del TSJC, "con la adopción del acuerdo recurrido, se rompe con la neutralidad ideológica o política que se espera de una Universidad (por su carácter público aunque su base sea institucional) y ello supone una vulneración a la libertad ideológica y de expresión, libertades todas ellas unidas al pluralismo político que, como valor esencial de nuestro ordenamiento jurídico, propugna la Constitución española y en este sentido, la Universidad no puede abandonar la posición de neutralidad que le es propia en ese campo para asumir posiciones ideológicas y políticas de parte, desconectadas, además, de los intereses a los que debe servir".

Recuerda también el texto que “la toma de postura oficial por una Universidad en cuestiones políticas esencialmente controvertidas y no atinentes a la gestión de sus fines es contraria a derecho siempre que encuentra la oposición de alguno o algunos de sus miembros”. Y detalla también que, "puesto que se ha impuesto en nombre de la mayoría la manifestación de la opinión de la Universidad contra la voluntad de algunos de sus miembros", se ha vulnerado la libertad de expresión. En este sentido, asegura el texto que no puede ajustarse tampoco a derecho "una actuación en nombre de la Universidad para expresar públicamente un criterio sobre unas materias no encuadrables en el marco de sus funciones, por lo que deviene en una instrumentalización al servicio de una opción política ajena al ámbito material y funcional de la Universidad".

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por la Universidad de Barcelona (UB) contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Barcelona, que condenaba a esta institución por vulnerar el derecho de libertad ideológica, de expresión y de educación. Además, en el fallo, que lleva fecha de 21 de junio de 2021, le impone a la UB las costas del proceso. Y afirma en sus fundamentos de derecho que no solo vulneró derechos fundamentales de miembros de la institución, sino que el independentismo instrumentalizó a la universidad "al servicio de una opción política ajena al ámbito material y funcional de la Universidad".

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