Es noticia
Penas de 53, 46 y 8 años a los tres yihadistas que organizaron los atentados de Barcelona
  1. España
  2. Cataluña
OCURRIDOS EN AGOSTO DE 2017

Penas de 53, 46 y 8 años a los tres yihadistas que organizaron los atentados de Barcelona

Ninguno de ellos tuvo una participación directa en los atentados. Por ello, Fiscalía rechazó acusar por el delito de asesinato terrorista, en contra de las acusaciones particulares

Foto: Juicio a los tres yihadistas de Barcelona en la Audiencia Nacional. (EFE)
Juicio a los tres yihadistas de Barcelona en la Audiencia Nacional. (EFE)

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y ocho años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que cometió los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017, en los que murieron 16 personas.

En su sentencia, los magistrados imponen una pena de 53 años y seis meses de cárcel a Mohamed Houli Chemlal y de 46 a Driss Oukabir por delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista, y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

Foto: Un fotograma del vídeo inédito revelado hoy por Fiscalía.

La Audiencia condena al tercero de los acusados, Said Ben Iazza, a ocho años de cárcel por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.

En la vista oral por los atentados en Cataluña el 17 y 18 de agosto de 2017, que dejó 16 víctimas mortales y más de un centenar de heridos, se juzgaba a Mohamed Houli Chemlal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza para determinar el grado de implicación de los tres acusados en los atropellos masivos en La Rambla de Barcelona y el paseo marítimo de Cambrils (Tarragona).

Petición de Fiscalía

La Fiscalía de la Audiencia Nacional pedía penas que van entre ocho y 41 años de prisión al entender que, aunque contribuyeron a los objetivos de la célula yihadista, ninguno de los acusados tuvieron una participación directa en los atentados.

[Lea la sentencia al completo]

Por ello, rechazaron acusar por el delito de asesinato terrorista, discrepando así con muchas de las acusaciones particulares y, en particular, con las acusaciones populares —ejercidas por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación 11-M—, que solicitaban para Houli Chemlal y Oukabir la pena de prisión permanente revisable.

Foto: Despliegue policial en el lugar del atentado ocurrido el 17 de agosto de 2017 en las Ramblas de Barcelona. (EFE)

Para Mohamed Houli Chemlal, el joven que resultó herido en la explosión de la vivienda de Alcanar (Tarragona) un día antes del atropello de La Rambla, el Ministerio Público solicitaba la pena más alta, un total de 41 años de cárcel por los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos, y conspiración para cometer estragos terroristas.

La segunda pena más elevada que reclamaba la fiscal del caso era para Driss Oukabir, hermano de uno de los terroristas abatidos en Cambrils, con 36 años de prisión por los mismos delitos que Houli.

El juicio arrancó en noviembre de 2020 y se extendió durante 32 sesiones hasta febrero de 2021

Para el tercer procesado, Said Ben Iazza —quien fue detenido en Castellón meses después de los atentados—, se piden ocho años por colaboración con la célula, según consta en el escrito de calificación de penas que la Fiscalía remitió a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal antes del juicio.

El juicio arrancó en noviembre de 2020 y se extendió durante 32 sesiones hasta febrero de 2021. En la primera sesión, los acusados ya dejaron ver cuál sería su estrategia de defensa durante el juicio, ya que Mohamed Houli Chemlal, único superviviente en la explosión de la vivienda de Alcanar (Tarragona), donde se prepararon los explosivos para atentar, se acogió a su derecho a no declarar, aunque mostró arrepentimiento por lo sucedido e insistió en su colaboración con la justicia. No obstante, los otros dos acusados se limitaron a responder a sus abogados, desmarcándose de la tesis acusatoria de la Fiscalía.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y ocho años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que cometió los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017, en los que murieron 16 personas.

Audiencia Nacional Tarragona Barcelona Cataluña Delincuencia Terrorismo